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    Asesoría Fiscal Online » TIPOS IMPOSITIVOS DE SOCIEDADES
    Impuesto de Sociedades

    TIPOS IMPOSITIVOS DE SOCIEDADES

    Actualizado:26 junio, 20243 comentarios

    Hasta ahora no había escrito nada sobre la tributación de las sociedades, por entender que se salían del título de este blog. Sin embargo, a veces es necesario conocer a que tipo impositivo tributan las empresas, por ejemplo para ver si interesa crear una PYME para ejercer la actividad empresarial o hacerlo como autónomo o simplemente para satisfacer la curiosidad o tomar determinadas decisiones, como pregunta Jonathan.

    Impuesto de sociedades

    Por ello os dejo a continuación este pequeñísimo resumen de los tipos generales de tributación de las sociedades que se aplican a los beneficios (ingresos menos gastos) declarados por las empresas, sin entrar a más detalle sobre el cálculo de la base imponible, ni deducciones, pues como he dicho al principio se sale del título de este blog:

     Tipo general de sociedades: 30%

    PYMES

    Para las empresas que facturan menos de 5 millones de euros y la plantilla media es inferior a 25 empleados:

    nuevoPara el año 2011 y 2012, si tiene al menos un trabajador durante todo el año y ha mantenido el empleo respecto al ejercicio anterior (es suficiente con que haya tenido un empleado en el 2011 y el 2012 lo mantenga) o ha aumentado el número de trabajadores, tributan en una escala de dos tramos:

    • 20% por los primeros 300.000 euros
    • 25% por el resto

    Si no tiene trabajadores, en la empresa y sólo trabajan los socios o administradores o ha disminuido el empleo respecto al año anterior, los tipos pasan a ser:

    • 25% por los primeros 300.000 euros de base imponible
    • 30% del resto.

    Espero que este artículo sirva para satisfacer, aunque sea en parte, la curiosidad de algunos lectores sobre la tributación de las sociedades, a pesar de lo breve y escueto que es por los motivos ya comentados al principio.

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    Soy Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Murcia. Auditora inscrita el el ROAC. Master en Contabilidad y Auditoría de Cuentas por el Instituto Universitario de Gestión Empresarial de la Universidad de Valencia. Master en Asesoría Fiscal por la Fundación Universidad Empresa de Murcia. He trabajo más de diez años en una de las seis primeras firmas de Auditoria y Asesoramiento Legal y Fiscal españolas. hasta que me incorporé en 2001 al departamento fiscal de una entidad financiera y, tras varias fusiones bancarias, desde noviembre de 2021 vuelvo a dedicarme en exclusiva a este pequeño proyecto que comencé en 2010 y que se ha convertido en mi pasión.

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    3 comentarios

    1. miguel on 20 agosto, 2012 18:01

      Ojo con la aplicación del tipo del 20%, se refiere al comparativo de la plantilla media de 2008.
      pag. 514, del manual del imp.soc.2011, Disposición adicional duodécima.

      Responder
      • PILAR on 20 agosto, 2012 23:38

        Miguel, muchísimas gracias por tu aclaración. Un cordial saludo

        Responder
    2. miguel on 20 agosto, 2012 17:59

      Ojo a la hora de aplicar el tipo del 20%, que el condicionante de mantener la plantilla debe compararse con el periodo de 2008.
      pg. 514, del manual del imp.soc.2011, Disposición adicional duodécima
      http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Informacion_institucional/Campanias/Sociedades_e_IRNR/2011/ManualSociedades2011.pdf

      Responder
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