Como ya habréis oído en otros medios, este año Hacienda ha adelantado el inicio de la Campaña de la Renta y a partir de mañana 2 de abril ya podréis descargar vuestro Borrador de Renta con los datos fiscales que Hacienda ha utilizado para el cálculo. No esperes a recibirlo en papel, ya que precisamente lo que quieren es ahorrar costes y que te lo descargues tú por Internet. De hecho el sistema RENO de descargas de Borradores fue todo un éxito el año pasado y cada vez incentivan más el uso de las nuevas tecnologías. Para ello, este año han aumentado el número de contribuyentes al que irá dirigido, incluyendo a los que sean titulares de hasta 8 inmuebles (sin arrendar) a parte de la vivienda habitual (antes solo lo enviaban si tenías 2 inmuebles), a los que hayan tenido pérdidas por ventas de fondos de inversión, los que hayan cobrado la Renta Básica de Emancipación u otro tipo de ayudas que no sean de actividades económicas (esas están excluidas) y los que tengan imputaciones de rentas del capital mobiliario e inmobiliario procedentes de Comunidades de Bienes.
El sistema para descargarlo es el mismo del año pasado, pero por si hay alguien que no lo conoce, por ser su primer año de declaración, os lo explico a continuación acompañado de algunos consejos «de andar por casa» para que veáis lo sencillo que es:
1. Entra en la página principal de la Agencia Tributaria
2. Entra en el Portal de Campaña Renta 2012 y verás todos los servicios disponibles, entre los cuales verás un icono que pone RENO. Así se llama el servicio por el cual Hacienda te envía un mensaje a tu móvil con una referencia para poder descargarte el Borrador con tus datos fiscales.
3. Introduce tu NIF, tu primer apellido y el importe de la casilla 620 de la Renta del año pasado y si no hiciste Renta o esa casilla era cero, introduce los 20 dígitos de una cuenta en la que figures como titular (no sirve que estés autorizado).
Este mismo sistema sirve para pedir el Borrador o los datos fiscales de los contribuyentes fallecidos.
4. Introduce el número de tu teléfono y una vez que lo hayas confirmado, recibirás en cuestión de segundos un SMS con un número de referencia ¡A si fácil y rápido!
5. Vuelve a la página de Hacienda e introduce ese número para acceder a tu expediente y descargar tu Borrador de Renta en un documento pdf con tus datos fiscales.
6. Te aconsejo que lo imprimas y lo revises bien antes de confirmarlo. El artículo “Los 20 errores más corrientes de los Borradores”, te servirá de guía para revisar todos los puntos que tienes que comprobar (deducción por vivienda, deducciones autonómicas, gastos, etc.) Y recuerda que el Borrador no se puede cambiar de opción de tributación de individual a conjunta y viceversa, por tanto si tienes duda de cual es la opción más favorable espera a tener el programa PADRE para traspasar los datos y asegurarte.
7. Modifica tu borrador para añadir los gastos que falten o lo que consideres. Dicha modificación te generará otro pdf con el nuevo cálculo obtenido y una nueva referencia. Imprime una copia de este Borrador modificado o guárdalo en tu PC, ya que esa será tu declaración de Renta a presentar.
8. Confirma el Borrador e imprime el justificante de la presentación o grábalo en la misma carpeta que has guardado el documento anterior.
9. Pasados unos días ya podrás entrar a ver el estado de la tramitación de tu devolución y con un poco de suerte recibirás el ingreso en menos de 15 días si no hay discrepancias con tus datos declarados y Hacienda no te la retiene para revisarla. Te recomiendo que leas el artículo “Lista de motivos por los que Hacienda no devuelve la Renta y algunos consejos”
Mi borrador es “NO CONFIRMABLE”
Hacienda manda este tipo de Borradores en los siguientes casos:
1. Cuando faltan datos:
Normalmente Hacienda suele indicar el dato incompleto que hay que revisar para poder confirmar o modificar el Borrador. Por ejemplo, cuando falta la referencia catastral de la vivienda, o el NIF del arrendador si la vivienda es alquilada, o los datos de un descendiente que ha nacido o el NIF de un hijo que ha cumplido los 14 años, etc.
2. Casos dudosos:
Lee bien la carta de Hacienda o mira los avisos de la pantalla al intentar modificar el borrador, pues Hacienda suele indicar el motivo o la renta pendiente de confirmar. Por ejemplo, subvenciones sin identificar el destino, haber percibido pensión compensatoria en años anteriores, cuando se han tenido rentas de escasa cuantía que el pagador ha declarado como actividades económicas y pueden ser rendimientos de cursos o conferencias, etc. Recuerda que si realmente son ingresos de actividades económicas no puedes presentar el Borrador y debes esperarte a tener el programa PADRE para hacer la declaración incluyendo todas las rentas. Ya que ese tipo de rentas te excluyen del perfil del Borrador.
3. No obligados con resultado a ingresar:
En estos casos Hacienda suele indicar en la carta que acompaña que no es conformable por no estar obligado a declarar, es decir, por no superar los límites que obligan a presentar la Declaración de la Renta y tener un resultado a ingresar. Aún así, debes saber que el borrador es modificable y como resultado de la modificación puede salir a devolver. Por ejemplo, si añadimos la aportación de la cuenta vivienda o el pago realizado al promotor como señal de la compra de la vivienda o el pago de alquiler de la vivienda, etc. Por tanto, revisa bien tus gastos por si te interesa modificarlo y presentarlo no estando obligado a ello si el resultado es a devolver.
¿Y si Hacienda no me ha confeccionado el Borrador?
Si no te han elaborado el borrador por tener más de 8 inmuebles o tener alguna venta de acciones u otro tipo de rentas que te excluyen del perfil del Borrador, tendrás que esperar unos días para poder descargar (con la misma referencia que te han enviado al móvil) los datos fiscales en el Programa PADRE y podrás presentar la declaración a partir del 24 de abril inclusive hasta el 1 de julio o hasta el 26 de junio, si el resultado es a ingresar y quieres domiciliar el pago para que la entidad bancaria lo cargue en tu cuenta el día 1 de julio.
Y si todo esto te resulta muy complicado tendrás que pedir cita en Hacienda en el mes de mayo (no te atenderán antes) o consular un asesor para no perder ningún beneficio fiscal y no llevarte después ningún susto, para lo cual estaré encantada de poder ayudarte.
¿Has descargado ya tu Borrador? ¿Has sido de los primeros este año? Déjanos tu comentario y cuéntanos tu experiencia, todos podemos aprender de ella. Se agradece cualquier aportación que amplíe el contenido del artículo, mejora o sugerencia que pueda servir de ayuda para los demás. Los comentarios y opiniones son fundamentales y enriquecedores para todos, fomentan el debate, pero no conviertas los comentarios en un consultorio personal.
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Os dejo una serie de artículos que os pueden interesar en estas fechas:
- Quien no está obligado a declarar
- Como declaro las rentas de mi hijo
- Perfil del borrador
- Anulación de una renta presentada
- Se puede cambiar la opción de tributación
- No aparece el préstamo en mi borrador
- Los 3 pasos a seguir con el borrador
- Los 20 errores más corrientes en los borradores de la renta
- Lista de motivos por los que hacienda no devuelve la renta y algunos consejos
- Me he equivocado ¿cómo corrijo la declaración presentada?
13 comentarios
Hola…, a mí me vino el borrador que no podía confirmarlo porque tenía que modificar datos de la compra de una vivienda. Modifiqué el borrador el día 13-04-13 y lo envié…, y todavía no me han devuelto la renta, y como dicen que la devuelven enseguida… Entonces ya me hace pensar que a lo mejor no tenía que haber modificado el borrador sino hacerla en el programa padre y enviarla…, o no tiene nada que ver?.., y el importe a devolverme sólo eran 196 €.. que tampoco es tanto para no devolvermelo enseguida, por eso tengo la duda de si estará bien presentada o no y de si puedo hacer algo para que me la devuelvan pronto. Espero su respuesta. Gracias y un saludo
hola me prodrias decir como descargar una copia de mi declaracio de la renta. es que la ice por tlf: y necesito descargar la copia en pael para algunos tramites y no se como acerlo un saludo y gracias
Manuel desde este enlace puedes acceder a tu expediente, introduciendo la referencia que te mandaron para el borrador de la Renta.
Hola, Pilar,
Mi consulta es la siguiente: obtuve el borrador, lo confirme, y minimice el contenido para preparar luego la impresión del contenido. No sé por qué causa, el documento no volvió a aparecer y ahora solo obtengo la información de que «su borrador se está tramitando» pero no puedo acceder al documento para imprimirlo. ¿Hay alguna solución o tendré que pedirlo personalmente en alguna oficina? Muchas gracias.
Hola Maribel, después del tiempo que ha pasado no sé si habrás solucionado ya tu problema, pero por si acaso te indico que para poder imprimir tu borrador confirmado sólo tienes que entrar con la referencia que del borrador y no con el importe de la casilla 620.
Hola Pilar:
Muchas gracias por este post. Es estupendo sobre todo para la gente que no está acostumbrada a utilizar internet para «enfrentarse» a Hacienda. Solo un comentario, puesto que seguro que la gente que no suele acceder al borrador electrónico tampoco sabe lo que es el programa PADRE, quizá si les indicarás de lo que se trata (algo así como se trata de un programa informático en el que puedes cargar los datos fiscales que te envía Hacienda y simular tu declaración de la renta e incluso presentarla directamente) y un par de enlaces a las descargas para más información el post bajo mi punto de vista estaría redondo.
En cualquier caso enhorabuena, un superconcentrado de borrador de Hacienda, superútil en estos tiempos..
Muchas gracias!!
Muchas gracias José Carlos por tu sugerencia y la aclaración para los lectores. Tienes razón en que damos por hecho que todo el mundo conoce el programa PADRE y no es así. Habría que hacer un post dedicado sólo a eso. Pero de momento lo dejo con tu aclaración y ya veremos si saco tiempo para ello, pues son muchos los temas de los que hay que hablar en Renta y mi tiempo es muy muy límitado. Por eso no escribo tan amenudo como me gustaría.
Y muchísimas gracias por los cumplidos!! Un abrazo
Pues yo he entrado en la pag. e introduje todos los datos correctamente y no sé por qué motivo me dice que el importe de la casilla 620 es erróneo…
Estoy segura que está todo correcto
Eso muy raro Marisa. Como dices que está todo correcto no voy a insistir en que lo revises, pero tendrás entonces que esperar al mes de mayo para que te den en Hacienda el borrador o la referencia, ya que no creo que te la den antes. Otra solución es obtener la firma digital, ya que con ella no hace falta introducir el importe de la casilla 620 del año pasado. Suerte y gracias por contarnos tu experiencia.
Hola María como veo que que Pilar está muy ocupada (siempre resolviendo nuestras preguntas), si me lo permites quisiera que revises de donde obtienes los datos de la casilla 620. Si el año pasado hiciste la declaración con el programa Padre y lo tienes en el ordenador y si para consultar la casilla 620 abres la declaración
de 2011, te lo abre por defecto como individual y pudiera ser que no sea tu caso. Con lo cual una vez abierta deberías cambiar a conjunta y después revisar la casilla 620. A mi me ha pasado en más de una ocasión. También puedes mirar directamente la copia de la declaración que entregaste a Hacienda el año pasado.
Un cordial saludo y mucho ánimo a Pilar que nos soluciona lo «que no está en los escritos».
Muchas gracias Jose Luis por todas tus aclaraciones y tu colaboración!!! Un abrazo
Hola!,le escribo porque soy la que hace la renta on line en casa y tengo un problema, hace un año falleció mi abuelo,junto con mi abuela tenía una cochera y los 4 hijos junto con mi abuela han tenido que pagar una cierta cantidad a hacienda a la hora de hacer el cambio de nombres y eso. mi pregunta es… ¿tiene derecho mi padre a desgravar la parte que pagó? ¿en qué casilla habría que ponerlo?
Gracias.
Mayte esos gastos los podrás deducir cuando se vendan los bienes heredados pero no antes. Saludos