Hacienda enviará el borrador a todas aquellas personas que, con independencia de que estén obligados a declarar o no, sólo hayan tenido las siguientes rentas:
- Rendimientos del trabajo
- Rentas del capital mobiliario y ganancias de capital sometidas ambos a retención (intereses de cuentas, depósitos, dividendos, reembolso de participaciones de Fondos de Inversión, premios por la participación en juegos etc.)
- Rendimientos de Letras del Tesoro
- Subvenciones para la adquisición de la vivienda habitual.
- Como máximo 2 inmuebles no arrendados.
¿Y si tengo otro tipo de rentas o más de 2 inmuebles?
Si tienes alguna renta distinta de las mencionadas, alquileres, actividades económicas, ventas de acciones o de inmuebles, etc., la Agencia Tributaria te enviará la comunicación diciendo que no es posible confeccionarte el borrador pero te facilita los datos fiscales, acompañados de una carta cuya referencia .
Por tanto, todo el mundo debe pedir su borrador o datos fiscales ya que estos son imprescindibles para hacer la declaración de la renta.
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