Artículo actualizado el 24/08/2014
Esta semana se estrena el nuevo impuesto sobre los premios de lotería y apuestas y muchos se estarán preguntando, “si me toca algún premio ¿Cómo tributa? ¿Cómo tengo que declararlo a Hacienda?” Pues bien, hoy espero despejar todas vuestras dudas con las 15 respuestas “de andar por casa” que he desarrollado contestando a otras tantas preguntas sobre la tributación de los premios y el nuevo impuesto de la lotería.
1.- ¿A qué premios se aplica el nuevo impuesto?
Se aplicará a todos los sorteos organizados por la Lotería y Apuestas del Estado (LAE), estos son: Lotería Nacional, La Primitiva, Euromillones, BonoLoto, El Gordo de la Primitiva, La Quiniela, El Quinigol, Lototurf y Quíntuple plus , a todos los organizados por las Comunidades Autónomas, los de la Cruz Roja y los de la ONCE. Y además se aplicará también a los premios de la Unión Europea de organismos similares a los mencionados anteriormente.
2.- ¿A partir de qué fecha hay que pagar el impuesto?
Se pagará por todos los premios de los sorteos celebrados a partir del 1 de enero de 2013.
3.- Y si cobro en el 2013 un premio de lotería del año pasado ¿Cómo tributa?
Los premios de lotería que ahora se someten a tributación, hasta el 31/12/2012 estaban exentos para todas las personas físicas (no para las sociedades). Por tanto, si te tocó un premio en el 2012 (de la LAE, ONCE, Cruz Roja) no tendrás que pagar nada, aunque lo cobres en el 2013, ni tendrás que declararlo en tu Renta porque está exento de tributación.
4.- ¿Cuánto hay que pagar por el premio?
En primer lugar hay que destacar que están exentos los premios de 2.500 euros o inferiores. Y el importe a pagar es el 20% del importe que supere dicha cantidad. Es decir, se somete a tributación el exceso de los 2.500 euros.
Ejemplo: Si te toca un premio de 18.000 euros, los primeros 2.500 euros están exentos y del resto pagas un 20%. Por tanto pagarás 3.100 euros y te abonarán 14.900 euros por el premio ganado, que es el resultado de la siguiente operación:
Premio 18.000 – 2.500 exentos = 15.500 base imponible
Base imponible 15.500 x 20% tipo de impositivo = 3.100 impuesto/retención
Premio cobrado = 18.000 premio – 3.100 retención = 14.900 premio libre de impuestos
5.- ¿Cómo se paga el impuesto?
Es el organismo de loterías quien ingresa a Hacienda directamente el impuesto retenido del pago del premio. Es decir, cuando vayas a cobrar el premio te descontarán el importe equivalente del impuesto (según los cálculos del punto 4) y te abonarán el resto del importe del premio.
Por tanto, el contribuyente sólo tendrá que pagar directamente el impuesto a Hacienda en los premios cobrados de otros organismos de la Unión Europea, ya que en esos casos no se les descuenta el impuesto por la entidad pagadora.
6.- ¿Cómo se declaran los premios? ¿Tengo que incluirlo en mi declaración de IRPF?
Los premios cobrados por las personas físicas residentes en España a los que se les haya descontado la retención mencionada en el punto 4, ya no tendrán que declararlo en su Renta, ni tampoco podrás descontarte la retención del premio en la declaración del IRPF. Y será la entidad pagadora quien ingresará el impuesto a través del modelo 230 y declarará todos los datos identificativos de las personas o entidades premiadas.
Sin embargo, si te toca un premio de otro país de la UE, sí tendrás que ingresar tú directamente el impuesto a través del modelo 136. Pero tampoco tendrás que incluirlo en tu Renta.
7.- ¿Qué hacer si comparto un premio o participo en una peña, cofradía, o grupo de amigos?
Cuando el premio es compartido, el importe exento se divide por el número de personas que lo comparten. Es decir, en el ejemplo del punto 4 si el premio está compartido entre 2 personas al 50%, cada uno cobrará 7.450 euros libres de impuestos.
8.- ¿Hay que declarar los premios que no superan los 2.500 euros?
No, los premios que no superan el límite exento no se declaran, quedan libres del impuesto y tampoco hay que declararlos en el IRPF.
9.- ¿Y si el premio lo cobra una sociedad?
Para las sociedades o personas jurídicas, ya sean entidades sin ánimo de lucro, cooperativas o cualquier otro tipo, los premios que cobren directamente no están exentos de tributación y se integran en su base imponible del Impuesto de Sociedades, descontándose de la cantidad que les resulte a pagar la retención que les han practicado.
Ten en cuenta que los tipos del Impuesto de Sociedades son mayores que la retención aplicada del premio. Por tanto, siempre tendrá que pagar más una sociedad que una persona física, salvo que sea una sociedad con pérdidas, en cuyo caso compensaría las pérdidas con el ingreso del premio y podrá obtener la devolución del impuesto pagado del 20% de la lotería.
10.- ¿Y si el premio lo cobra una persona no residente en España?
En el caso de los no residentes, la entidad pagadora está obligada a retener el mismo porcentaje que para el resto de residentes o sociedades, incluso cuando el premio esté exento por aplicación de algún convenio para evitar la doble tributación. En estos casos, el no residente tendrá que presentar el modelo 210 a partir del mes de febrero del año siguiente para solicitar la devolución.
11.- ¿Es necesario identificarse para el cobro del premio?
Sí, dado que el impuesto puede tener diferentes consecuencias según sea residente, no residente o sociedad, cuando el premio supere el importe exento, la entidad pagadora está obligada a identificar a los ganadores, independientemente de que el premio haya sido compartido o no. Para ello Hacienda ha elaborado un modelo de hoja de comunicación donde los ganadores deberán comunicar todos sus datos para que el pagador del premio pueda declarar a Hacienda todos los perceptores de los premios abonados superiores a 2.500 euros.
Descarga desde aquí: Hoja de Comunicación de datos.
12.- ¿Cuánto dura esta medida?
Este impuesto se ha creado a partir del 1 de enero de2013, a través de la Ley 16/2012 por la que se adoptan diversas medidas tributarias y en principio es de carácter indefinido hasta que el Gobierno de turno decida quitarlo.
Nota: He leído en otras Web (que no voy a mencionar para no desprestigiar) que la medida tiene una duración de 2 años o que es provisional y eso no es cierto, por ello lo pongo de manifiesto y lo desmiento desde aquí.
13.- Si invierto el premio ¿Cómo tributan los rendimientos que genere?
Si inviertes el dinero obtenido en un depósito bancario a plazo fijo o en renta fija o cualquier otro producto del ahorro, los intereses que te abonen por el dinero invertido tributará en el IRPF en la Base Imponible del Ahorro cuyos tipos impositivos son los siguientes:
Tabla de los tipos impositivos del ahorro para el año 2013 y 2014:

Aunque, hay productos en los que la inversión no tributa cuando se cumple determinados requisitos, como los Planes de Ahorro 5 o los PIAS (Planes Individuales de Ahorro Sistemático) o que incluso desgravan como los planes de pensiones. Y también puedes decidir amortizar hipoteca y deducir el 15% en el caso de que tengas derecho a la deducción por vivienda a partir del 2012.
14.- Si gano un premio por Internet o en el bingo o un sorteo de TV ¿Qué impuestos pago?
El resto de los premios no mencionados en el punto 1 tributan en el IRPF al tipo marginal de la Base General de nuestra Renta, que puede ir desde un 24,75% hasta un 56% en algunas comunidades autónomas, y dependerá de las rentas del trabajo y resto de ingresos que la componen. Consulta los tipos impositivos del IRPF
Sin embargo, aprovecho para contaros que, como novedad a partir del 1 de enero de 2013 vamos a poder compensar en la Declaración de la Renta las pérdidas obtenidas del juego hasta el límite de las ganancias.
15.- ¿Y si después de cobrar el premio decido repartirlo entre mi familiares?
Si se reparte el premio después de haberlo cobrado entonces estaremos haciendo una donación y su tributación puede variar dependiendo de la comunidad autónoma en la que resida la persona que recibe el dinero donado. Por tanto, llevar cuidado con lo que hacéis e informaros primero para no llevaros un susto después.
Para aquellos que estéis interesados en saber más sobre este impuesto os dejo los siguientes enlaces:
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Nota resumen elaborada por la Agencia Tributaria con ejemplos prácticos.
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Ley 16/2012 por la que se adoptan diversas medidas tributarias, que en su artículo 2 crea y regula el impuesto sobre los premios de loterías y apuestas.
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Modelo 136, a través del cual se ingresara el impuesto.
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Modelo 230 Resumen Anual donde se informa de todos los datos identificativos de los premiados.
349 comentarios
Somos una peña de 27 miembros que pagan una cuota a uno de los miembros anual wue se va pagando cada uno como quiere mensual, trimestral etc. este miembro juega semanalmente con ese dinero qye ingresa en su cuenta bancaria personal el dinero cada vez que juega online a traves de la app tu lotero a la primitiva, loteria navidad, reyes etc los miembros estan registrados en esa app. Pero las operaciones se hacen desde la cuenta personal de ese miembro tsnto las comoras como los ingresos que me hacen cuando toca. Cara a hacienda en que le perjudica a ese miembro para la declaracion personal suya y si le perjudica como debe hacerse? Mil gracias
Juan actualmente hasta la APP Tulotero tiene la opción de jugar en grupo y que la propia app distribuya en premio entre los participantes según sus aportaciones. Lo que tienes que hacer es decirle a los de tu peña que hagan las jugadas como «grupo» dentro de la APP si no lo estáis haciendo así para no tener problemas. Un saludo
He participado en un sorteo cuyo premio es en especie (el valor ronda entre los 1000 y 4000 euros). En las bases explican que el ganador estará sujeto a incluir el premio en la declaración de la renta. Yo no cuento con ingresos por lo que no realizo la declaración de la renta. En caso de ganar el premio, ¿tendría que realizar la declaración sólo para declarar el valor del premio? Muchas gracias.
Hola Beatriz, las ganancias de patrimonio de sorteos o concursos están sometidas a retención y el límite que obliga a declarar es de 1.600€. Por tanto, si supera ese importe tendrás que presentar la declaración de la Renta. En cualquier caso, si no tienes más ingresos (como dices) te devolverán las retenciones y no tendrás que pagar nada.
Un saludo
Y una persona con discapacidad a la que hacienda no le descuentan ..le retendrian algo de ese premio o se lo devolverían al año siguiente con la declaración?
La retención de los premios es la misma para todos, tengas o no discapacidad y NO se devuelve, ni se incluye en la declaración de la Renta.
me interesa cobrar un premio importante, varios millones, como persona física o como sociedad patrimonial?
Hola Josep, ojalá fuera tan fácil responder a tu pregunta. Lo que preguntas tiene muchas implicaciones que debes analizar. Por ejemplo ¿Los socios de la empresa patrimonial son los mismos que han participado en el premio? ¿Cómo piensas disfrutar del premio si lo cobra la empresa? ¿Distribución de dividendos? Estos temas requieren un estudio personalizado con un análisis de la situación personal, tanto de la empresa como de la persona física.
Un saludo
He obtenido un premio un aparato le valor de unos 900 € aprox en un programa de TV. Pero no tengo ningún certificado con el importe.
¿Cómo puedo declararlo?
María, no te preocupes, seguro que te saldrá en tu información fiscal y el borrador de tu Renta cuando lo descargues.
Un saludo
Tengo una curiosidad, si por ejemplo, me tocara un premio de 50 millones, por decir una cifra alta, tendria que pagar impuesto de patrimonio? Un saludo.
Vicente te confirmo que Sí. Puedes ver mi artículo «Cuidado con lo que haces para no pagar patrimonio«
si a una persona le tocan tres decimos del gordo se tributa por cada uno por separado o por el conjunto del premis
Tributa cada décimo por separado
Muchas gracias por darme la oportunidad de presentar el siguiente caso: En 2017 me toco un premio del sorteo de la OID (Similar a la ONCE), de 25.000,- euros. El organismo pagador me desconto para su liquidación a Hacienda 4.750,- . Soy pensionista por invalidez y mis ingresos alcanzan los 17.927,56 Euros. Consultado a Hacienda si tengo obligación de declarar, me indican que no porque ya me practicaron la retención del premio y como no alcanzo los 22.000,- euros obligatorios para declarar, no hace falta que realice la declaración de la Renta. Con fecha 5 de Diciembre de 2018 recibo una notificación de Hacienda indicandome que estoy obligado a presentar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2017, mod. 100, no constando hasta el momento que haya cumplido con dicha obligación. No tengo mas ingresos que los que cobro de mi pensión. Consultado nuevamente en Hacienda me dicen que en el ejercicio 2017 mis ingresos fueron superiores a los 22.000,- euros ya que incluian el premio, por lo tanto estoy obligado.
Me gustaría saber que opinión tienen ustedes al respecto. Me sale a pagar 174,60 Euros y ya he realizado el pago. También supongo que me pasarán alguna penalización por intereses de demora e intereses. Muy agradecido y tengan ustedes un Feliz Año Nuevo.
Javier siento que le hubieran informado tan mal en la Agencia Tributaria.
Los premios de la OID no están exentos de tributación y hay que declararlos como ganancias de patrimonio y obligan a presentar la Renta.
Consejo a todos los lectores: cuando preguntéis en Hacienda solicitar la respuesta por escrito o que os den la referencia normativa del artículo del IRPF o una consulta de referencia de la DGT o del Informa donde esté recogida esa respuesta. Si no ya sabéis lo que pasa después «donde dije «digo», digo Diego». Y si no lo mejor es preguntar a un asesor y que te dé la respuesta por escrito como hago yo. 🙂
Buenas tardes,
Quiero una consulta que soy una persona con discapacidad auditiva con 65% y si he obtenido un premio de la loteria de navidad se descuenta igual el 20% o se devuelve todo el premio,muchas gracias.
Un saludo.
Enrique, lo siento pero NO hay ninguna reducción o bonificación por discapacidad en el impuesto que se paga de los premios. Te aplicarán la misma retención que a todos y no te devolverán nada de ese importe retenido. Un saludo
Si el ganador del premio es menor de edad, Tiene que declararlo?
Nuria, depende del importe.
Hola Pilar
Muy interesante y completo pero hay un supuesto que todos tenemos en la cabeza que no sé si no contemplas porque no es políticamente correcto hablar de ello o por alguna otra razón. El supuesto es: Me toca un premio de los buenos; quiero repartir con mis hermanos y mis hijos; reparto sólo un 50% del premio entre todos usando el modelo 230.
¿Eso es posible?
Muchas gracias
Efectivamente eso se puede hacer, identificando a todos los beneficiario en su proporción correspondiente para evitar el pago del impuesto de donaciones.
me ha tocado un premio de 2 entradas de futbol mas vuelo ida y vuelta en avion desde madrid a estonia y una noche de hotel mi duda es si por este premio tengo que tributar algo
Sonsoles, te confirmo que sí tendrás que pagar en la Renta.
Saludos
Hola pilar, me toco de premio una tv., en un banco, pedi la informacion fiscal para poder declararlo, y me dicen que ellos no han pasado informacion alguna a hacienda, con lo que no tengo que declararlo, debo pedirles un justicante con lo lo que me comunican. Gracias
Francisco, en este caso es mejor que hagas la petición por escrito al servicio de atención al cliente del Banco de esta forma tendrás constancia de la petición y de la respuesta. Ten en cuenta que la falta de comunicación por parte del banco no te exime de tu obligación de declararlo.
Un saludo
Me ha gustado mucho su información, más adelante contactare con usted para exponer un tema de gran interés para mí. Un saludo.
Gracias Julio, me alegro de que le haya gustado. Un saludo
Buenos días,
En enero del año pasado cobramos un premio de la Once de 35.000€, cuando fuimos a cobrarlo a banco, Hacienda ya se había llevado 7.500€, quedándonos con un total de 27.500€. Este premio debemos ponerlo en la declaración de la renta?
Hola Desirée, ¿te has leído el artículo? esta pregunta la tienes contestada en el punto 6.
Un saludo
Hola pilar.a mi madre le han tocado 20.000€en un cupon y que es mejor que declare que sólo le ha tocado a ella o digamos que nos a tocado madre e hija
Da igual, la tributación es la misma.
El año pasado me toco un viaje valorado en 8.000 euros, me dijeron que tendría que pagar el porcentaje de impuestos. Pero hasta la fecha ni me han retenido nada del premio, pues gaste los 8.000 euros, ni en hacienda veo que tengan datos de ese premio. La empresa pagadora tiene que hacer alguna gestión para que pague mis impuestos. Gracias de antemano
Sí Carlos. Debería salir en los datos fiscales, no te fíes de que no salga, ya que eso no te exime de la obligación de declararlo, y solicita a la empresa el certificado de la valoración y la retención aplicada para hacer tu Renta. Tienen obligación de entregártelo.
Un saludo
Existe algún tipo de premio superior a 2.500€ exento de tributar a Hacienda?
No
Hola en el 2017 me toco 18.ooo euros en la lotería y al ir a cobrar ya me descontaron el impuesto correspondiente.Mi duda es, si en el IRPF tengo que volver a declarar. Muchas gracias.
Hola Salvador, te confirmo que NO tienes que incluirlo en la Renta. Un saludo
Una persona con minusvalía le quita hacienda el 20% del premio del gordo de Navidad
Sí, el impuesto de los premios de lotería es igual para todos con independencia de las minusvalías o las circunstancias personales de cada uno. Un saludo
Hola
Me ha tocado un premio de una revista
Es una tarjeta regalo por valor de 1000€ para gastar en un comercio
¿Tengo que declararlo?? Y si es que si ¿como tendría que hacerlo?
María, te confirmo que si presentas la declaración de la Renta entonces sí debes incluirlo como ganancia de patrimonio en el apartado «G1: GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES QUE NO DERIVAN DE LA TRANSMISIÓN DE ELEMENTOS PATRIMONIALES: PREMIOS OBTENIDOS POR LA PARTICIPACIÓN EN CONCURSOS O COMBINACIONES ALEATORIAS CON FINES PUBLICITARIOS»
De todos modos, puedes estar tranquila, ya que ese importe seguramente te saldrá incorporado en tu Borrador de la Renta al ser un ingreso sometido a retención.
Un cordial saludo
¿Tengo derecho a recuperar lo retenido por Hacienda en un premio de bonoloto de 2016?
No Ramón. La retención de los premios de lotería son un impuesto «final» y no se puede recuperar.
Me a tocado un premio de 4900 euros en un bingo de internet , no trabajo ni cobro ningún tipo de renta anual , como lo declaró? De antemano muchas gracias
Maria Luisa, aunque no tengas otros ingresos debes presentar la declaración de la Renta, aunque no tengas que pagar nada y debes declarar el premio como ganancia de patrimonio. Ten en cuenta que si no presentas la declaración estando obligada (como es tu caso) puedes recibir una sanción. Te aconsejo que leas mi articulo «Todo lo que debes saber de la tributación en el IRPF del juego online»
Un saludo
Hola, me gustaría saber cómo tributa el suelo de Nescafé, que son 2000 euros mensuales y en letra pequeña pone: (Premio bruto antes de impuestos). ¿Cómo se declara en ese caso?
Gracias.
Pepe, ese tipo de premios se declaran como ganancias de patrimonio en el IRPF en la base general y le aplican una retención del 19% en 2017.
Saludos
Hola mi pregunta es e ganado 1.187 euros en los juegos recreativos en un local en barcelona Bingons son máquinas electrónicas me han dado un tiket para cobrar en la caja de pensiones mi pregunta es la caja se queda con algo de impuestos ? Tengo que declarar hacienda ? Gracias
Manu, ellos no se quedan con nada, pero deberías declarar el importe ganado. Saludos
Hola me llamo Moisés y mi caso es el siguiente.
Somos 15 amigos que jugamos a la primitiva a través de la página de internet LAE.
Solo estoy dado de alta yo y los premio los derivan a una cuenta bancaria en la cual estoy yo solo como titular.
La pregunta es si tocará un premio importante como haríamos para hacer el reparto para no pagar más impuestos.
Como justifico que los amigos son participes del premio.
Gracias
Moisés, me imagino que habrá alguna forma de identificar a los partícipes del premio cuando llegue el momento.
Hola Pilar, nos ha tocado un premio de 6000€, el premio es compartido por cinco personas, mi pregunta es: cada uno tiene que pagar su parte del premio o como no supera los 2500€ no es necesaro y hay que acreditarlo rellenando algún impreso?
Pepa, el impuesto se reparte proporcionalmente igual que el premio y os lo descontarán del pago al identificaros en la entidad bancaria.
No os libráis del pago del impuesto aunque dividas el premio entre 5 personas.
para cobrar un premio de loteria de navidad de 90 euros (6 papeletas ) en una oficina de la Caixa, me han obligado a presentar mi DNI, ¿es normal? ¿que ley ampara esta exigencia?
Buenos días Pilar,
Puedo reclamar la devolución de la retención aplicada sobre un premio de la ONCE por se minusválida?? O tiene alguna bonificación??
Gracias y saludos.
Cris, lo siento pero NO. El impuesto del premio no se puede reclamar ni recuperar de ninguna manera y es igual para todos con independencia de la munusvalía o la situación personal o familiar de cada uno.
Sólo pueden reclamar la retención de los premios los no residentes por aplicación de los convenios internacionales para evitar la doble imposición.
Un saludo
Si Gano un premio literario cuyo importe son 500€ ¿Cual es el porcentaje que me descontarían en concepto de IRPF?,
María Araúzo, tal y como explico en la pregunta 6 de mi artículo «lo que debes saber de la tributación del juego online» todos los premios derivados de concursos, ya sean literarios o promocionales, están sujetos a retención (actualmente en el 2016 es del 19%) si el premio es mayor de 300€.
Por tanto, en tu caso te descontarán 95€ que es el 19% de los 500€.
Saludos
Hola Pilar, en primer lugar agradecerte el tiempo que dedicas en ilustrarnos en estos temas a veces algo complejos…y en segundo lugar… tengo una pregunta de algo que no me queda claro…si decido repartir premio a familiares y amigos…quien paga el impuesto de donaciones? Solo los q reciben el dinero o yo como donante tambien deberia de pagar?
Jose Antonio, el impuesto de donaciones debe pagarlo el donatario, es decir, paga el impuesto el que recibe el dinero, no el donante.
Saludos y gracias por tus palabras, me alegro de servir de ayuda (cuando puedo) 🙂
Sólo comentar que los que jugamos y apostamos en la página web de Loterías y Apuestas del Estado (LAE) sólo lo podemos hacer a título personal. A fecha de hoy la LAE no permite ni el registro múltiple ni compartir los premios entre diferentes personas.
Angelito, gracias por tu aportación. Ya sé que eso es un problema para los que jugáis por la web de la LAE.
No sé si habrá alguna plataforma para canalizar estas quejas pero deberíais ponerlo de manifiesto, para que se permitiera jugar por la web con cuentas de titularidad compartida ya que sería la solución para muchas peñas.
Un saludo.
Hola Pilar, me ha tocado un viaje valorado en 3.577 € y la empresa organizadora del sorteo dice que va a retener e ingresar en concepto de pago a cuenta de IRPF 679€. Esto que significa, que me van a ingresar esos 679 para que los pague yo en la declaración del prox año? Que el premio realmente son realmente 2898€ porque los 679€ restantes se los queda Hacienda?
En que casilla tributará, en especie o retribución dineraria? Saludos y muchas gracias.
Hola Samuel, tributa como ganancia de patrimonio en especie y el pago a cuenta se descontará del pago de tu Renta, aunque dependiendo del resto de tus ingresos es posible que tengas que pagar algo más…
No te preocupes esa información ya sale incorporada en tu declaración (borrador) de Hacienda y solo debes comprobar que es correcta y coincide con el certificado que te darán.
Un saludo y enhorabuena!
Hola Pilar he leído en algunas paginas de internet que si el premio de una lotería del estado supera los 700 mil euros hay que pagar mucho mas que el 20% de retención , porque supera el patrimonio de los 700 mil euros.
es cierto eso o no?
Un fuerte abrazo.
Hola Peter, los 700.000€ se refieren al Impuesto del Patriminio. Ese impuesto se paga en toda España menos en Madrid que de momento lo tiene bonificado al 100%.
Es decir, si tienes más 700.000€ en bienes, valores o derechos (inmuebles + cuentas + etc.) sin contar tu vivienda habitual que está exenta, debes pagar el impuesto del patrimonio, ese límite puede variar dependiendo de la Comunidad Autónoma de residencia y da igual si el dinero es de un premio de lotería o lo has ganado de otra forma. Es un impuesto independiente del impuesto de los premios al que se refiere este artículo.
Un saludo
Relacionado con el comentario anterior, la empresa pagadora tiene que pagar alguna retención?
Sí, debe aplicar la retención del 19% si el premio es superior a 300€.
hola Pilar, mi pregunta es la siguiente; Un premio que no entra dentro de los premios de lotería y apuestas del Estado, un concurso organizado por una organización. También tiene el límite de exención de 2.500€ o habría que declarar el 100% de lo ganado?
gracias
un saludo
Marta
Marta, se debe declarar el 100%, sin exención.
De la retención que nos hacen de los premios,tenemos derecho al año siguiente a presentarlo en la declaración y se nos devuelva algo de lo retenido? Un saludo
Encarna, es una obligación declarar el premio y la retención aplicada. El resultado de la declaración (a devolver o a pagar) dependerá del resto de tus rentas.
Saludos
HOla, me ha tocado un premio de unos billetes de avion con un valor de 498 euros. Segun pone en la carta que tengo que firmar, si el importe supera los 300 euros, esta sujeto a retencion o ingreso a cuenta del impuesto sobre la renta de personas fisicas y en consecuencia la empresa asumira y realizara el ingreso a cuenta del irpf, a cargo del ganador en cumplimiento de la normativa vigente.Asimismo se me facilitara un certificado en el que se refleja el valor del premio y el ingreso a cuenta realizado.Significa que yo tengo que declararlo el año que viene cuando haga la declaracion de la renta y por ello tendre que pagar algo a mayores?.Gracias de antemano
Hola Eduardo, efectivamente debes declararlo en tu Renta y saldrá en tus datos fiscales. El pagar más o no dependerá del resto de tus rentas.
Un saludo
?Si me toca el euromillon en cantidad importante y quiero repartir entre familiares y algún amigo ciertas cantidades de importancia?como lo hago ? Estas cantidades son distintas en importe, Según tengo oído nunca debo cobar y distribuir después porque sería interpretada como una donación y el receptor pagaría otro imuestro más . Si digo que es una peña como así es HACIENDA ?QUE DICE ? ,. ?tengo que documentar algo o ml palabra es su fiskene ?
Valentín, a la hora de cobrar el premio deben identificarse todos las personas premiadas con las que se comparte indicando el porcentaje de participación de cada uno en el premio
Un saludo y suerte!
Mi mi comentario va relacionado con un premio millonario.Somos una peña de 12 personas jugamos al euromillon aportamos 5€ para formalizar la apuesta.En caso de que tocara .Como podria repartir el premio sin tener problemas con Hacienda?
José, como ya le he comentado a Valentin ccc a la hora de cobrar el premio deben identificarse todos las personas premiadas con las que se comparte indicando el porcentaje de participación de cada uno en el premio.
Un saludo
Hola,me ha tocado 5.000€ en el bingo electronico me han hecho un cheque al portador barrado lo puedo ingresar en cualquier cuenta bancaria de algun familiar y he de declararlo por que no viene a mi nombre gracias
Emy, en primer lugar, está prohibido recibir cobros o pagos superiores a 2.500€ en efectivo o con cheques al portador, ya que estos tienen la misma consideración que el dinero en efectivo. Así que te estás jugando una buena sanción por el cobro de ese cheque (en mi opinión) y si lo ingresas en la cuenta de un familiar le trasladas el problema a él.
A mi juicio debes denunciarlo y solicitar un cheque nominativo y tendrá que declararlo en la Renta el titular del mismo. Un saludo
Un cheque barrado sea al portador o no debe ingresarse en cuenta si o si porque el narrado del mismo obliga a ello.
Efectivamente Vicente, así es. Pero según la normativa un cheque al portador, aunque esté barrado, tiene la misma consideración del dinero en efectivo porque no identifica al beneficiario del cheque y se podría ingresar en cualquier cuenta. Por tanto, a mi juicio creo que incumple la normativa y la prohibición de los pagos superiores a 2.500€, que pronto pasará a ser de 1.000€
Buenos días,
Si dispongo de una invalidez absoluto exenta de pagar IRPF, el 20% que declaro del premio ¿me lo vuelven a devolver desde Hacienda?
Un ejemplo claro y real: Hace unos años el banco me regaló un TV y ellos mismos declararon 40€ de impuestos a mi nombre. Durante ese mismo año, Hacienda me devolvió esos 40€.
¿Sucederá lo mismo en caso de que me toque un premio de más de 2.500€?
Muchas gracias.
Un saludo.
José Andrés, lo siento pero no. Este impuesto especial de los premios de lotería no es igual que el resto de premios de sorteos publicitarios, este 20% no se declara en la Renta, es un impuesto definitivo y se cobra para todos por igual sin posibilidad de devolución.
Buenos días Pilar.
Con el sueldazo de la ONCE (DOMINGOS) que comprende 19 anualidades de 60000 €. Además del 20% anual de retención, también influye en IRPF?. gracias!
No Luis, sólo pagas el 20%, no se declara en la Renta.
Muchas gracias Pilar!
si me toca la paga del cupon de la ONCE los 3000 € mensuales tributan como premio de loteria o rendimento de trabajo
gracias
Josep los premios de la ONCE tributan como «premios de loteria», según se explica en el artículo, no es renta del trabajo en el IRPF.
Como siempre un trabajo completo, claro y útil. Gracias
Muchísimas gracias Manuel!!!!
Buenos dias Pilar.Gracias por arrojar algo de luz sobre cobro de premios de loteria.Tengo un grado de discapacidad de 54% y vivo de una pensión de invalidez.Si gano la loteria tengo que pagar los 20% de impuestos? Un cordial saludo
Mihaela, me alegro de haberte «iluminado» un poco 😉
En cuanto a tu consulta, siento decirte que el impuesto del 20% es para todos por igual con independencia de la edad y de la minusvalía.
Un cordial saludo
Muy buenas te explicas muy bien eres una gran profesional, te comento juego muchos dias al poker online y ya gane varios premios maximo 500€ , estoy entrando en torneos que puedo ganar 1200€/1500€/2500€/5000€/7000€ y 10.000€
Si los ganos algun dia que pasos tendria que hacer, a partir de cuando tengo q declarar???
Otra duda si gano 5.000€ si los saco de la pagina del poker por ejemplo 1000€ al mes colaria para no declararlos o los tengo que declarar, muchas gracias espero que me contestes.
Muchas gracias José Antonio por tu buenísima valoración sobre mí y mi trabajo.
Como son muchos los comentarios y dudas que hay sobre el juego online (poker, ruleta, bingo, etc.) os he dedicado a ti y al resto de lectores este nuevo artículo que espero que resuelva vuestras dudas «Todo lo que debes saber de la tributación en el IRPF del juego online» Te ruego que lo leas detenidamente y si algo no te queda claro o no lo entiendes deja el comentario en ese nuevo artículo que está relacionado con la consulta. Y si con el artículo resuelves tus dudas, deja si quieres un comentario igualmente para que lo sepa. Gracias
Hola Pilar, mi pregunta es un poco repetitiva ya que he leído alguna referencia sobre ella en una de tus 15 respuestas en el articulo. Pero me gustaría para hacerme una idea más aproximada si conoces los impuestos como tal para la Comunidad Valenciana o Valencia en concreto para el cobro de un premio de una rifa de navidad valorado en 400.000 euros en diversos regalos como vehículos, electrodomésticos, algún lingote de oro, viajes, tarjetas regalos y nunca obteniendo dinero en metálico en el mismo (no se si daría igual o sería mejor o mucho peor, también me gustaría que me lo aclararas), en definitiva si eres el agraciado en un tipo de rifa de este tipo si no hay dinero en efectivo y vehículos que tributan ya de por si algún impuesto, el oro que he visto en alguna webs que no se paga IVA, a que estaría expuesto el ganador aproximadamente. Creo que al final me he liado un poco jejeje, pero espero que puedas resolverme estas dudas ya que con tantas rifas que se hacen por ahi, al final no se si vale la pena no jugar. Un saludo.
Emilio, efectivamente, como ya he dicho en reiteradas ocasiones, estos premios tributan en la Base General de la Renta al tipo marginal y si consultas los tipos impositivos del IRPF del 2015 , verás que en el caso de Valencia la cuota del IRPF para una base imponible de hasta 175.000€ es de 69.536,69€ (último tramo) y el resto tributa al 45,98%. Por tanto, pagarás más de 173.000€ por un premio de 400.000€, aunque a eso debes añadir el resto de rentas y aplicar las reducciones, deducciones, mínimos personales, etc.
En fin, siempre vale la pena ganar un premio de esa cuantía, ya que aunque tengas que compartirlo con Hacienda siempre te queda algo 🙂
Si quieres un cálculo exacto o una simulación de tu renta ponte en contacto conmigo y solicita presupuesto.
Un cordial saludo y felices fiestas!
Muchas gracias Pilar por tu respuesta tan rápida y tan clara, mi curiosidad era para el caso de haber sido agraciado con un premio de este tipo y ya me has dejado claro que el topetazo con hacienda es verdaderamente abusivo. En fin como no he tenido suerte no me tendré que preocupar por mi declaración de renta del próximo año (por lo menos mas de lo habitual, jejeje,pero si tendré en cuenta que eres una buena profesional a la que recurrir en estos casos u otros parecidos para la empresa. Un saludo y de nuevo muchas gracias al mismo tiempo que desearte unas felices fiestas el resto que quedan de ellas. Emilio.
Emilio, muchas gracias por volver y por tu buena valoración. Yo también te deseso un feliz año nuevo!
Tengo una peña en la cual nos han tocados 1.440.000 en participaciones de lotería de
2 – 3 – 5 €, como hago el pago entre los que le han tocado, que datos les tengo que pedir y sin con pagar con talón es suficiente
Juan debes pedir copia de los NIF/NIE de todos los premiados y hacer una relación con todos ellos para que podáis justificar el reparto de los premios.
Si no tengo ningún ingreso en Renta y me tocan 6.000 euros a la Lotería Nacional, puedo en la Declaración de Renta del año siguiente resarcirse de la retención que me han efectuado de 700 €. Resumiendo realizar la Declaración de Renta y que esta me salga a devover por la cifra retenida del premio.
Tomas, no puedes recuperar el importe retenido del premio de ninguna manera. La retención del 20% de los premios de lotería es un impuesto final y no se puede incluir en la Renta ni la retención ni el premio. Alégrate de haber pillado algo aunque sea poco, a mí no me ha tocado nada.
Hola. Nos han tocado 6000 euros en un décimo entre tres personas. Cuánto cobraríamos cada uno?
Tb otros 6000 entre 2 personas. Cuánto cobrarían?
Gracias
M. Guerrera me alegro de que hayas sido agraciada. Enhorabuena!
Tu pregunta ya la he contestado en otros comentarios, pero lo haré una vez más por ser Navidad y lo explicaré paso a paso para que se entienda:
Esto son matemáticas básicas, toma nota:
Los primeros 2.500€ están exentos, por tanto la retención del 20% es sobre el resto.
Por tanto, de un premio de 6000 si descuentas 2.500€ exentos, la retención es sobre 3.500€. Impuesto del premio = 3.500€ x 20% = 700€.
Así, de un premio de 6000€ te descuentan 700€. Por tanto, cobraréis 5.300€ entre los 3 o sea 1.766,66€ (5.300/3)
Y si el premio está repartido entre dos cobraréis 5.300€ entre dos o sea 2.650€ (5300/2)
Es decir, tanto el premio del décimo como la exención de los 2.500€ se divide entre todas la participaciones por igual.
Espero que esta vez haya quedado claro con el ejemplo paso a paso.
Que disfrutes tu pequeño premio! A mi no me ha tocado ni la pedrea así que si quieres hacer un donativo para el mantenimiento del blog y pagarme una cervecita estaré muy agradecida 🙂 puedes hacerla pinchando en el apartado que pone «Donar». ¡Felices Fiestas!
Buenos días pilar, mis situación básica es la de tener las cosas claras en la cabeza. Y luego, que ojalá me tocase algún premio. Según entiendo la situación, es que si te toca algún premio que organiza la organización de loterías del estado hay un impuesto especial del 20% a partir de los 2.500 € primeros que están exentos, y lo que toque es dinero todo tuyo, y si te toca un premio que no esta organizado por el estado, lo consideran Ganancia Patrimonial a contemplar en ese apartado de la renta y el que te da el premio está obligado a retener, comunicar e ingresar el 20%, que posteriormente lo podrás considerar en la declaración como retención,pero vamos, que los premios que no son del estado o mencionados en tu articulo, están muy penalizados fiscalmente, es eso. ¿verdad?. Por ejemplo los que hacen discapacitados de forma paralela a la once, utilizando su número premiado. Un saludo, y enhorabuena por su blog.
Jose Javier, efectivamente es como dices, pero la retención del resto de premios no es del 20%, actualmente es el 19,50% y a partir del 01/01/2016 será el 19%.
Efectivamente los premios de la OID o de otras organizaciones de discapacitados (excepto la ONCE) están más castigados porque la tributación se incrementa al incluirlo en la Renta junto con el resto de ingresos elevando el tipo impositivo de la tributación final.
Gracias por tu comentario.
Juego 4 decimos a la lotería de Navidad, si me toca ¿cuanto está exento de pagar impuestos, 2.500€ total o por décimo, es decir 10.000€?
Doy por supuesto que los cuatro son del mismo numero.
Efectivamente Aresio. Son 2.500€ exentos por cada décimo, por tanto sin tienes 4 décimos (aunque sean del mismo número) premiado son 10.000€ exentos (2.500€ cada uno).
«Claro como el agua»
Hola pilar, en el trabajo tenemos una peña donde hacemos la quiniela cada semana, yo me encargo de echarla cada semana. Por comodidad la hago desde la web de loteriasyapuestasdelestado, pero he leído que ellos no reparten premios, que lo ingresan en la cuenta del usuario (creo que netos ya).
Mi pregunta ta es como lo podríamos hacer para repartirlo. Gracias.
Jaime, se supone que si toca un premio superior a 2.500€ debéis identificaros y dar vuestros datos fiscales. Mira esta respuesta que le di a Juan Manuel
De todos modos espero que a alguno de los muchos que preguntáis os toque algún premio gordo y os acordéis de pasar por aquí a contarnos si es posible la identificación de varios agraciados o sólo permite identificar a uno cuando se juega online.
Por favor, si encuentras alguna información adicional sobre la identificación de los premiados online cuando juegan varios, compártela con todos los lectores de esta comunidad. Te estaremos todos muy agradecidos.
HOla, me ha tocado un boleto de aprox 100.000 euros. estoy casada en tramites de separacion
si se lo doy a mi madre , lo cobra y luego me dona el dinero, sería privativo mio?
gracias
Sí Etelka. Las donaciones son privativas.
HOLA PILAR SI TENGO UNA CUENTA ONLAE CON LOTERIAS Y APUESTAS DEL ESTADO Y COMPRO 10 DECIMOS DE LOTERIAS Y TOCA 2500 EUR EN CADA UNO ME INGRESARAN 25000 ENTONCES AL SALIR TODO EL TOTAL DE LOS 10 DECIMOS AHI ME COBRARAN EL 20 POR CIEN PERO SI YO NO TUVIERA CUENTA CON LAE Y FUERA CON CADA DECIMO A COBRAR UNO POR UNO NO PAGARIA ESTO COMO ES UN SALUDO
Jose Manuel, el 20% que se cobra es por cada décimo de lotería. Por tanto, da igual que lo cobres online o en un establecimiento de loterías. No te van a descontar nada al no superar los 2.500€ cada décimo, aunque tengas 10 décimos.
Me a tocado un viaje a Paris de 3 dias con los billetes, el hotel y desayuno pagado. Tengo que pagar algo en la hacienda?hay que declararlo?
Alex, por supuesto que debes declararlo y debes pagar a Hacienda. Así que disfruta del viaje que luego llegará la Renta ….
Saludos
Hola Pilar, espectacular página, creo que lo tengo claro pero prefiero preguntarte:
si juego desde España en una lotería italiana y me toca un premio de, p.e., 10 M€ al ser el impuesto en Italia del 6% y en España del 20% y haber convenio de doble imposición, entiendo que en Italia me retendrían el 6% en el pago y al declararlo en España, tendría que abonar en España el 20%, al que deduciría el 6% ya abonado, es decir, el 14%. ¿es correcto?
Muy buenas, primero de todo,felicitarte por el gran post y sobre todo por las innumerables respuestas 🙂
Mi pregunta es: Si en lugar de dinero en efectivo, me toca un coche? Creo que el valor del coche son 40.000€, deberia de pagar cerca de 8.000€ en efectivo de mi bolsillo si quiero hacerme con el prmio y declararlo el año que viene también?
Gracias!!!
Más o menos Juan, aunque normalmente no tienes que pagar para que te den el coche porque la retención suele ingresarla la empresa que hace el sorteo y no te la cobra, aunque sí la descuentas en tu Renta como pago a cuenta. Por tanto, en la Renta pagarás la diferencia con respecto a la retención aplicada.
Gracias por tu felicitación!
muy buenas, he ganado un premio de 300,00 € por participar en unas actividades recreativas/deportivas. Me deberian de retener?
Daniel, la mayoría des esos premios no están sujetos a retención. Mira el artículo Todo lo que debes saber de la tributación en el IRPF del juego online
Muy buenas Pilar. Tengo una duda.
Hace 2 dias me tocó un premio de una experiencia que esta valorado en 4000€ y me dicen que si estoy de acuerdo tengo que declararlo a hacienda. Como tenía dudas les escribí y me enviaron esto:
La Ley dice que la ganancia patrimonial está constituida por el valor del premio (4.000€) más el ingreso a cuenta que realice el pagador del premio, siempre y cuando no se repercuta al premiado. Ese ingreso a cuenta es el 19,5% del resultado de incrementar en un 20% el valor del premio (19,5%*4.800 en este caso).
Total: 4.000+936
Bien, esto que quiere decir, que tengo que pagar yo parte del premio? Y de ser así cuanto sería más o menos. Gracias
Hola Rubén, enhorabuena por el premio!!!
Pero no te puedo ayudar con esos datos, lo que tengas que pagar depende de tu renta. Los premios se añaden a la base general y tributan según la tarifa del IRPF y la retención minora la cuota a pagar.
Si quieres un cálculo exacto mira el apartado de consultas personales y solicita presupuesto.
Saludos
Hola pilar. Me gustaria hacerte una pregunta. Creo que si he estado ganando dinero en la ruleta on-line y soy menor de 25 sin ingresos y he ganado mas de 22000€. He de declararlos? Y que tanto por ciento te cobra hacienda? Muchas gracias!
Cesar, te confirmo que sí tienes que declararlo. Mira el artículo Todo lo que debes saber de la tributación en el IRPF del juego online
BUENOS DÍAS PILAR.
ME ACABO DE ENTERAR QUE A MI MARIDO Y A MI NOS HA TOCADO 6000 EUROS EN LA LOTERÍA NACIONAL.
CUÁNTO TENGO QUE PAGAR A HACIENDA?INFLUYE ALGO QUE SEAMOS DOS BENEFICIARIOS?
GRACIAS POR TU TIEMPO.
SALUDOS
Elena, no sé si te has leído el artículo, pero como ya he dicho, la tributación es el 20% que te descuentan al cobrar el décimo descontando los 2.500€ que están exentos de tributación. Al ser dos beneficiarios ese importe se divide entre los dos.
Saludos
Hola Pilar, en una página de bingo online me han pedido que les mande el DNI para realizar uno de los reintegros. Normalmente me iban tocando lineas, o bingos, y los iba sacando en cantidades bajas que es lo que me tocaba, 30, 40, 50 euros….Pero al parecer, al acumular durante el año más de 2.000 euros en premios, te piden el DNI para comprobar que no se está haciendo blanqueo de dinero..o esa es la explicación que me dieron. Me afectará en algo a mi renta del año próximo? Porque sí superaré en 2.000 euros lo ganado, pero los ingresos no los tienen en cuenta? que por supuesto han sido mucho más de esos 2.000 euros. Muchas gracias de antemano
Por supuesto que sí María, debes incluirlos todos y te incrementará la Renta. Te recomiendo que leas el artículo Todo lo que debes saber de la tributación en el IRPF del juego online
Buenos dias Pilar y muchas gracias por este blog.
Tengo varias preguntas acerca de los beneficios conseguidos en Apuestas deportivas On-Line.
1ª – A que tipo de rentención estan sometidas y en que casilla de la declaracion hay que incluirlas.Vamos a suponer que he ganado 10.000 € en apuestas deportivas, y tengo una situacion laboral aparte.
2ª – Una persona que no trabaje y tenga ingresos en Apuestas deportivas Online, ¿esta obligado a declarar si no supera los 21.000€? Que retencion se le aplica.
3ª – ¿A partir de cuantos ingresos esta persona no se le puede incluir en la declaracion de sus padres?
Muchas gracias por todo y enhorabuena por el blog.
Hola José, mucha gracias por tu comentario, precisamente este año la Agencia Tributaria ha puesto casillas nuevas para declarar los premios de los juegos on-line.
Contestando a tus preguntas:
1.- La ganancias del juego online (apuestas deportivas, bingos, poker, etc.) deben incluirse en la casilla 251. Y las pérdidas de esos mismos juegos se declaran en la casilla 256 para que puedan ser deducidas de las ganancias hasta el límite del importe declarado, no pudiendo declarar una perdida superior a las ganancias obtenidas. Por tanto, aunque hayas perdido más de lo que has ganado, sólo podrás deducir hasta el límite de la ganancia.
2.- Estos premios NO TIENEN NINGUNA RETENCIÓN. Y obligan a declarar si tienes más de 1.000€ de ingresos en total, aunque tus ingresos del trabajo sean menores de 22.000€, ya que este tipo de ganancias te excluyen de los límites generales de la obligación de declarar.
3.- Los padres pueden aplicar la deducción por descendiente siempre y cuando el hijo no presente la Renta de forma individual con ingresos superiores a 1.800€. Por tanto, si el hijo está obligado a presentar la Renta y sus ingresos son superiores a 1.800€ los padres no podrán incluirlo en su declaración y pierden el derecho a la deducción del hijo ese año.
un cordial saludo.
Hola Pilar ,
Tengo varias dudas.
Hace 2 jornadas tuvimos 14 aciertos en la quiniela. jugábamos 6 dobles.
Cobramos una de (14)(17776,62€) y mas premios de 13, 12 y 11 respectivamente. Total 20000€ aproximadamente.
Mis dudas.
somos una peña de 10 personas.
si repartimos tocamos a 2000€ aproximadamente cada uno.
No llegamos a los 2500€ por persona.
Tendríamos que pagar el 20% del premio a partir de 2500€ hasta los 17776,62?
o por el contrario al repartir entre 10 no pagaríamos nada a hacienda?
No se, estamos en un mar de dudas.
Muchas gracias por anticipado.
Saludos
Hola Iñaki, os descontaran el 20% del premio total descontando los primeros 2.500€ exentos. Es decir el 20% de la tributación del premio se divide entre todos.
Saludos
Buenas tardes Pilar, te agradezco ante todo la información que has publicado y que nos ha servido a muchos para entender como tributan los premios de las página online. Hemos estado confundidos por estas páginas que en sus chats siempre decían que no se tributaba por los primeros 2.500 euros y que del resto se pagaba el 20%, pero ahora leyendo tus respuestas veo que nada que ver con la realidad.
Mi duda y espero me puedas ayudar es la siguiente:
Hemos jugado 3 amigos con la cuenta de uno en febrero del 2014 y conseguimos un premio de 4.010,41 euros. Ahora nos vemos en la duda de como podemos calcular que importe tenemos que dar al compañero que ganó en premio para pagar a hacienda.
Mirando la base imponible general en la que ya está sumado el importe del premio (casilla 251) y consultando en la página que pones en una de tus respuestas de los tipos de IRPF del 2014 vemos que el % que sale, en este caso en Madrid y para una base imponible de 15.532, es del 39,40%.
Este es el tanto por ciento que hay que pagar a hacienda de los 4.010,41 euros que ganamos en esa página online, osea 1.580,10 euros.
Mil gracias por tu ayuda.
Un cordial saludo
Efectivamente Lola, eres una alumna excelente!! Eses es el coste que tiene para él.
Saludos y muchísimas gracias por tu comentario.
Hola, quisiera saber si un Euromillon me toca en Diciembre de 2014 y no lo cobro hasta el 2015, la Ganacia que ha sido de 12 millones de €, la tengo o no que declarar en el Impuesto de Patrimonio del 2014, aun cuando aun no estaba cobrado
Muchas gracias y enhorabuena por tu pagina
Jesús aunque no lo hayas cobrado deberías declararlo ya que tienes un derecho de cobro devengado y exigible antes del 31 de diciembre.
Hola Pilar si una persona discapacitada gana el premio de euromillones (???????)tiene que pagar impuestos ??? cuanto ??? (66% grado de minusvallia ) ???????? gracias
Si, aunque esté discapacitada (da igual el grado de minusvalía) debe pagar lo mismo. Este impuesto no tiene ningún beneficio fiscal para minusválidos.
Tengo una amiga que le toco el año pasado (2014) un premio de 50,000 €. del EUROMILLON, tiene que ponerlo en algún lugar de su declaración de ejercicio fiscal de este año, disculpa la pregunta pero esto me tiene muy liado.
Enrique, como ya he comentado NO HAY QUE DECLARAR ESTOS PREMIOS EN LA RENTA, es decir no se incluyen en ninguna casilla.
Buenas Pilar, leido todo la duda que me queda es si en la declaracion de renta no se incorpora los datos de un premio de la loteria de navidad a estar exento y ya pagado el irpf correspondiente, hay que presentar impuesto de patrimonio?.
Saludos.
Hola Santí, muchas gracias por leer los comentarios antes de preguntar, porque este artículo tiene bastantes!!! Ya va por 200 comentarios!!
Te confirmo que SI hay que declararlo, siempre y cuando la suma de tus bienes supere el límite, ya que no está exento del Impuesto del patrimonio y tendrás que incluirlo con el resto de saldos bancarios.
Hola Pilar,
Muchísimas gracias por tus explicaciones. Una duda, si te toca aun premio superior a 2.500, pagas tus impuestos correspondientes y por tanto no tienes que consignar nada en el IRPF… entiendo que la constatación de que te ha tocado el premio sólo figuraría en esa liquidación de impuestos y por tanto nadie podría averiguarlo ¿es así?
Gracias de nuevo
Manoli, si Hacienda te parece «nadie» ¿Quien más quieres que lo averigüe? Todos los organismos públicos tienen sus bases de datos conectadas con Hacienda!!!
Hola Pilar,
Verás me ha tocado un premio bastante considerable de la lotería y quiero compartirlo con una serie de amigos y familiares, como he leído se puede hacer presentándolos a todos ellos (unos 15 o 16 total) como co-ganadores y el porcentaje en el cual participaban del boleto. Ahora bien, entiendo que solo necesito acreditarlos con nombre, dni y residencia fiscal, en el caso de los que residan en España y con el pasaporte en el de los que viven en el extranjero, sin presentar ningún recaudo o comprobante ¿cierto?
Mi duda viene principalmente de lo siguiente, por privacidad y para evitar suspicacias no voy a decirles el monto total que me ha tocado sino uno mucho menor y así me evito complicaciones a futuro y que a alguno le parezca poco el regalo, no se si me entiendes. Al identificarlos como ganadores ante el Banco (que es donde efectuaría el cobro) ¿ellos no tendrían que recibir una notificación que les acredite como receptores del importe del premio? ¿De ser así en esta se les informa de el monto total del premio o del porcentaje con el cual participan? (una regla de tres la sabemos hacer todos jaja)
Te lo pregunto porque si esto es así tendría que buscar alguna manera de mantener en privado el monto total del premio y a la vez repartirlo sin que tenga carga tributaria.
De antemano muchas gracias por tú tiempo y respuesta y te felicito por tú estupendo blog. Que yo tengo uno y se lo difícil que es llevarlo al día de una forma tan brillante como es tú caso.
Saludos Cordiales
Hola Pilar. maravillosa página con información valiosa. Quería comentarte que yo no hago la declaración de la renta porque no llego al límite de 22.000, de hecho no he hecho la declaración en mi vida por no llegar al limite. Si me saco un euromillón por ejemplo, lo que sea, ya sean 10.000 o 2 millones, y me los gasto todo en el año, tendría que hacer la declaración de la renta a final de año?. considerando que seguiría trabajando, y por lo tanto teniendo los mismo ingresos mensuales que siempre. Muchísimas gracias!
Sergio, te confirmo que seguirías sin estar obligado a declarar porque el cobro de los premios de la lotería nacional, Cruz Roja y ONCE no obligan a declarar.
Buenos días Pilar,
Mi hijo (19 años) ha ganado 2.600€ en una apuesta por internet.
No trabaja ni tiene ningún tipo de ingreso y lo incluimos en nuestra declaración de la renta.
¿Como tenemos que declarar ese ingreso? ¿cuanto tendrá que pagar de IRPF?
Hasta ahora siempre nos ha salido a devolver.Los ingresos familiares no superan los 14.000€.
Un saludo, Luz
Luz, siento decirte que por ese importe tu hijo está obligado a presentar la Renta y vosotros no podréis deducirlo en vuestra Renta. Saludos.
Buenos días Pilar desde Colombia.
Acabo de suscribirme por web a Euromillones, mis interrogantes son:
1 Al no ser ciudadano ni residente en España, ¿Me cobran ese 20%?
2 ¿Me tocaría tributar ese 20% nuevamente en Colombia al traerme el dinero? Con lo que ya dejaría de percibir un 40%.
3 Si decido dejar el dinero en España (invertirlo allá), tributaría en España y no en Colombia?.
Muchas gracias.
PD: Aunque de tocarme el bote, no creo que me dejen sacar esa cantidad de España, hasta me darían la nacionalidad por carta de naturaleza.
Pedro Pablo, si te toca el premio te descontarán el 20% antes de hacerte el ingreso. Una vez abonado en la cuenta es un dinero legal y puedes invertirlo en lo que quieras. Pero debes ver la tributación de estos premios en Colombia. Desconozco la tributación de allí. Pero en el caso de que tuvieras que pagar algo, se aplicaría la deducción por doble imposición internacional para descontar el impuesto pagado en España y evitar la doble imposición. Para eso se firmó Convenio entre España y Colombia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio, hecho en Bogotá el 31 de marzo de 2005.(BOE 28/10/2008)
Hola Pilar, mi pregunta es la siguiente:
Un amigo ganó un concurso en el que el premio era un viaje para dos personas valorado en 6000 euros.Yo fui como invitado y quisiera saber si tengo que incluirlo en mi declaración de la renta.
Muchas gracias
Hola José, como el premiado es tu amigo el premio se lo habrán declarado a él, no a tí. La ganancia de patrimonio es suya y tú no tienes que declarar nada, salvo que te hayas identificado ante la entidad que paga el premio para compartirlo.
Hola Pilar: Supongamos que me toca un premio de 100.000 euros en la ONCE online y el premio va directamente a una cuenta bancaria de la que yo soy co-titular con otra persona. ¿Podríamos disponer de ese dinero los dos por igual? ¿Habría que tributar si uno de los dos hace una transferencia cuantiosa a otra cuenta? Gracias.
Javier, una vez que ya han abonado el premio en la cuenta de los dos podéis disponer de él igual que en cualquier otra cuenta. Pero si la transferencia se hace a una cuenta de un titular distinto Hacienda puede pensar que hay una donación.
Hola Pilar. Estamos organizando un concurso para el Ministerio de Agricultura. El premio es una cesta de productos alimentarios, de los que no tenemos factura, pues son cedidos por las DOP.
¿Tenemos que hacer declaración para que luego el ganador lo declare en su IRPF?
Gracias
Deberíais hacerlo Gonzalo.
Hola pilar.. Mi pregunta es ,me ha ganado un premio de casi 4000 euros en bingo online,tengo que pagar a Hacienda algo?
Un saludo
Edu, te confirmo que a partir de 1.000€ de ganancia estás obligado a presentar la Renta, pero no puedo saber si tendrás que pagar porque no conozco el resto de tus ingresos ni tu base imponible. Ten en cuenta que las ganancias de patrimonio se suman a la base general junto con los ingresos del trabajo si tienes.
Pilar antes que nada te envio un saludo y mi felicitación por tus excelentes respuestas y asesorías en este foro. Mi duda es la siguiente : Si soy ciudadano No Residente en España y llegase a obtener un premio en la Lotería de España ,Euromillones, Etc. Que tratamiento fiscal se debe seguir dado que en mi país de residencia tendría que declarar ante Hacienda ese ingreso y obviamente estaría obligado a pagar impuestos. Como que vislumbro un conflicto de doble tributación. Muchas gracias anticipadas por tu atención.
Manolo, tendrías que ver si puedes aplicar la deducción por doble imposición aplicando el convenio en caso de que tengas doble tributación si el convenio lo prevé.
Muchas gracias por tu comentario y felicitaciones.
Buenas noches, lógicamente enhorabuena por esta web porque es asombrosa.
Por otro lado, entre varios amigos solemos hacer apuestas deportivas, en casa de apuestas física, normalmente los premios no pasan de 100 o 200 euros, pero en esta ocasión tenemos uno de 3.100 euros y no sabemos que tenemos que tributar a hacienda, ni en porcentaje ni en dinero. Además he leído que ahora podríamos descontar los boletos no premiados para descontarlos de este u otros premios. ¿Como deberíamos de hacer esto? Muchísimas gracias de antemano y no dejaré de seguir leyendote.
Hola Oscar, más vale tarde que nunca. Por fin, he escrito el artículo perfecto para ti y tus amigos. Te recomiendo que leas»Todo lo que debes saber de la tributación en el IRPF del juego online»
Buenos días Pilar, antes de nada, muchísimas gracias por tu tiempo y por resolver las dudas.
Te comento; supero por sueldo anual los 22000€ y quería saber cuanto y como se debe declarar las ganancias de las apuestas deportivas online.
¿existe un mínimo del cual no esté obligado a declarar?
O si te es más sencillo, ¿conoces algún enlace donde quede lo suficientemente clara esta cuestión? es que por mucho que lea tienden a confundir.
Muchísimas gracias Pilar. Un saludo.
Hola Roberto, aquí tienes mi artículo «Todo lo que debes saber de la tributación en el IRPF del juego online» Perdona por no haberte contestado antes.
Hola Pilar, enhorabuena por tu web, es GENIAL.
Participé en un concurso sobre el diseño de un dormitorio y gané, el premio es el mobiliario del dormitorio de la marca que organiza el concurso. Los muebles están valorados en 4700€. Tengo que hacer frente a algún pago?
En las bases pone solamente esta frase: «El Premio no podrá conmutarse por su valor en metálico y se entregará bruto, es decir, sujeto a la normativa fiscal aplicable.»
Hola Jose, muchas gracias por tu comentario. En cuanto a tu consulta, los premios de los concursos deben declararse en la Renta como ganancias de patrimonio en la base general por su valor y descontar la retención o ingresos a cuenta que declarará la empresa que organiza el concurso.
No puedo saber cuanto tendrás que pagar sin conocer tu Renta, ya que eso depende de tu base imponible. Consulta los tipos impositivos del 2014 según tu comunidad de residencia: Tipos IRPF 2014
buenas pilar, llebo mas de 8 años sin trabajar, con lo que hace años que no hago la declaracion de la renta, el caso es que ido viviendo de las apuestas deportivas, 500e un mes, 700e otro y asi poco a poco, nunca gran cosa, ahora me toco en un bingo 6 mil euros, y ahora es donde tengo mis dudas, tengo que declarar este premio sino tengo ningun ingreso ni trabajo? y me ha tocado hace una semana cuando se supone que lo tengo declarar? y si es asi…puedo ir directamente hacienda a pagarlo o tengo que esperarme hacer la declaracion o como va? es que yo no tengo ni un solo ingreso que no sea del juego y nunca ha sido un premio o apuesta ganadora superior a mil euros, ni tengo patrimonio ni bienes, gracias de antemano
Tomás, perdona que no te haya contestado antes. Deberías haberlo declarado en tu renta del 2014, si no lo has hecho te aconsejo que lo hagas antes de que te sancionen.
Hola Pilar. Mi duda es la siguiente, que me ha parecido no ver en las demás publicadas.
Si te toca un cupón de la ONCE de los que te pagan un sueldo al mes durante 20 años.¿Tendria que tributar el 20% cada mes de lo que excediera de los 2.500€ o pagaría el 20% de la suma de todos los meses durante los veinte años?. Muchas gracias de antemano y enhorabuena por el blog.
El 20% lo descuentan de la cantidad anual.
TENGO UNA DUDA. SI POR EJEMPLO ME TOCA UN EUROMILLON DE 100 MILL. Y QUIERO REPARTIR CON FAMILIARES 6 MILLONES EN DIFERENTES CANTIDADES A CADA UNO. ¿ ES POSIBLE QUE DICHAS CANTIDADES SE PUEDAN DAR ANTES DE COBRAR EL PREMIO ADUCIENDO QUE SON PARTICIPANTES DEL BOLETO?
Por supuesto que sí Antonio. Eso es lo normal que se suele hacer en estos casos cuando uno tiene un décimo compartido con familiares o lo quiere compartir.
Hola pilar me han tocado 21 millones en el euromillon todavia no los he cobrado porque tengo tres meses. Si espero hasta el 2015 estare libre de impustos?
En que pais puedo cobrarlo sin que me cobren el 20% del premio?
que puedo hacer para cobrar todo el premio?
¡Enhorabuena Álvaro! siento decirte que NO TE VAS A LIBRAR DE PAGAR EL 20%. Aunque lo cobres en el 2015, te descontarán el impuesto. Y no puedes cobrarlo en ningún país sin tributar porque hasta los no residentes y las sociedades están sujetos a este impuesto y hay obligación de identificarse para el cobro del premio.
Consuélate pensando que «Hacienda somos todos» aunque te duela y si quieres hacer un donativo con parte del premio para mi blog lo recibiré encantada 😉
hola pilar queria hacerte una pregunta i te tocan 100 euros por internet te deberian de retener un 21%? o te los llevas integros, he oido que los premios de esta clase no se les aplica retencion hasta que no superan los 300 euros
Cristina, los premios de concursos (por ejemplo los que se hacen en TV o cualquier otro) si están sujetos a retención cuando superan los 300€.
Pero los premios de los juegos online suelen acogerse a la excepción que existe para los casinos, bingos y máquinas recreativas. Por eso no descuentan ninguna retención cuando abonan los premios, aunque superen los 300€. Pero eso no quiere decir que no haya que declararlos. Los premios de Internet se declaran TODOS como ganancias de patrimonio en la casilla 251 de la Renta.
hola buenas tardes,mi pregunta es esta,me ha tocado 18.000 euros en un bingo por internet,y el banco me lo ha pagado integro,y quisiera saber si tengo que pagarle algo a hacienda,y en todo caso como se lo pago.
José, el premio recibido debes incluirlo en la Renta en la casilla 251 como una «ganancia de patrimonio que no deriva de transmisiones». El importe a pagar dependerá tu base imponible. Consulta los tipos impositivos del 2014 para saber cuanto tendrás que pagar.
Hola buenos días en el mes de mayo nos toco un cupón nos descontaron 6500e que se lo quedó el estado el año que viene 2015 tengo que declarar que he ganado ese premio ,me tocara pagara en la renta de ese año cuando ya he pagado ese dinero gracias un saludo.
Raquel, el premio del cupón no tienes que incluirlo en la declaración de la Renta, ni tienes que pagar más impuestos.
he ganado un premio de 18.000 euros en un bingo de internet y me gustaria q alguien me imformara con exactitud cuanto tengo q pagar ha hacienda y cuando y como,lo agradeceria mucho gracias
Mercedes, estos premios se declaran en la Renta en la base general y su tributación depende del nivel de ingresos que tengas. Mira los tipos impositivos del 2014 por comunidades autónomas.
Buenos dias Pilar
He ganado un premio de 10 mil € en metálico y quisiera saber cuanto me van a retener porque veo claro lo de los premios de loterias pero que pasa con los premios de televisión…
Gracias
Enhorabuena Alberto!!! La retención actual es del 21%. Por tanto, en la declaración de la Renta tendrás que declarar la ganancia de patrimonio de 10.000€ que se sumará a tu renta del trabajo en la Base General y te descontarás la retención practicada. Además, no olvides que este tipo de premios te obligan a presentar la Renta aunque no superes el límite del resto del rentas del trabajo, etc.
Gracias por tu comentario, que sirve para completar el apartado 14 sobre la tributación de este tipo de premios. No puse la retención por no extenderme más explicando la diferencia ente los premios metálicos y en especie por que quiero hacer otro artículo dedicado exclusivamente a este tema cuando saque algo más de tiempo.
Saludos
Pero Pilar en la renta he de declarar 10.000 € o la cantidad resultante despues de quitar la retención del 21%?? y otra cosa, la retención del 21% se hace solo para 7500€, verdad?? pq entiendo que los primeros 2500€ estan exentos de retencion…?? o no es asi??
Alberto, vaya lío que tienes. Te explico mejor:
– En la Renta se incluyen los 10.000€ como ganancia de patrimoinio. NO TIENES NINGUNA EXENCIÓN. La exención de los 2.500€ es SOLO para los premios de la Lotería Nacional del Estado, ONCE y Cruz Roja.
– La retención del 21% se aplica sobre los 10.000€ por el mismo motivo comentado en el párrafo anterior.
Espero que ahora te haya quedado más claro.
Saludos.
Buenos días.
Pilar:
Muchas gracias por compartir tanta y tan buena información con los ciudadanos de a pie, que en más ocasiones de las que nos gustaría, nos vemos perdidos ante tal maraña burocrática y legislativa.
Triste gracia, además, que en España, y ante la consulta al organismo a través del que se apuesta, y que no es otro que el propio Estado, te encuentres con respuestas de este tipo (literalmente, copiado y pegado de un mail):
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Estimado usuario:
Gracias por el interés mostrado en nuestra página.
La Web oficial de Loterías del Estado no permite el registro de varios participantes (‘Peña’).
Como ya sabrá, cada usuario de la página va asociado a un único NIF / NIE y el abono de los premios se realizará automáticamente en la cuenta bancaria registrada en el perfil y cuyo titular coincida con el NIF del usuario registrado.
En caso de premio a repartir entre varios, la justificación del ingreso que pudiere requerir la Agencia Tributaria (AEAT) es un asunto que deben solventar Vds. con los instrumentos formales, públicos o privados, que mejor acrediten tales circunstancias.
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Buscada información en la página de la propia AEAT, no he sido capaz de encontrarla, más allá de una vaga mención en una frase suelta, no recuerdo exactamente dónde, en la que se especifica que en un formulario ad-hoc deberá indicarse a quién se ha hecho entrega de la parte proporcional del premio: «deberá justificar el pago de las cantidades».
No digo que la información no esté disponible para saber qué hay que hacer en caso de que uno quiera repartir el premio, por ejemplo, con sus hijas. Posiblemente esté ahí.
Pero sin duda alguna, no es fácil encontrarla. Yo no he sido capaz.
Aunque cabe la posibilidad de hacerlo a través de una donación, que en la Comunidad de Madrid, en la que resido, está exenta de Impuesto de Sucesiones y Donaciones, si no estoy mal informado, hasta 500.000 Euros por periodos de tiempo determinados. Es decir, se puede volver a donar una cantidad similar, también exenta, transcurrido un determinado periodo de tiempo.
Pero es francamente decepcionante no tener claro qué hacer para compartir un premio, en el caso que toque, jugado a través del propio Estado, con la propia familia, para que ésta no se vea posteriormente enmarañada en declaraciones complementarias, en el mejor de los casos, o en confiscación de cantidades en el peor.
Es frustrante, la verdad.
Lo dicho: gracias por tu amabilidad y tu excelente y bien explicada información.
Un cordial saludo,
Juanma
Muchísimas gracias José Manuel por tu comentario y por la información compartida!!! Es una verdadera lástima que la Administración no dé solución a este problema que ya lleva más de un año preocupando a peñas y personas que juegan conjuntamente de forma periódica: compañeros de trabajo, amigos, familiares, etc. que tienen este hábito y juegan con un fondo común todas las semanas.
A mí sólo se me ocurren las dos soluciones que le he dado a davor1964, así que si te ocurre algo más o descubres algo nuevo, vuelve por aquí a contárnoslo.
Muchísimas gracias por todos tus elogios!!! Lectores como tú dais mucho valor añadido al blog ampliando la información y compartiendo vuestras experiencias, así que reitero el agradecimiento por estar ahí y por compartir.
Un abrazo y buen fin de semana.
A ver si esto puede ser un truco:
Registrarse con nombre de usuario y contraseña, en lugar de con el NIF, y a la hora de identificarse para cobrar el premio, hacerlo en nombre de todos los implicados en la apuesta. Creo que es un hueco legal, si no me equivoco, por lo que pone aquí, en este apartado de la resolución de la que antes he puesto el enlace. Copio literal:
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Norma 4.ª.- Registro de datos para participar
1. Los participantes habrán de registrarse mediante la introducción en el sistema de una serie de datos, entre los que figuran:
Nombre de usuario.
Contraseña.
Recordatorio de la contraseña (pregunta y respuesta secreta).
Fecha de nacimiento.
Correo electrónico.
Para sucesivas sesiones sólo será necesario introducir el nombre de usuario y la contraseña.
2. El jugador será el único responsable de proteger su nombre de usuario, su contraseña, sus preguntas y respuestas personalizadas. En el supuesto de ser agraciado con un premio superior, estará obligado a su identificación, de acuerdo con las Resoluciones de la Dirección General de Loterías y Apuestas del Estado que regulan los concursos de pronósticos para Apuestas Deportivas y Lotería Primitiva para la validación por terminal «on-line», de conformidad con la Orden del Ministerio de Hacienda de 12 de marzo de 2002 y de cualquier otra norma que, en cada momento, pudiera estar vigente.
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Es decir, a la hora de cobrarlo, estará obligado a su identificación, pero no dice que tenga que ser una sola persona la que se identifique como ganadora del premio. Está un poco cogido por los pelos, pero ¿podría ser una solución?
No lo sé. Doctores tiene la Iglesia, las Leyes y la Fiscalidad aún más. Algún experto nos aportará luz, sin duda alguna.
Cordiales saludos,
Juanma
Hace unos días hice una consulta parecida al servicio o línea de loteriasyapuestas, concretamente pregunté cómo repartir un premio importante jugado a través de la web; básicamente me constentaron lo mismo y me aconsejaron que para una peña era mejor jugar de la forma tradicional, ir a un punto de venta, ya que la web no recogía otra opción.
No sé pero creo que con justificar el reparto de cada participación con el modelo de Hacienda a posteriori sería suficiente, me parece que hay un cierto vacío sobre eso.
Nosotros tenemos un usuario registrado y un CCC de otro diferente, no es la forma más lógica pero hay confianza, hasta la fecha se han ello los traspasos a la cuenta sin problemas, y uno de los requisitos es que la cuenta sea del mismo registrado en la web, claro está que hasta la fecha no hemos tenido que reclamar un premio superior a los 2.500, no sé si habrá algún problema, ojalá nos toque y les comento lo que pase, porque hoy por día seguiremos igual, es un poco lioso tener que ir a jugar las apuestas día tras día y tener que controlarla con la facilidad que da la web para ello.
En cuanto al registro de la sociedad de bienes para este caso nocreo que pueda ser la solución ya que la web solo permite una cuenta por usuario por DNI por lo que restringe el registro solo a personas individuales que básicamente es lo que me contestaron en la web.
Saludos.
Pedro, muchas gracias por tu información!
Hola Pilar, tengo una duda acerca de los premios «compartidos». Hacemos una quiniela con un compañero de trabajo, pero en la web de «loteriasyapuestas» sólo deja registrar 1 usuario por persona física, que soy yo en este caso; si nos tocara algo, cómo debería hacerlo para que figurara que hemos repartido el premio entre los dos ???
Un saludo y gracias.
Pues la verdad es que este tema es complicado de resolver. Si miras el comentario de José Manuel verás que no le han dado ninguna solución a este problema.
Por tanto, en estos casos sólo se me ocurren las siguientes opciones:
1.- No jugar online. Esto es lo mejor y más sencillo para no complicarse la vida. De esta forma al cobrar el premio se pueden identificar todos los premiados ante la entidad financiera en su porcentaje de participación correspondiente.
2.- Constituir una CB (comunidad de bienes).Solicitar un CIF en Hacienda para la CB a través del modelo 036 identificando a todos los comuneros con su participación y abrir una cuenta bancaria a nombre de la CB donde se ingresarán los premios y las cuotas de los asociados. Pero ten en cuenta que cualquier variación de la CB (alta o baja o cambio de porcentaje de participación) debe comunicarse a Hacienda con el mismo modelo.
Si consigues otra solución te agradecería que la compartieras y nos lo hagas saber pues hay mucha gente en la misma situación.
Saludos.
He encontrado algo acerca de las apuestas en Loterías del Estado a través de internet. Poco, pero por algo se empieza. A ver si logro seguir escarbando y encuentro algo sobre el cobro y apuestas compartidas liquidadas a posteriori del ingreso por el titular de la apuesta.
http://www.minhap.gob.es/Documentacion/Publico/SGT/LEYES/LOTERIAS%20Y%20APUESTAS/18799.htm
Saludos,
Juan M.
Me rindo.
Creo que la única solución es hacer una consulta pero tampoco sé exactamente dónde.
No sé si en la AEAT, en el Ministerio de Hacienda, en la Dirección General Tributaria, o en la Dirección General del Juego.
Sé que es un abuso, pero si alguno de los expertos que sin duda hay aquí tuviera a bien hacer esa consulta al organismo que él sea que es pertinente, estoy seguro de que sería un alivio para todos nosotros.
La alternativa es clara:
Repartir el premio a través de una Donación (pagando los correspondientes gastos de Notario, en el caso de la CCAA de Madrid, que lo exige) y que el receptor pague el impuesto correspondiente, que puede llegar a ser MUY elevado dependiendo de en qué comunidad autónoma se haga.
Es injusto. Profundamente injusto, que por un vacío funcional de una herramienta on-line del propio Estado, y por un vacío también legal (la no posibilidad de compartir apuestas a través de sus propios establecimientos salvo que se haga en forma societaria o de Comunidad de Bienes: más gastos) nos veamos abocados a pagar impuestos de difícil justificación, puesto que ya se cumple con esa obligación ciudadana en el momento de su cobro. Por no mencionar que también cumplimos con nuestra obligación ciudadana al apostar a través del propio Estado, que aumenta su recaudación por este medio.
Que uno tenga que pagar impuestos por darle dinero a sus hijos/hijas para solucionarles la vida clama al cielo.
Que uno tenga que pagar impuestos por darle dinero a su madre para que viva un poco mejor en su vejez, también.
Menos mal que según ellos son «liberales», porque si llegan a ser intervencionistas no sé qué sería de nosotros.
En fin… lo dicho:
Si algún experto en fiscalidad tiene a bien hacer la consulta donde él sepa que le van a contestar, estoy seguro de que muchos o todos los que por aquí andamos le haríamos hasta la ola.
Cordiales saludos a todos,
Juanma
Por cierto, que si se hace a través de una donación supongo que el receptor (en este caso los hijos) deberá declararlo como ingreso en el IRPF, con lo que te soplarán otro 30 y tantos por ciento. ¿No?
Si es así, ya roza la obscenidad, que por motivos ajenos al apostante te confisquen el 50% del premio.
Saludos,
Juanma
Juanma, si se hace por donación NO tributa en IRPF, el donatario (los hijos) tendrás que pagar el Impuesto de Donaciones que depende de cada CCAA y tiene una tarifa progresiva. Por ejemplo, en Murcia no hay ninguna bonificación para donaciones de padres a hijos salvo que sea para la compra de su primera vivienda habitual. Te dejo el enlace con la tarifa del Impuesto de sucesiones de Murcia que es muy similar al resto de Comunidades https://www.impuestosparaandarporcasa.es/sucesiones-y-donaciones/suben-los-impuestos-autonomicos-en-murcia/
Saludos
Esta es la frase un tanto estrambótica que mencioné al principio de mi intervención. Aquí, en el último párrafo:
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_componentes_/_Le_interesa_conocer/Historico/Pagos_a_cuenta_del_gravamen_especial_sobre_los_premios_de_determinadas_loterias_y_apuestas.shtml
Saludos,
Juanma
Juan Muchísimas gracias de nuevo por toda la información que has aportado.
El problema siempre estará en demostrar la participación de cada jugador de la peña o grupo de participantes, aunque me imagino que valdrá un documento privado firmado por todos para mandarlo cuando vayáis a cobrar un premio importante.
Además, quiero aclarar que la constitución de una comunidad de bienes no tiene ningún coste. Está exento del pago de impuestos. Ni si quiera hay que hacerlo ante notario lo puedes hacer mediante un contrato privado y llevarlo a Hacienda para que te asignen un CIF y abrir la cuenta a nombre de la CB para pagar y cobrar los premios a través de ella.
Muchísimas gracias por tus comentarios.
Hola Pilar, después de haber consultado a la asesoría jurídica de la OCU, me dicen que cualquier «pacto verbal o escrito» es válido para hacienda…
Es decir, de simple palabra bastaría reconocer que el dinero que le doi forma parte del acuerdo que tenemos de compartir los premios.
Un saludo.
Davor1964: La asesoría jurídica de la OCU tiene razón, pero deberían haberte advertido de que los contratos verbales suelen dar muchos problemas por la dificultad de prueba. Hacienda siempre entenderá que hay una donación encubierta salvo que demuestres lo contrario. La carga de la prueba recae en el contribuyente y sobre todo en estos casos. Así que, tendrás que recurrir e ir a los tribunales para demostrar la existencia del pacto verbal pues Hacienda no te dará la razón tan fácilmente.
Para tu información esto es lo que dice Hacienda en los casos de pactos verbales:
«al tratarse de un contrato verbal, la consultante deberá acreditar la titularidad y derechos, acreditación que podrá realizar por cualquiera de los medios de prueba generalmente admitidos en derecho, cuya valoración, en su caso, corresponderá a los órganos de comprobación de gestión e inspección de la Administración Tributaria, teniendo en cuenta, que en los procedimientos tributarios habrá que estar a lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE de 18 de diciembre), según el cual serán de aplicación las normas que sobre medios y valoración de prueba se contienen en el Código Civil y en la Ley de Enjuiciamiento Civil.»
Efectivamente, lo de demostrar que efectivamente había un acuerdo verbal tiene su aquél, puesto que es sólo la palabra de los beneficiarios. Y aunque acaben dándote la razón, no te quepa duda de que Hacienda te va a marear la perdiz todo lo que pueda y más, eso si no te confiscan o retienen saldos en cuentas «preventivamente», para que luego vayas a un contencioso-administrativo, que puede durarte unos diez años.
Lo del contrato privado también tiene su aquél, porque ¿quién nos impide HOY hacernos un contrato en la impresora de casa o de la oficina con fecha de hace una semana y presentarlo como prueba válida? Quiero decir que es un documento privado (sin notario, sin fedatario público), pero ¿no habría que registrarlo en algún sitio para darle validez legal, aún sin notario?
Por otra parte, cuando el que cobra el premio efectúa el reparto, tanto para su propia tranquilidad como, sobre todo, la de los compañeros o familiares que reciben su parte correspondiente, entiendo que habría que comunicarlo a Hacienda. Supongo que con el modelo de Comunicación de Datos. Pero claro, este modelo en teoría es sólo para las entidades de apuestas que practican la retención, con lo que entiendo que habría que comunicarlo mediante otro modelo o de otra manera, pero no se me alcanza cuál.
Al final acaba uno pensando que dependiendo de la CCAA (Madrid, por ejemplo, da muchas facilidades) casi merece más la pena hacerlo como donación, pagar lo poco que haya que pagar, y santas pascuas, dado que además, como dice Pilar, (gracias, Pilar, es una buena noticia… :-)) la donación NO computa al beneficiario para incluirlo en el IRPF como ingreso.
Ayer hablé con un ex-director mío (y además buen amigo, aunque parezca mentira) que tiene un Máster en Fiscalidad (para empresas, no especialmente en temas de IRPF y particulares), y me dijo literalmente que si el premio fuera gordo de verdad, él estaría encantado de pagar el impuesto de donaciones de la CCAA de Madrid, y si hiciera falta, aún más, para solucionarle la vida a su familia (tiene también dos hijas).
En fin… supongo que algún día nos enteraremos de cómo hacerlo como Dios (o Hacienda) mandan, pero la verdad es que no está resultando fácil enterarse. Incluso llegué a hacer consultas en la Base de Datos de la Dirección General Tributaria, pero no fui capaz de encontrar nada.
Si me entero, no os quepa duda de que lo primero que haré será decirlo aquí.
Un saludo a todos,
Juanma
Por cierto, Pilar: dices «para demostrarlo cuando vayáis a cobrar un premio importante».
Si no estoy mal informado, en ese caso sí resulta fácil, puesto que al hacer entrega del boleto premiado en la Dirección de Loterías y Apuestas del Estado, puedes indicar en ese momento quiénes son los beneficiarios (identificándolos debidamente con NIF), para que se proceda a los pagos parciales y se comuniquen los datos a Hacienda. No sé si en ese momento podrán exigirte o no un documento privado de participación en el premio o bastará con la presencia y la palabra de todos los agraciados.
El problema que se nos ha planteado aquí es precisamente que eso mismo no puede hacerse cuando las apuestas no las compras en uno de los despachos de loterías autorizados para ellos, sino a través de la web de la propia Loterías y Apuestas del Estado, donde sólo pagarán a un único beneficiario: el que se haya registrado y comprado la apuesta con ese registro identificativo.
Hay que fastidiarse: para que pagues te dan todas las facilidades del mundo. Para cobrar, ya es otra cosa. Por lo menos en este caso, en el que se quiera compartir con la familia el premio. Lo que es además lógico de toda lógica: siempre es UNA persona de la unidad familiar la que sella las apuestas en la oficina o las compra a través de internet, pero creo no equivocarme si digo que esas apuestas son por y para la totalidad de la familia. Pero claro… los políticos viven en otro mundo y vete tú a saber qué piensan al respecto.
Saludos a todos,
Juanma
Efectivamente Juanma, eso lo he dicho para cuando vayas a cobrar un premio jugado a través de la Web, donde sólo se registra un usuario.
Cuando se cobra en persona no suelen pedir ningún documento, basta con la identificación de agraciados.
Gracias, Pilar.
Pero es que cuando te toca un premio habiendo jugado a través de la Web, no «vas» a ningún sitio a decir que te ha tocado, ni el «resguardo» que te mandan por correo electrónico sirve de justificante de la apuesta.
Sólo vale lo que está en sus sistemas, y la única manera de cobrar el premio es solicitando la transferencia bancaria del mismo a la cuenta corriente que tú indiques en la propia página web (si es que llega a ser distinta de aquélla que pusiste en primer lugar, al registrarte).
No hay manera de presentarse físicamente en ningún sitio a decir que te ha tocado ese premio a través de la web.
Si hubiera sido posible de esa otra manera, no hubiéramos tenido que escarbar tanto. 🙂
Gracias y un saludo,
Juanma
Juanma, en el apartado 5 del artículo 6 de la Resolución de 18 de junio de 2008, de Loterías y Apuestas del Estado por la que se regula la validación, a través de Internet, de los concursos de pronósticos en sus diversas modalidades (BOE nº 151 de 23 de junio de 2008) de la cual dejaste tú el enlace dice:
«5. Para el cobro de premios superiores el sistema requerirá aquellos datos que, en aplicación de la normativa vigente, entre otras la fiscal, fueren necesarios para la identificación de la persona agraciada.»
Por tanto, me imagino que cuando toque un premio superior a 2.500€ el sistema pedirá los datos fiscales y habrá que ver si permite identificar a varias personas o no.
Así es, Pilar. Pero si no he entendido mal, lo que te piden es confirmación de que los datos fiscales con los que te has inscrito (Nombre, Apellidos, NIF, Dirección) son efectivamente los agraciados. Pero sólo UNO. En cualquier caso, me gustaría tener la oportunidad de comprobarlo por mí mismo. 🙂
Gracias y un saludo,
Juanma
Hola tengo una duda. Si gano 20 millones de euros de la ONCE me retendrán el 20% de impuestos por lo que se me quedaría con 16 millones de euros. No tendría que pagar más impuestos? Ni siquiera el IRPF de los futuros años?
Y si meto mi dinero en depósitos que me dan un % por tener el dinero ahí tendría que pagar algo más en los futuros años? o solo un % de lo que me de los intereses?
La cosa es que me gustaría poder vivir de los intereses que me de el dinero pero no se si con el IRPF u otros impuestos al final me quedaría con menos dinero a largo plazo. Tú qué harias?
Muchas gracias!
Juan, o no te has leído bien el artículo o no me he explicado yo bien. Tal y como explico en el artículo, una vez descontado el impuesto del 20% no hay que pagar nada más, ni hay que incluirlo en la Declaración de la Renta. (Mira la pregunta 6 del articulo)
Si metes el dinero en un depósito pagarás el impuesto por los rendimientos que te genere, pero el capital invertido no se ve afectado. (Mira la pregunta 13 del artículo) Por tanto, pagarás un % por los intereses que te genere.
Yo lo metería en un fondo de inversión (o en varios para diversificar) La ventaja de los fondos de inversión es que acumulan la rentabilidad al capital invertido y no tributas por los rendimientos mientras no dispongas de ellos. Aunque hay otros productos como los PIAS que dejan exentos los rendimientos pero obligan a que se rescaten en forma de rentas vitalicias. Y hay que estar alertas a los nuevos productos que van a sacar a partir del 1 de enero de 2015 con la reforma fiscal y que dejarán exento el rendimiento de los Depósitos de ahorro a 5 años.
Escribo simplemente para darte las gracias por la explicación, clara, precisa y completa. Buscaba información sobre tributación de premios de lotería y me ha sido muy útil.
Pongo tu página en favoritos para futuras consultas. Un saludo.
Schenker ¡¡¡Muchísimas gracias!!!
Gracias por tu explicaciones. Pero me surge una duda.a mis suegros y mi cuñado les tocó la loteria. Mis suegros cobran una paga por enfermedad y mi cuñado esta en el paro. Mi suegro piensa que si cobra el dinero puedan quitarle la paga por enfermedad y nos propuso que cobraramos nosotros el 50% y se lo diéramos a el después.
Mi pregunta es yo al cobrar ese dinero y luego dárselo a ellos , ellos por supuesto metiendo lo debajo del colchon , a mi me podría pedir explicaciones hacienda de que he hecho con el dinero.
Cuando lo saque yo supuestamente podría gastarme lo donde quisiera en viajes en juergas y no le tendría que justificar a hacienda donde metí ese dinero.
La declaración del año siguiente me Perjudicaría.
Fran no sé de que cantidad estas hablando para guardar «debajo del colchón». Por supuesto que puedes hacer lo que quieras con el dinero: gastarlo en juergas ….
Y te confirmo que no te perjudicará en la Renta el cobro, pues sólo hay que pagar el 20% que te descuentan en el cobro y no hay que incluirlo en la declaración del IRPF.
Buscando información por Google he dado con tú página. Sin palabras me he quedado. Simplemente extraordinario, de fácil comprensión y solventado muchas dudas. Web de gran ayuda sobre todo en temas muy ambiguos como éste de los premios de las loterías, que ni en las propias administraciones te explican del todo bien como se tributa.
Mi sincera Enhorabuena!!
Bleras muchísimas gracias por tus elogios y por compartirlos!!!! No sabes cuanto me alegra!!!! Mil gracias!!!
Buenos días Pilar:
Que pasaría si me gano unos 500.000 euros en loterías y quiero llevar el dinero fuera del país, por ejemplo invertir en surameríca, no dejar nada en España. Sólo pagaría los 20% de impuesto, o hacienda me cobraría algo más por llevar el dinero afuera?
Buenas Pilar, me toco una super cesta de navidad valorada en 15588e, incluye un coche y un pequeño lingote de oro, de primeras me pide el organizador de la rifa el 21% de irpf del valor de la cesta incrementado en un 20% osea 3928,17e, mi pregunta es si eso esta bien si el irpf se lo debo de pagar a los organizadores de la rifa y no a hacienda directamente y si ademas tendré que pagar mas impuestos mas adelante cuando haga la declaración, mis ganancias son unos 22000e anuales, también en que año debo declararlo si la rifa fue en diciembre 2013 pero pago en enero el irpf, muchas gracias.
Saludos.
También me gustaría saber si decido vender el coche al concesionario que facilita el coche si tengo que pagar iva o algún impuesto mas por el importe que me paguen.
Mario, si vendes el coche pagarás Transmisiones Patrimoniales. Dependiendo de la Comunidad Autónoma puede ser un 4%.
Yo de ti, si puedes, negociaría con la empresa del sorteo que te entreguen el valor del coche en efectivo. Te saldrá más rentable.
Mario, tal y como le dije a Oscar, el ingreso a cuenta (la retención del 21%) puede repercutirse al agraciado y te lo pueden exigir, pero debe venir especificado en el folleto.
Además, tal y como he explicado en la pregunta nº 14 los premios como el tuyo tributan en la base general de la Renta junto con tus rentas del trabajo (aunque en otro apartado) y dependiendo de tu base imponible puedes pagar por ejemplo un 30%-40%, aunque descontando la retención del 21%, pagarías la diferencia.
Y por último te confirmo que debes declararlo en el ejercicio en el que te lo entregan, coincidiendo con el ejercicio en el que se declara la retención. Por tanto, si el premio te lo entregan en el 2014 debes declararlo en la renta que se presenta en abril-junio del 2015, aunque el sorteo se realizara en diciembre del 2013.
Gracias Pilar, bueno en la papeleta no especifica nada de que el agraciado tenga que hacer frente al 21% del IRPF ni ningún otro gasto, ¿me puedo negar a pagárselo? y si me niego supongo que deberé pagarlo mas adelante a la hora de hacer la declaración ¿no?, gracias de nuevo.
Mario, en ese caso la retención debe pagarla la empresa y a ti te supondrá una mayor ganancia en especie, es decir aumenta el valor del regalo a declarar, aunque por otro te lo descuentas del pago final de la Renta.
Hola Pilar !!!
Gracias de antemano por la ayuda que brindas a todos.
Un grupo de amigos hemos sido agraciados con un décimo de la lotería nacional, el importe del premio 6000€, una vez repartido tocamos a unos 500€ por persona. Sabemos que los premios inferiores a 2500€ están exentos de tributar. ¿Al tratarse de un premio compartido entre varias personas e inferior a 2500€ estamos exentos de pagar el 20%?
Muchas Gracias.
Jorge, tal y como explico en el punto 7, si el premio está compartido la exención también se prorratea. Si el premio es de 6000€ al décimo (como dices) no es inferior a 2.500€ y por tanto os descontarán 700€ prorrateados entre todos (el 20% de 3.500€).
Si el premio se reparte entre 12, los 2.500€ también se reparten entre 12. Por tanto, no cobraréis 500€, sino 441,66€ una vez descontado el impuesto.
De nada, espero habértelo aclarado
Hola pilar!!!
Hace mucho que me pregunto. ¿ qué pasa cuando quieres guardar el ddinero ganado en una lotería al exterior, es decir, fuera de el país?
¿ tienes que pagar más impuestos?
saludos y gracias por la página
Jesús, como explico en el primer punto, la lotería de la UE similar a la nuestra también está sujeta al impuesto especial de la lotería del 20%, el resto está sujeta a la tarifa general de la Renta como ganancias de patrimonio. Recuerda que en IRPF se tributa por la renta mundial y cada vez es mayor el cruce de información con el resto de países con los que España tiene firmados acuerdos de intercambio de información.
Despues de haber leido todos los puntos, por cierto muy bien explicados, mi pregunta es:ESE 20 POR CIENTO ES UN IMPUESTO O UNA RETENCION?, mi duda es que si antes del año 2012 no tenian retencion los premios, pero si de los interes que devengaban y luego se reflejaban en la renta, pero ahora que se retiene el 20 por ciento, este no se tiene que declarar en la renta correspondiente como retencion a cuenta?
Pedro, te confirmo que el 20% es un impuesto especial sobre los premios de lotería, pero ese impuesto se paga mediante una retención que practica la entidad pagadora del premio, salvo en los premios de otros organismos de la UE, ya que en ese caso el contribuyente tendrá que ingresar el impuesto directamente a través del modelo 136. Por tanto, en los premios de la lotería española la retención equivale al impuesto definitivo y no se incluye en la Renta como retención a cuenta.
Espero habértelo aclarado mejor. Un saludo.
BUENAS TARDES PILAR,TENGO UNA AMIGA QUE SE HA GANADO EN EL BINGO 4550 €,ESTA CON LA DUDA SI TIENE QUE DECLARAR HACIENDA Y QUE TANTO POR CIENTO,
ELLA ESTA AHORA EN PARO Y EL BINGO LE HA DADO 1000 EN EFECTIVO Y EL RESTO EN UN TALON AL PORTADOR.
ES UN PREVILEGIO TENERTE PARA HACER ESTE TIPO DE CONSULTAS GRATUITAMENTE
FELIZ AÑO NUEVO Y FELICES REYES
UN SALUDO Y MUCHAS GRACIAS
Ana, muchas gracias por tu comentario, pero por desgracia no contesto todas las consultas, aunque me gustaría, es imposible.
Respecto a tu amiga, debes saber:
1º Las ganancias de patrimonio, como los premios del bingo, obligan a presentar la renta.
2º Este tipo de ganancias tributan en la base general y depende de la base imponible. Es decir, el premio se suma a sus ingresos del paro. Consultar los tipos impositivos del IRPF de tu comunidad autónoma. O bien puede hacer una simulación de su Renta para saber cuanto tendrá que pagar.
Yo también te deseo un feliz año nuevo y unos buenos Reyes!
Hola Pilar,
Mi pregunta es la siguiente 3 amigos hemos cobrado un premio de la lotería nacional, el 4 premio y nos han tocado unos 5000 € a cada uno descontado ya el pago de impuestos. El problema viene ahora, te explico pues cada uno tenemos nuestra particularidad: en mi caso creo que el cobre de los 5000 € me elevaría el tramo del irpf a pagar, aunque por lo que he leído anteriormente parece que no me afectaría. El caso de mis otros dos compañeros: uno de ellos está jubilado y le han comentado que ese ingreso puede dar lugar a que excede el límite de ingresos y tenga que devolver el complemento a mínimos que recibe por su cónyuge. El otro compañero tanto él como su mujer están en el paro, con niños pequeños y cobrando ambos la ayuda de los 400 € además cuenta con unos ahorros en el banco con los que recibe unos pequeños intereses del banco que le ayuda a complementar sus ingresos y sobrevivir todos los meses. También le han comentado que en su caso el premio de la lotería al elevar sus ingresos podría dar lugar a que dejase de cobrar los 400 euros al aumentar los ingresos de la unidad familiar.
Puesto así, pensamos que incluso habría sido mejor tirar el billete o dejarlo en algún cepillo de iglesia o ONG.
Gracias.
Enhorabuena a los tres, Juan. Te confirmo que no debes preocuparte por tu declaración de la Renta, pues los premios de lotería no hay que declararlos en el IRPF. La retención del 20% es un impuesto final y definitivo.
En cuanto al amigo jubilado que cobra complementos de mínimo de la pensión y al que está percibiendo la ayuda de los 400€ dudo que les perjudique, pero no te lo puedo garantizar 🙁 , pues realmente es un mayor ingreso percibido y no sé si lo tendrán en cuenta.
Espero que vulvas por aquí dentro de un tiempo a contarnos como les ha ido a tus amigos y compartas tu experiencia con los lectores por si alguien más tiene un caso similar.
Saludos.
Hola Pilar,
a mi señora le han retenido un 21% de un premio de 3000 € ganado en un concurso sobre una idea innovadora, esos 3000 € los donaban entre 5 instituciones distintas para ayudar al ganador del concurso a desarrollar su idea o montar su empresa.
Yo la verdad que me he quedado de piedra, se supone que te dan ese dinero para ayudarte a montar una empresa, y aun sin montar ya te empiezan cobrando impuestos… pocas ganas te quedan de montar nada.
mi pregunta es ¿si es correcto que se le retenga ese %?… te lo digo por que la empresa si se a montado y ya esta funcionando y según las bases del concurso el ganador tenia que emplearlos en la constitución de la misma.
Gracias y enhorabuena por la web.
Paco S, te confirmo que es correcto, ya que todos los premios de concursos están sujetos a una retención del 21% con independencia del destino o aplicación que le des al premio obtenido.
Gracias por tu comentario.
Buenos días, a un familiar le ha tocado un cupón de la Once de 35M€ que según creo, tras aplicar la retención supone que le van a abonar 28,5M€. El caso es que dicho familiar está exento de pago de Irpf por minusvalía del 100%. ¿Puede recuperar el dinero retenido en la declaración de la renta del año siguiente al cobro del premio?
gracias!
Juanjo, el impuesto especial de los premios de lotería no se puede recuperar en la Renta. Es un impuesto definitivo.
Hola, buenos dias.
Tengo una duda.Verá,somos un club deportivo que hemos comprado décimos por valor de 21.000 € y lo hemos vendido en participaciones de 3 € con 2.40 € reales jugados y 0.60 € de donativo, y otras participaciones de 5€ con 4€ jugados y 1€ de donativo.
Nos ha tocado la devolucion de dinero por coincidir con la última cifra del premio gordo, y me habian dicho que como tenemos que cobrar ese dinero del banco para poder hacer la devolucion y supera los 2500€ debemos pagar el 20%.
Yo pienso que eso no puede ser,
¿Me puede asesorar?
Muchas gracias
Amparo, no lo entiendo. Si sólo ha tocado la devolución por coincidir sólo la última cifra ¿Cómo es posible que supere los 2.500€, si cada décimo son 20€?
Hola. Tenemos un décimo premiado de 20.000 euros compartido entre 8 personas ¿se paga impuesto ya que somos 8 los premiados? ¿como podemos cobrarlo? gracias
Enhorabuena Daniel!!! El impuesto es del 20% del premio del décimo. Por tanto, os descontarán 3.500€ en total y cobraréis 16.500€ (2.062,50€ cada uno libres de impuestos).
Para poder cobrarlo debéis dirigiros a una entidad bancaria con el décimo premiado e identificaros con los DNI. No es necesario abriros una cuenta en la entidad a nombre de los 8, ni nada por el estilo. Que no os «tomen el pelo» Podéis cobrarlo en efectivo.
Que pases unas felices fiestas!
Pperdona Pilar, me acabo de dar cuenta que es lo mismooo…tributaria lo mismo al prorratear la deducción. Es decir 700 euros de cualquier forma. Gracias por tu labor..
Efectivamente Manuel, os descontarán 700€ del décimo, aunque lo repartas entre los dos.
Gracias a ti por dejar tu comentario y sobre todo ¡ENHORABUENA!!! y ¡Que lo disfrutes! Ahora sí que vas a pasar unas ¡Felices Fiestas de Navidad!
Un abrazo
Me acaban de tocar 6.000 euros (seis mil) en la loteria de navidad, un décimo de un quinto premio. El décimo es de mi mujer y mío, se puede considerar que es de 2 personas para poder tributar cada uno por 500 euros que es lo que superaría,os los 2.500 euros por separado? O tengo que tributar por 3500 euros que es lo que supera los 2.500 como si fuera el decimo de una persona sola?
Se ha creado un impuesto sobre los premios mayores a 2500€. Pero este Premio que es al décimo, a la serie. Porque si yo tengo dos décimos premiados cada uno con 2000 estoy exento o hay que sumar el premio. Si no uno lo podría cobrar mi hijo y el otro yo. Espero haberme expresado bien
José Pérez, te aclaro que el impuesto es sobre el décimo. Por tanto, si cada décimo está premiado con 2.000€, aunque tengas 2 décimos no te descontarán nada de impuestos, puedes cobrar los 2 décimos tranquilamente si problema.
Muy buenas Pilar, quisiera hacerte una consulta,si me tocara un premio de 100.000€, y después de pagar los impuestos, lo que me quedara lo ingresara en una cuenta corriente básica. me refiero que no sea plazo fijo ni bonos ni nada parecido. ¿ tendría que declarar los intereses de esa cuenta a hacienda? pues yo ya no hago la declaración de renta pues estoy en paro.gracias
Muy buenas Alfredo, seguramente has leído el artículo por encima y no has visto bien la pregunta nº 13, ahí tienes tu respuesta que dice:
«Si inviertes el dinero obtenido en un depósito bancario a plazo fijo […], los intereses que te abonen por el dinero invertido tributará en el IRPF a los tipos vigentes en la actualidad que van desde el 21% los primeros 6.000 euros hasta el 27%.»
Por tanto, no puedes evitar que te retengan el 21% de los intereses de la cuenta del dinero invertido. Pero no tendrás que declarar si no estás obligado por no superar los límites.
Suerte con la lotería y espero que tu situación mejore para el próximo año.
muchas gracias Pilar por la respuesta buen año.
Loteria de Navidad: La exención de los 2.500 es unica, e es por cada decimo jugado?
Ejemplo: Juego dos decimos y me tocan 400.000 por decimo el exento son 2.500 o 5.000??
Gracias
Manuel la exención es por décimo jugado. Por tanto, seria 5.000 en total
Hola estoy participando en un concurso para un coche y revisando las condiciones no se si el impuesto lo pago yo, la empresa, o otros… como habla en una lengua bastante ambigua te pongo aqui a ver si podrías ayudarme. gracias de antemano
IMPUESTOS: Los premios objeto de esta promoción se encuentran sujetos a ingreso a cuenta del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que llevará a cabo XXXXXXX, tal como dispone el artículo 99.2 y 107.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, Ley del
IRPF. La cuantía del ingreso a cuenta, según dispone el artículo 105.1 del Real Decreto Ley 439/2007, de 30 de marzo, Reglamento del IRPF, se calculará aplicando el porcentaje del 21% al resultado de incrementar en un 20% el valor de adquisición o coste para el pagador del premio.
El premiado deberá integrar en su base imponible general el valor del premio más el ingreso a cuenta (como ganancia patrimonial no derivada de la transmisión de elementos patrimoniales).XXXXXX. emitirá un certificado donde figurarán tales conceptos.
Bernat en primer lugar disculpa que haya tardado tanto en contestar. Tengo muchos comentarios atrasados.
Eso quiere decir de forma resumida que la empresa que organiza el sorteo paga a hacienda el 21% del valor del coche y tu tendrás que declarar el premio como ganancia de patrimonio y pagar la diferencia en la Renta una vez descontada la retención. Pero no te preocupes, todo eso saldrá en el borrador y no tendrás que hacer nada.
Saludos.
Que retencion tiene un cobro de un premio de un concurso fotografico
La retención de los premios de los concurso es el 21%, tanto para el 2013 como para el 2014.
Hola Pilar:
He entrado en tu página por casualidad y ha sido una grata sorpresa, me ha aclarado todo sobre el famoso 20% que nos muerde hacienda en los premios., Muchas gracias por tu esfuerzo
Saludos
Gracias a ti Miguel Ángel por tu comentario y apoyo. Me alegro mucho de haberte aclarado las dudas.
Saludos
Hola pilar, escribí una pregunta sobre mayo y aún me aparece en moderación,es que no lo hice bien? Un saludo
Si lo hiciste bien y te agradezco mucho la aportación, pero no siempre puedo contestar. A veces para dar una respuesta tengo que consultar la normativa como ha sido en tu caso y no siempre dispongo de tiempo. Por lo menos la tuya no ha sido eliminada como otras porque consideré que es de interés general para otros lectores 😉 y por eso la he aguantado. Gracias por recordármelo!
Ya la tienes contestada.
Saludos.
he entrado en tu pagina por casualidad.buscando respuestas y la verdad que me ha sorprendido.
todas las dudas que tenia han quedado aclaradas.gracias PILAR
De nada Edu, me alegro mucho y te agradezco el comentario.
Muchas gracias por el post, me has resuelto muchísimo más que la propia delegación de loterías de mi ciudad. Muchas gracias!!!
Como tributa premio 6.000 eu, del. Nestle
Mikel tributa en la base general de la Renta, como explico en el punto 14 del artículo. Consulta los tipos impositivos del 2013 para saber cuanto te va a costar el premio.
Muy buena información.
Mi comentario es el siguiente:
¿Es legal este impuesto ? ya que según la propia Ley General Tributaria dice que no se puede volver a gravar el mismo hecho imponible dos veces; sin embargo cuando juegas ya estas tributando ya que se reparten en premios menos del 50%.
Desde luego que si me toca un premio mayor de 2.500 euros pienso recurrir. Por descontado.
Gracias por la información.
HOLA PILAR, ME HA GUSTADO MUCHO TU PAGINA Y DE ECHO ME HA SACADO DE MUCHAS DUDAS, PERO ME QUEDA OTRA Y ES LA SIGUIENTE , SI ME TOCARA LA LOTERIA NACIONAL Y LLEVASE VARIOS
DECIMOS DEL MISMO NUMERO , ME QUEDARIA ESENTO DE PAGAR LOS 2500 € DE TODOS , O SI LOS COBRABA UNO A UNO.
(EJEMPLO). SI TUVIERA 3 DECIMOS PREMIADOS CON 10.000€ QSEA 30.000€ ME QUEDARIA ESNTO 2.500€- O SI LOS COBRABA EN TRES VECES ME QUEDARIA ESENTO LOS 2.500€ CADA VEZ
ESPERO CONSTESTACION MUCHAS GRACIAS
Hola Juan C. me alegro mucho de que te guste mi blog y sobre todo que te haya servido de ayuda.
En cuanto a tu consulta, te confirmo que la exención se aplica por décimo o cupón.
Por tanto, si tienes 3 décimos premiados con 10.000, tendrás exentos 2.500 por cada décimo.
Te descontarán del impuesto por cada décimo premiado 1.500 euros = (10.000 premio – 2.500 exención)x 20%
Y cobrarás 8.500 euros de cada décimo (10.000 premio – 1.500 retención)
O sea que te abonarán por los 3 décimos 25.500 euros en total (8.500 x 3)
Espero haberte aclarado tu duda.
Por cierto, disculpa que te haga una observación que seguramente desconoces y debes tener en cuenta: procura no escribir todo el texto en mayúsculas, no queda bien y a los internautas no les gusta. Hay ciertas normas a la hora de escribir en Internet y las mayúsculas se interpreta como que estás chillando 😉
BUENAS TARDES, si me toca un premio y decido dejar el dinero en mi casa una vez cobrado, ¿tendre algun problema? ¿tendre que declarar?
gracas
Carmen, no me dices que tipo de premio es por lo tanto interpretaré que se trata de un premio de lotería nacional o similar. Siendo así, al cobrar el premio ya te retienen el 20% del impuesto (si es superior a 2.500€), el resto lo tienes exento. Es decir, no tienes que declararlo en la Renta ni pagar más impuestos, siempre y cuando no estemos hablando de otro tipo de premios, ya que en otro caso si tendrías que declarar la ganancia patrimonial en tu Renta.
Saludos
es lo que faltaba ,después de que te pasas la vida jugando las loterías y donándoles un dinero por amor al arte ,sin que el estado tenga que imbertir nada y quedandoce con un porciento de este dinero,aora también quieren cobrar impuestos ,en este país ya te quieren robar asta tus sueños,asta cuando
Hola.
Primero felicitarte por tu articulo.
Segundo una duda que tengo en cuanto a si te toca un premio de LAE y quieres repartirlo entre familiares pero no de forma equitativa, como se puede hacer, solo tienes que presentar el modelo Hoja de comunicación de datos.
Gracias.
Efectivamente Francisco, sólo tienes que comunicar los porcentajes de participación a la hora de cobrar el premio.
Saludos
En la pregunta 7 dices que en un grupo de amigos o peña se tributa igual pero me han comentado que es necesario hacer una solicitud o algún tipo de formulario para que hacienda sepa que es un premio compartido entre un grupo de personas, es cierto, y si es así donde debería ir para solicitarlo.
Javier, sigue leyendo… en la pregunta 11 tienes el link para descargar la hoja de comunicación que debéis entregar.
Por fin un sitio donde te lo explican todo con claridad.
Enhorabuena y gracias por la información.Me podría decir Pilar, en que invertirias un millón de euros? Plazo fijo, variable…? Me gustaria saber su opinión
Gracias
Antonio muchas gracias por felicitación y por compartir tu opinión pero no asesoro financieramente. Dejo tu comentario por si algún lector te puede aconsejar.
Un cordial saludo.
Hola Pilar, me toco el cupon de la ONCE en novienbre del 2012, tengo que declararlo ahora, aunque ya no me queda casi nada despues de pagar deudas que tenia? (lo cobre ese minmo mes q me toco) «me dicen » que tengo que pagar los los intereses que me generaron, estoy muy nervioso porque ya no me queda casi nada como te dije. Gracias.
Hola Simón, enhorabuena por el premio! Te explico mejor lo que la gente «te dice de que tienes que pagar los interés que te ha generado». Si el premio se deja en un depósito o plazo fijo, el premio no tributa en tu caso por ser anterior a esta norma, pero hay que declarar los intereses que genere el plazo fijo, el depósito, el fondo o la inversión en la que se haya materializado. Pero si el premio se gasta en pagar deudas, o simplemente en irte de juerga, de viaje o lo que sea no tienes que pagar nada puesto que no te ha generado ningún interés ni lo has invertido.
Espero haberte dejado más tranquilo y que me hayas entendido.
Saludos.
Una vez retenido el tramo del 21 al 27% del rendimiento, en la declaración de la renta se te aplica el tramo de la ganacia total?. si tienes unos rendimientos de 1.000.000 brutos euros año por ipf – 27%= 730.000 limpios… Despues aestos 730.000, se le vuelven a aplicar las tablas de declaracion de la renta ( en este caso sería el tipo máximo que creo que es el 52%).Gracias y enhorabuena
Manuel vaya lío que tienes!!! En primer lugar si se trata de un premio de lotería sólo pagas el 20% que te retienen al cobrar el premio y si se trata de otros premios no tributan en la base del ahorro sino en la base general (mira la pregunta 14) La tributación depende de tu Base Imponible, es decir se suma a las rentas del trabajo, etc.
Buenos días! Quería realizar una consulta: si te toca un coche en un sorteo, ¿quién tiene que pagar el IRPF? yo como ganadora o la empresa que organiza el sorteo? Muchas gracias! Un saludo
Carmen la empresa debe ingresar en Hacienda el 21% del valor del valor de mercado coche, que según la normativa fiscal equivale al coste + 20%. Y tú pagarás en la Renta la diferencia (mira la pregunta 14) dependiendo de tu base imponible general del IRPF.
Saludos y disculpa el retraso de mi respuesta.
Hola Pilar.
Y no puede darse el caso en que la empresa que organiza el concurso repercuta la retención en el agraciado y sea este el que tenga que ingresarle a la empresa organizadora el 21% de retención para poder obtener el premio.
Aparte del tratamiento fiscal que tiene todo esto en renta.
Gracias.
Efectivamente Oscar, el ingreso a cuenta se le puede repercutir al agraciado, pero debe advertirse en el folleto.
Buenos días.Pilar.MI pregunta es la siquiente.En 2009 me toco un premio de 50 000€ de un
concurso de Movistar.Telefonica me pago libres 41 000€ y los 9 000€ impuestos lo cobraron directamente ellos. Yo no declare ,porque como sólo tengo la nómina pues no tengo obligación
de declarar.Esta semana me llego de la hacienda una carta que devo 7 500€.Que debo hacer.
Estoy muy preocupada.Gracias.SAludos.
Buenas tardes Pilar..Es por alguna razón que mi pregunta no respondió?Tengo qué seguir algunas pautas para recibir la respuesta.GRacias y saludos.
Margareta disculpa que no te haya contestado antes, pero como comprenderás doy prioridad a las consultas de pago.
Margareta, te informo que con ese premio estás obligada a presentar la Renta y por eso te han mandado un requerimiento de Hacienda por no haberla presentado. Así que, sintiéndolo mucho, no te queda más remedio que pagar. Además debes saber que posiblemente después te llegue otra notificación con la sanción. Te va a salir caro no haber buscado asesoramiento antes. 🙁
De todos modos mi consejo es que revises la liquidación de Hacienda por si acaso te puedes aplicar alguna deducción que ellos no hayan tenido en cuenta.
Saludos
He ganado, en un concurso de fotografía, un vuelo ida y vuelta para 4 personas. Tengo que declarar el premio? O solo si lo declara la empresa que me lo da? Siendo para 4 personas, debería figurar yo como quien goza de los 4 vuelos, o se puede repartir en las declaraciones? Un vuelo és una premio en especies, pero su valor es muy fluctuante… qué valor debe declarar la empresa que me lo da? Qué % debería pagar yo?
La verdad es que quiero aprovecharlo este agosto, y el precio ya está por los 800€, cuando con tiempo podría comprarse por 250€… con lo que prácticamente ya es lo que pagaríamos…o sea…
Tengo muchas dudas, Gracias por tu tiempo y por el blog!!
Gracias David por tu comentario y disculpa mi retraso. Lo normal es que la empresa declare el premio a tu nombre como beneficiario e ingrese a Hacienda el 21% del coste del viaje + un 20% (es lo que la ley llama valor de mercado del premio en especie). A ti te tocará pagar en la declaración de Renta la diferencia con respecto a tu tipo impositivo marginal del IRPF que depende de tu base imponible (renta del trabajo + el premio, etc.)
Saludos.
Fui a preguntar a Hacienda y me dijeron que sí había que declararlo, sumando la «factura» de la compañía aérea a mi renta. De hecho me dijeron que incluso debería declarar si me tocara una cena valorada en 40 €.
Hacienda lo quiere todo, está claro.
Pese a ello, también pregunté a las dos partes que organizaron el concurso, y al final entiendo que no tengo que pagar nada. Representa que la compañía aérea «compra los billetes» a mi nombre. De hecho, si cojo una avión por trabajo, mi empresa «compra el billete» a mi nombre…
Por lo tanto, no tengo que declarar nada.
Igualmente, muchas gracias por la información y el blog!! Que en momentos de apuros es importantísimo informarse…
Gracias
Pues tienes suerte de que la empresa no lo declare. No es lo mismo un vije de trabajo pagado por tu empresa que el que te pagan por un premio.
Gracias a ti también por volver y compartir tu experiencia.
Soy el presidente de una Asociacion de Mayores, que en los estatutos figura «sin animo de lucro». Siempre vendemos loteria de navidad con 0,5 ctms de «recargo» (que figura como donativo) para sacar unos euros para nuestras actividades. La pregunta es: si de esta loteria que es vendida en pequeñas participaciones de 2 Euros toca un premio importante, tenemos que pagar el 20% de impuestos? Si es asi no podemos venderla, porque si pagamos el impouesto, luego no tenemos dinero suficiente para pagar a los premiados aunque sean premios pequeños. Saludos
José te informo que el impuesto no lo paga la Asociación, lo paga el premiado y se le descuenta al cobrar el premio.
Saludos.
Hola, a mi tia le ha tocado un crucero de telecinco valorado entre 800-1100 €, quiero saber si tiene que hacer la declaración, ya que ella no la ha hecho nunca, por que nunca ha cotizado. Mi tio que es pensionista esta un poco preocupado por saber del tema y si la empresa pagadora lo declara a hacienda y que tiene que hacer ella, ya que tuvo hace años un problema con hacienda y no le hace gracia el tema. Un saludo y gracias.
Hola Patricia, para saber si esta obligado a presentar la Renta debes sumar el valor del premio a los rendimientos del ahorro y si el total no es mayor de 1.600€, no tienes que presentarla. En caso contrario, si tiene por ejemplo 1.000€ de intereses de cuentas y plazos fijos, estaría obligada por superar el límite conjunto de 1.600€.
Además, recuerda que debe cumplir el resto de límites que puedes consultar en mi artículo «Quien no está obligado a declarar«.
Saludos
Buenos días, mi pregunte surge porque en mi asociación estamos pensando en hacer participaciones para Navidad, pero dado lo que he leído sobre la tributación de los premios está claro que el poseedor de la papeleta deberá aceptar la retención de la parte proporcional del premio. Del mismo modo habrá de facilitar sus datos personales para Hacienda. Pero ¿todo esto debe quedar reflejado como una advertencia en la misma papeleta? En caso de ser así ¿que texto podía ser el que mejor resumiese todo esto?
Una saludo y gracias
Javier, en la papeleta no tienes que poner ningún texto que haga referencia al impuesto especial de los premios de lotería. Lo puedes ver en la consulta vinculante de la Dirección General de Tributos nº V1027-13
Saludos.
Hola buenos días me gustaría saber si un cupón partido por la mitad tiene la misma validez , sin querer lo he roto pensando que era otro cupon anterior ( aun no ha sido el sorteo) pero me gustaría saber si puedo estar tranquilo , todos los números están en el lado derecho del cupón incluida la serie ¿pero y si tocara? por favor podéis resolverme esta duda . Saludos
Mi pregunta sería en el caso del segundo premio del sueldazo de la once para los fines de semana. El premio consiste en un sueldo de 2000€ al mes durante 10 años, estaría exento de tributación por ser menor de 2500€, aunque sea mensual?. Gracias de antemano
Miguel disculpa que haya tardado en contestar pero tu pregunta no es fácil. Y además en la época que la hiciste tenía muchísimas consultas de la Renta que me ha sido imposible contestar.
En mi opinión, está sujeto a retención el pago anual de los 20.000€, quedando exentos los primeros 2.500€. No he encontrado ninguna consulta de la Dirección General de Tributos que lo confirme. Pero según la Resolución que regula el premio del sueldazo del fin de semana la ONCE, el pago se hará por anualidades descontando la retención fiscal. Al definir el premio como un pago anual está sujeto al pago del impuesto.
Te copio lo que dice textualmente:
«El primer pago del premio de la segunda categoría (24.000 €) se abonará, una vez descontada la correspondiente retención fiscal, contra la presentación del cupón premiado en alguno de los Centros de la ONCE o Entidades de Crédito colaboradoras […]
El pago de las anualidades segunda a décima, ambas inclusive, del premio a la segunda categoría, neto de retención fiscal, se ejecutará por la Entidad de Crédito designada por el agraciado de entre las concertadas a estos efectos por la ONCE, durante los 9 años siguientes a la celebración del sorteo.
[…]
Contra la entrega del cupón premiado, el agraciado recibirá el importe del primer pago, neto de retención fiscal, y un documento justificativo de su derecho a cobrar las anualidades pendientes, netas de retención fiscal; simultáneamente, y en el mismo documento, el agraciado otorgará recibo del primer pago y comunicará la Entidad de Crédito designada de entre las concertadas por la ONCE para el abono neto de las anualidades pendientes.»
Creo que esto lo deja claro. Saludos
Hola, me tocó un cupón de la ONCE, pero por un descuido se rompió un trozo y lo enviaron a Madrid para corroborarlo y dijeron que me pagarían el 80 % del premio, ya que estaba roto, mi pregunta es: el 20% que se lleva Hacienda se lo llevará del total o del 80% que me van a dar? Gracias.
La semana pasada nos correspondió un premio de unos 4000 euros en un juego de la ONLAE. Somos 2 personas para repartir el premio… ¿Estaría afectado por el impuesto? Mi duda surge si el impuesto se aplica si la cuantía es a repartir entre varios y el importe resultante es inferior a los 2500 euros.
Alberto, me alegro por ti, pero siento decirte que sí está afectado por el impuesto, pues la exención de los 2.500€ se prorratea entre los beneficiarios. Por tanto, tendréis exento 1.250€ cada uno. Y os descontarán 150€ a cada uno, que es el 20% de 750€ (2000 – 1.250). Y cobraréis 1.850€ cada uno (el 50% de los 4000 – el pago de los 150€ de cada uno)
Espero habértelo aclarado.
Hola Pilar,
Pelicidades por el artículo, muy útil.
Tengo una cuestión. Gané un premio de emprendimiento en 2013 (más de 2500€). El tema es que la SL no estaba creada en el momento que lo cobré por lo que se entregó a nombre de persona física. ¿Hay alguna manera de certificar que dediqué el premio íntegro como capital social de la SL?
Si la respuesta es no. Supongo que aparte de la retención aplicada por la entidad que me entregó el premio (el 21%) yo también tendré que pagar otro 21% en mi declaración del IRPF, ¿es así?
Muchas Gracias!!!
David, gracias por tu felicitación y disculpa mi demora. En cuanto a tu consulta, siento decirte que pagarás mucho más del 21%, ya que los premios de este tipo tributan en la base general al tipo marginal. Consulta la Tarifa del IRPF del 2013 para tu comunidad autónoma.
Saludos.
ME TOCO UN PREMIO DE LA OID DE LOS MINUSVALIDOS A PRINCIPIO DE 2012 QUERIA SABER SI AHORA EN 2013 TENGO QUE DECLARARLO Y SI TENDRE QUE PAGAR ALGO POR QUE EL VENDEDOR ME DIJO QUE NO,EL PREMIO FUERON 100.000 EUROS
María, disculpa el retraso de mi respuesta. Pero siento decirte que los premios de la OID no están exentos y deben declararse en la Renta y además tendrás que pagar bastante.
Consulta la Tarifa del IRPF del 2013 para tu comunidad autónoma y lo verás.
hola
Soy el administrador de una peña de compañeros de trabajo (15 personas,incluido yo).
Jugamos a traves la web loteriasyapuestas.es es decir la pagina oficial del estado,la duda viene en como cobrar un premio.
El pago del premio solo se puede hacer a una cuenta (la que se asocia al registrarse en la web)
Entonces como hacemos para cobrar TODOS los integrantes de la peña los premios sin que nos aummenten o vuelvan a cobrar los impuestos?
Desde la web de loterias nos dicen que solo me pueden hacer el pago a mi cuenta. Y no nos dicen nada mas.
A ver si nos puedes aclara algo.
Muchas gracias por todo.
Saludos
PD Esto vale para cualquiera que juege online y tenga ue repartir el premio
Javi, en primer lugar disculpa el retraso de mi respuesta.
Te recomiendo que abráis una cuenta con todos los integrantes de la peña o constituyas una CB con esa finalidad y pongas la cuenta a nombre de la CB y sea la CB la que participa en la web.
Espero haberte ayudado. Saludos
Buenos días Pilar, en el 2010 me toco un coche en Movistar valorado en 40.000 euros, hasta 2012 no me lo entregaron por motivos que desconozco mi primera pregunta es tengo que declararlos hacienda? segunda pregunta es en que año tengo que declararlo? ahora en 2013? viene en el borrador como retribuciones en especie con una cantidad de 45000 euros i ingreso cuenta 9420,83 euros como ingreso cuneta repercutido como va todo esto no lo entiendo, gracias
Marga, te confirmo que lo tienes que declarar en el año en que te lo entregan. Por tanto, como te lo entregaron en el 2012 lo tienes que declarar ahora en el Borrador que te acaban de mandar y que ya lo incluye. Recuerda que en el Borrador que presentamos ahora en 2013 declaramos las rentas percibidas durante el 2012. Saludos.
Otra cosa.
En el caso del euromillones sólo se reparte en premios un 50% de lo recaudado, el resto se destina a varias cosas, entre otras a impuestos.
¿Entonces si te toca la el euromillones hay que pagar además ese 20% de impuestos? ¿o ya te lo dan limpio y el premio anunciado es lo que te llevas al bolsillo?
Amparo, te confirmo que cuando lo cobres te descontarán el 20% de impuestos.
Entonces en vez de cobrar el premio y luego repartirlo entre tus familiares es mejor ponerlos a todos como participanetes del premio a la hora de cobrar, para no tener que pagar impuestos dos veces, ¿No?
Efectivamente así es!
Hola, mi duda es la siguiente:
Si juego por ejemplo 3 decimos de un mismo número, y cada uno de ellos es premiado con 2000 euros, cuando cobre el premio hacen la suma de los 3 décimos y aplicarian el 20% de retención o cada décimo es independiente aunque el beneficiario sea el mismo.
Cristina te confirmo que cada décimo es independiente y el impuesto se calcula para cada uno por separado. Por tanto, si son 3 décimos premiados con 2.000 euros cada uno, no tienes que pagar nada. Te lo abonarán todo sin pagar impuestos 🙂
Me toco una tablet en heineken y me han mandado una carta para presentar en la declaración de la renta el valor de la tablet es de 550 euros tengo k presentar esa hoja a la hora de hacer la declaración tengo oído que es a partir de los 2500 euros
Rosa, lo que has oido de los 2.500 euros (tema de este artículo) es para los premios organizados por la Lotería Nacional del Estado, Cruz Roja y ONCE, pero no el resto de premios obtenidos de otros sorteos. Tu premio debes incluirlo en la declaración de la Renta como una ganancia de patrimonio en la base general. Saludos.
Buenos días Pilar.
Enhorabuena por el artículo, muy aclaratorio!
Pero me surge una duda, que te agradecería me pudieses contestar. En el próximo sorteo de la Once del día del padre (Marzo 2013), el premio son 15 millones de Euros + 6.000 € al mes durante 25 años. Entiendo que los 15 millones (excluyendo los primeros 2.500 €) tributarían al 20%. Pero que pasa con los 6.000 € mensuales? Se excluyen cada mes los primeros 2500 € y se tributa también al 20% por los 3.500€ restantes? O se considera una suma anual de 72.000 € y se tributa por el 20% excluyendo solo una vez los 2.500 €?
No se si me he explicado muy bien..
Gracias por tu ayuda
Saludos
Tania, a mi entender, el impuesto deben descontarlo de cada pago mensual excluyendo los 2.500 euros exentos de cada mes. Saludos.
Hola quisiera saber lo que se cobra hacienda, es lógicamente las Ganancias, pero también dicen que es lo apostado y lo perdido. Por lo tanto si apuesto 250 y me doblo y quedo en 500€, ¿cuanto tendría que pagar 750? A lo mejor estoy confundida, pero me gustaría que me ayudas y me expliques bien como seria lo que cobra hacienda, para saber si puedo continuar jugando o que…por que lógicamente uno no juega por gusto si no por necesidad, bueno mi caso es así. Espero tu ayuda. Muchas gracias. Saludos
Brenda, no sé de que juegos o apuesta hablas ni como funcionan. El artículo trata sobre el impuesto de los sorteos realizados por la Organización Nacional de loterias del Estado y no otro tipo de apuestas. Del resto tendrás que declarar la ganancia obtenida en la renta o sea el premo ganado y ahora permiten descontar también las perdidas hasta el límite de las ganancias.
Buenos Tardes Pilar, tengo una duda, si obtengo un premio de Euromillones (loteria Europea) y hago el ingreso en una cuenta de otro país, como por ejemplo Reino Unido, tengo que pagar el 20% de España, o el impuesto del país de ingreso según su normativa???
Un saludo
Pedro
Buenas tardes Pedro, te confirmo que debes pagar igualmente el 20% en España y si además abres una cuenta en el extrajero con un importe superior a 50.000 euros tendrás que presentar el año próximo el modelo 720 para informar de ella a Hacienda o te sancionar con una multa de 10.000€. Así que más vale que dejes el dinero en España y no te crees más obligaciones fiscales 😉 Un saludo
Gracias Pilar, siempre he sido de la opinión de pagar todos y absolutamente todos mis impuestos (debo ser algo raro); pero viendo últimamente el uso que se le da, reconozco que me siento un poco defraudado.
Gracias de nuevo.
Pedro
Por desgracia el sentimiento es común. Todos nos sentimos defraudados con los políticos actuales y su mala gestión. Somos una vergueza y el hazme reir de otros países. Espero sinceramente que con todas las medidas antifraude que está aprobando el Gobierno se consiga algo. Pero mientras la cúpula del poder no «predique con el ejemplo» y metan en el «trullo» a unos cuantos, no va a cambiar el sentimiento del ciudadano de a pie, que cada día le cuesta más pagar sus impuestos y llegar a fin de mes. Un abrazo.
me tocó un premio de la once en el año 2000 de 250.000.000 millones de pesetas pagaderos en 25 años aun me quedan por cobrar 13 año s a razón de 60.000 euros anuales hasta el 2025 y me han dicho en el banco que me informe `porque creen qur tengo que pagar impuestos por ello ? es eso cierto ¿
GRACIAS POR VUESTRA RESPUESTA
ATT. ROSENDO
Hola Rosendo, pues no tendrías que pagar nada a Hacienda, ya que tu premio es consecuencia de un sorteo celebrado antes de la entrada en vigor de esta nueva norma y está exento. Por tanto, sigue disfrutandolo!!!
De nada. Un saludo
Hola.
Creo que como siempre este gobierno se ha pasado 3 pueblos pues de no pagar nada se ha puesto el 20% para alimentar las ambiciones de los políticos y corruptelas de este país por eso mi pregunta es, ¿ En qué país de la unión Europea se paga menos impuestos por un premio grandioso ? y lo digo porque sería atractivo jugar en ese país y si te toca pues pedir la nacionalidad que seguro que te la dan y limpiarse el culo con la nacionalidad corrupta Española.
Para hablar de la nacionalidad española lo que t tienes k limpiar es la boca que la tienes demasiado sicia. Individuas como tu averguenzan a España.
Hola, me gustaría hacerte llegar lo encantado que he quedado de este tu artículo. Gracias por disiparme dudas que respecto a su tributación tenía.
De nada Roberto, me alegro de haberte aclarado las dudas. Muchas gracias por dejarme tu comentario.
Siempre sigo tus aportaciones para aclarar conceptos para nuestra relacción con Hacienda, son muy importantes tus aclaraciones que nos sacan de todas las dudas a aquellos que no estamos al corriente con los impuestos.
Muchas gracias Armando, no sabes cuanto me alegro.
Buenas tardes.
Desde muy recientemente sigo este blogs y fue buscando informacion real, clara y entendible de como tributa la venta de una vivienda en el IRPF a declarar en 2013.
Me parecen todos los articulos superinteresantes, entendibles y de gran ayuda para estar al dia.
Enhorabuena.
Saludos.-
Muchísimas gracias Antonio, por tus elogios y por seguirme. Con lectores tan agradecidos da gusto compartir conocimientos. Un cordial saludo.
enhorabuena pilar, eres una mujer de los pies a la cabeza, seguire muy de cerca todos tus comentarios, son interesentes, y nos enseñan,
Guau, vaya piropo. Muchas gracias Tony por seguirme, me alegro de que te guste. Un saludo
Sigo TODOS tus artículos con muchísima atención, además de devoción, y éste particularmente me ha encantado. Enhorabuena.
Muchísimas gracias Fernando, no sabes cuanto me alegro!
Me pregunto qué opina la gente de esta medida.
En mi opinión, seguimos con más de lo mismo, los ricos se llevan indemnizaciones millonarias, sueldos irracionales y gastos al cargo público sin control.
No parece que sea de recibo recortar por donde no es, pero parece que los políticos no lo ven así.
<Por otra parte, siempre pensé que las loterías no deberían tener UN premio enorme sino muchísimos que realmente ayuden a una extensa parte de la población.
¿USTEDES QUÉ OPINAN?
Estoy de acuerdo contigo Guillermo. Yo sólo espero que aparte de recaudar, con esta medida disminuya la compra de decimos premiados para blanquear dinero.
Gracias por tu aportación. Un saludo.
Buenos dias Pilar.
Claro, conciso e interesante articulo. Enhorabuena.
Un saludo de JESUS V.
Muchas gracias Jesús, me alegro de que te haya gustado. Un cordial saludo.