Cuando un hijo tiene rentas surgen muchas dudas sobre cómo se deben declarar esos ingresos. Algunas de las preguntas más comunes son: ¿Debe presentar la Renta mi hijo? ¿Tengo que sumar los ingresos de mi hijo a los míos en mi declaración? ¿Cómo declaro las rentas de mi hijo? Para responder a estas preguntas, es importante tener en cuenta los siguientes aspectos:
1º Verificar si tu hijo está obligado a hacer la Renta. Para eso, debes consultar los límites que explico en mi artículo quién no está obligado a declarar
2º Ver si tu hijo forma parte de la unidad familiar y si cumple los requisitos para la deducción
Y eso es lo que vamos a explicar hoy.
UNIDAD FAMILIAR
La unidad familiar es la formada por el matrimonio y los hijos menores de edad. Y en las familias monoparentales, cuando no hay matrimonio, el padre o la madre y los hijos menores de edad. Por tanto, recuerda que sólo los hijos menores de 18 años forman parte de la unidad familiar. Aunque, como veremos más adelante los hijos dan derecho a deducción hasta los 25 años.
Si la unidad familiar tributa de forma conjunta hay que incluir todas las rentas, incluidas las del hijo menor de edad. Sin embargo, si uno sólo de la unidad familiar tributa de forma individual, obliga a que el resto también tributen de forma individual. Y en este último caso, además, hay que ver el límite de la obligación de declarar de cada miembro de la unidad familiar por separado.
Grábate esto «a fuego»: los hijos mayores de 18 años no forman parte de la unidad familiar, son unidad familiar independiente. Por tanto, sus ingresos no se incluyen con los del resto de la familia. Si están obligados a declarar, lo harán siempre de forma individual.
HIJOS CON DERECHO A DEDUCCIÓN
Con independencia de que el hijo sea menor o mayor de edad, dará derecho a deducción si cumple todos los requisitos siguientes:
- Que tenga menos de 25 años a final de año (edad al 31 de diciembre), salvo que tengan una minusvalía, en cuyo caso da igual la edad si cumplen el resto de requisitos.
- Que conviva con los padres o dependa económica de éstos. Por ejemplo: los hijos que estudian fuera también dan derecho a deducción, aunque no convivan realmente con los padres la mayor parte del año.
- Que no tenga rentas* superiores a 8.000€ anuales (no computan las rentas exentas. Ej.: becas)
- Que no presente renta individual con rentas* superiores a 1.800€
* Nota importante: Desde el 1/1/2015 el límite de rentas es la suma de los «rendimientos netos», es decir, ingresos menos gastos, incluyendo entre los gastos del trabajo la seguridad social y los 2.000€ de «otros gastos» que se aplican con carácter general a las rentas del trabajo.
Ejemplo: Si un hijo menor de 25 años ha obtenido unos ingresos brutos de 3.000€ por trabajar los meses de verano, sus padres podrán deducirse a su hijo y además el hijo puede presentar su Renta para que le devuelvan la retención de 60€ (2%), porque el rendimiento neto (3.000€ – 2.000 – seg. soc.) no supera los 1.800€.
Situaciones que se pueden dar:
Una vez aclarados los requisitos para poder deducir a los hijos, vamos a ver a continuación las situaciones familiares que se pueden presentar.
Hijos con ingresos menores de 18 años:
- Si el hijo tiene ingresos netos menores de 1.800€: Dan siempre derecho a deducción y sí puede presentar Renta conjunta con la Unidad Familiar o individual si todos optan por la individual.
- Si el hijo tiene rentas netas mayores de 1.800€, pero menores de 8.000 €: Dará derecho a deducción, si el hijo no presenta Renta individual. Por tanto, si la unidad familiar tributa de forma individual, tendremos que ver qué tipo de rentas tiene el hijo para ver si está obligado o no a presentar la declaración de la Renta. Ya que si está obligado y la presenta sus padres no tendrán derecho a deducción por él. Pero, si no está obligado a declarar el hijo, seguramente será mejor no presentar la renta del hijo, pues su devolución será menor que el beneficio que obtengan los padres por su desgravación fiscal.
- Si el hijo tiene rentas netas mayores 8.000 €: No da derecho al mínimo por descendiente. Si la unidad familiar opta por la tributación individual, el menor presentará la renta si está obligado a ello y si no está obligado, la presentará si le interesa para que le devuelvan las retenciones.
En estos casos, debéis tener en cuenta que según optéis por una modalidad u otra este es el resultado:
RENTA CONJUNTA: incluye la renta del hijo menor de 18 años
RENTA INDIVIDUAL: No se incluye la renta del hijo, ya que cada uno declara por separado y el hijo presentará la suya, según lo comentado, para que le devuelvan sus retenciones siempre y cuando no perjudique con ello a sus padres por superar el límite de los 1.800€.
Hijos mayores de 18 años y menor de 25 años con ingresos:
Destaco, una vez más, que los hijos mayores de 18 años ya no forman parte de la unidad familiar, aunque siguen dando derecho a deducción hasta los 24 años incluidos, siempre que no superen los límites de ingresos que hemos comentado y cumplan los requisitos. Por tanto, sus ingresos NO SE INCLUYEN nunca con los de la familia y si presentan la declaración de la Renta será siempre individual. Es decir, no pueden presentar la declaración conjunta con los padres.
Así pues, estas son las situaciones que se pueden presentar:
1.- Hijos con ingresos netos menores de 1.800 €: Estos sí dan derecho a deducción y puede presentar Renta individual si le interesa para que le devuelvan sus retenciones.
2.- Hijos con rentas netas mayores de 1.800 pero menor de 8.000 €: Si no presenta renta individual da derecho a deducción, pero si la presenta (por estar obligado) los padres pierden el derecho a la deducción.
3.- Con ingresos superiores a 8.000 €: No da derecho a deducción. Presentará Renta si está obligado, o si le interesa presentarla no estando obligado si el resultado de su Renta o Borrador es a devolver.
Nota: Siempre se tiene en cuenta la edad al 31 de diciembre. Por tanto, si a final de año ya es mayor de edad, ya no forma parte de la unidad familiar. Y si cumple los 25 años antes de fin de año, ya no da derecho a deducción a sus padres.
En definitiva, si tienes un hijo con rentas, es importante saber si está obligado a hacer la Renta y si cumple los requisitos para la deducción. Dependiendo de las situaciones, se deberá presentar la Renta conjuntamente o individualmente, y se tendrán derechos a deducciones o no.
¿Has presentado alguna vez la renta de un hijo menor de edad? ¿Tiene tu hijo alguna renta? ¿Sabías que puedes presentar la renta de tu hijo para que le devuelvan las retenciones practicadas si no ha ganado más de 1.800€ netos? Aunque sea poco la devolución que le corresponda, te dará para una bolsa de pipas o de palomitas. No regales las retenciones de tu hijo ¡a Hacienda! Puedes presentar su Renta y recuperar ese dinero. Si te sientes samaritano y quieres regalárselas a alguien, haz un donativo con ellas. Por lo menos. así eliges el destino de tu dinero y, además, te desgravarán en la Renta del año próximo.
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Un saludo.
228 comentarios
Buenas tardes Pilar,
Nuestras hijas de 11 y 7 años tienen sendos fondos de inversión que están obteniendo una rentabilidad de 1.000 € cada uno. En el caso de que rescatara dichos fondos cada una obtendría una ganancia patrimonial de 1.000 €, sin perjuicio de descontar retenciones y gastos.
Con estos datos, entiendo que no perdemos la deducción por cada una de ellas y las podemos incluir en nuestro IRPF, pero ¿me podrías confirmar si dicho importe está exento de declaración por no superar los 1.800 € cada una de ellas y, por ello, no va a computar como ganancia patrimonial en la declaración?
Muchas gracias
Hola Jose Manuel, no existe una exención de las ganancias de patrimonio de los fondos de inversión, como preguntas. Otro tema diferente y me imagino que tu pregunta va por ahí, es:
1- Por un lado, que tus hijas no tengan obligación de presentar la declaración de la Renta por no superar el límite, aunque en este caso seguro que les interesa presentarla.
2- Que puedas incluir a tus hijas en la declaración sin incluir sus ingresos.
Y para contestar al segundo punto es necesario saber si presentáis la declaración conjunta o individual. Ya que al ser tus hijas menores de edad, si tributáis de forma conjunta, sus ingresos computarán dentro de la unidad familiar.
Pero si tributáis de forma individual cada uno, podréis presentar todas las declaraciones individuales, incluidas las de tus hijas (para que recuperen las retenciones de los fondos de inversión) sin que ello perjudique tu declaración y la de tu cónyuge.
Espero haberme explicado bien y que te haya quedado resuelta tu duda.
Un saludo
buenas tardes , me reclaman de la declarqcion del 2020 por meter a mi hija menor de 24 años pero yo no sabía que no la podía meter al cobrar más de 8000 euros anuales , y convive conmigo puedo alegar algo para no tener que pagar ahora. hacienda
gracias
Hola Pedro, para ver si puedes alegar algo tendría que ver vuestras declaraciones (la de tu hija y la tuya). Si necesitas asesoramiento contáctanos.
Un saludo
Buenas tardes Pilar. Mi hija de 21 años tiene de ingresos en el 2023 la cantidad de 8.517 euros con una retencion de 170 euros. Creo que no la podemos deducir en nuestra declaracion de la renta y ella debería presentarla para que por lo menos la devolviesen esa retencion. Por el hecho de que ella estudia en una Universidad fuera de su domicilio y dependa económicamente de nosotros ( no recibe beca de ningun tipo ) seguiríamos sin poder deducirla por este motivo? Gracias y un saludo
Hola Juan, sí puedes deducir a tu hija, aunque esté estudiando fuera, siempre que ella NO presente su declaración de la Renta.
Un saludo
hola mi hija con discapacidad de 81 ha ganadon12000 euros al año ,en que casilla se refleja sus ingresos la haremos junta ella no le obligan hacerla gracias
Raquel, los ingresos de tu hija NO tienes que incluirlos en tu declaración de Renta, aunque te la deduzcas por descendiente con discapacidad.
Si no tienes derecho a deduccion por hijo, por ingressos superiores a 8000€ de este. Però tienes derecho a mantener la categoria de familia numerosa(si estudia l’as condiciones són distintas a las del IRPF) la deduccion por familia numerosa és aplicable ?
Xavier, si tienes el título de familia numerosa en vigor puedes aplicar la deducción en el IRPF.
Buenas tardes Pilar,
En el ejercicio 2022 gané de rendimientos de trabajo, 5.550€ recibidos de un solo pagador. Al ser un descendiente mayor de 25 años y con una discapacidad superior al 33% salía más a cuenta realizar la declaración conjuntamente con mis padres. El caso, es que mi madre tiene una discapacidad superior al 65% y tiene una pensión no contributiva, y anualmente revisan su paga en función de los ingresos de la unidad de convivencia. En mi caso, en la declaración el gestor no declaró mis rendimientos de trabajo (no se si es la forma correcta), en la revisión no tuvimos en cuenta mis rendimientos del trabajo porque no fueron declarados y ahora exigen obviamente la devolución de una parte de la pensión por superar el tope. Pero mi duda viene que ellos han tenido en cuenta mis rendimientos del trabajo sin haberlos declarados, en primer lugar porque si la hubiese presentado individualmente no estaba obligada a presentarla, pero desconozco la situación en la declaración conjunta con mis padres y teniendo en cuenta la situación de discapacidad. Pueden considerarse esos rendimientos de trabajo declarado a pesar de no haberlo declarado a Hacienda? Gracias!!
Alicia aunque tú no presentes la declaración y tus padres no incluyan tus ingresos en su Renta, la seguridad social y otros organismos acceden a los datos fiscales de toda la unidad de convivencia para ver el nivel de ingresos con independencia de que presenten renta o no.
Hola Pilar, en cuanto a la deducción por hijos menores, a la hora de calcular el límite de los 1.800€ para presentar la declaración de la renta del menor, se puede aplicar también las deducciones de seguridad social y la de los 2.000€ por rendimientos de trabajo, o eso es sólo para calcular los 8.000€ de rentas anuales?
Muchas gracias
Sí es igual
Buenas tardes Pilar.
Mi hijo en su declaración tiene unas retribuciones dinerarias de 8900€ su edad 22 años.
Mi consulta es que de esos 8900€, hay 5800€ que son por estar de baja incapacidad laboral, puedo declararlo conmigo???
Gracias.
Sergio, te confirmo que sí puedes, siempre que tu hijo no presente la Renta para que le devuelvan las retenciones.
Ten en cuenta que tu hijo NO está obligado a presentar la Renta y sus rendimientos netos no superan los 8.000€ como ya he explicado en comentarios anteriores.
Por favor, mira el último comentario contestado hoy que incluye un ejemplo copiado de la web de Hacienda que es bastante clarificador.
Un saludo
Buenos días Pilar.
En tu artículo dices «Nota importante: Desde el 1/1/2015 el límite de rentas es la suma de los «rendimientos netos»» y luego pones un ejemplo que es igual a mi situación personal por lo que me queda bastante claro.
No obstante, en el asistente informador renta de la aeat dice textualmente «El importe de los rendimientos que se tendrá en cuenta para determinar la obligación de declarar es el importe íntegro o bruto, es decir, antes de deducir gastos, reducciones, retenciones…
Por tanto, el límite de rentas es «en neto» o «en bruto».
Gracias. Un saludo
Jorge, efectivamente te has metido en el apartado de los obligados a declarar en la pagina de la AEAT y para la obligación de declarar no se descuentan gastos. Sin embargo, para aplicar el mínimo por descendientes y ascendientes y ver el límite de rentas sí se descuentan los gastos (no las reducciones). Cito textualmente:
«El descendiente ha de cumplir todos y cada uno de los siguientes requisitos:
a) Ser menor de 25 años o, cualquiera que sea su edad, cuando acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33%
b) Convivir con el contribuyente o depender económicamente de él. La ausencia de un hijo/hija de forma esporádica de la vivienda habitual durante los períodos lectivos del curso escolar no implica el incumplimiento del requisito de convivencia exigido.
c) No obtener rentas anuales superiores a 8.000 euros anuales, excluidas las rentas exentas del IRPF.
d) Si tiene rentas anuales superiores a 1.800 euros, no presentar su propia declaración de renta individual o declaración de renta conjunta con el otro progenitor en ambos casos.»
Y pone un ejemplo que te copio a continuación:
«Enunciado: Un contribuyente tiene un hijo/hija de 19 años con una discapacidad del 33%, ha obtenido los siguientes rendimientos del trabajo:
Ingresos: 13.000 euros.
Gastos deducibles Seguridad Social: 1.500 euros. Sindicatos: 100 Colegio Profesional: 250
¿Puede aplicar el mínimo por descendiente?
Solución:
Renta anual del descendiente :
Ingresos íntegros: 13.000
Gastos deducibles:
Seguridad Social.. (1.500)
Sindicatos… (100)
Colegio Profesional… ( 250)
Gastos por obtención de rendimientos de trabajo… (2.000)
Incremento para trabajadores activos con discapacidad…. (3.500)
Renta neta anual….5.650
Por tanto, sí puede aplicar el mínimo por descendiente y el mínimo por discapacidad.«
Hola, me ha llegado un sms del inss que voy a cobrar el imv, somos 5, dos hijos universitarios y uno menor, me da miedo que les pueda afectar a la hora de pedir beca para el curso que viene ya que he leído que tendrán que hacer declaración de la renta todos incluido el menor aunque no tengan otros ingresos, me da miedo, alguien me puede ayudar por favor ?? Hacer la declaración de renta cada uno de ellos Como sería ? Conjuntamente o individual estoy muy liada, muchas gracias .
Natalia, no te preocupes. No pasa nada por hacer la Renta, si no estás obligada te debe salir negativa (a devolver) o a cero.
El programa de Hacienda Renta Web te da la opción de conjunta e individuales y se presenta la más favorable. En cualquier caso si tienes duda y no puedes pagar un asesor, solicita cita con Hacienda en cuanto puedas. Ellos te pueden hacer la Renta incluso por teléfono.
Un cordial saludo
Estoy divorciada y tengo un hijo de 11 años y otro de 20 años.
El mayor tiene una discapacidad del 34% y el pequeño del 5%.
Puedo hacer declaración conjunta con los dos?
El mayor tuvo unos ingresos de unos 3000€ por ser estudiante con discapacidad (no es la beca del ministerio)
Ese dinero tengo que declararlo en mi renta?
Elisa, te confirmo que sí puedes siempre que tu hijo no presente la declaración de la Renta. Para mayor seguridad tendría que saber de que son los ingresos que ha recibido por si le obligan a declarar.
Un saludo
Buenas tardes,
necesito una aclaracion. Mi hijo de 20 años ha trabajado desde junio ganando unos 9000 euros brutos que quitando la seguridad social, unos 500, se quedaria en 8.500. Por lo que he entendido tambien habria que descontar 2000 euros de otros gastos, con lo que estaria por debajo de los 8000 euros para poderle meter con mi mujer y mi otro hijo en la renta de manera conjunta. Mi pregunta es si como tiene minusvalia y tenemos reconocida hasta el año que viene el titulo de familia numerosa al meterle en la renta puedo poner su minusvalia y el titulo de familia numerosa, al menos hasta junio ya que esto se especifica mes a mes.
A ver si me puedes aclarar estos puntos:
-Minusvalia
-y titulo de familia numerosa.
Gracias
Un saludo
Hola Juan Carlos,
Efectivamente puedes incluir a tu hijo con su minusvalía y aplicar la deducción de familia numerosa de todo el año, salvo que te haya caducado el titulo de familia numerosa y no lo has renovado o ya no cumplas los requisito. Mientras tengas el título de familia numerosa en vigor puedes aplicar la deducción por ese concepto y además deducir a tu hijo siempre que él no presente la declaración de la renta.
Un saludo
Hola Pilar! No suelo escribir comentarios en blogs pero en este caso ha sido de gran ayuda. Muchas gracias por el artículo. Es muy claro y conciso, y los ejemplos del final ayudan aún más a entender todo. Qué tengas una buena semana!
Muchas gracias por la información y por tu tiempo.
Me ha sido de gran ayuda.
Buenos dias, mi hijo vive con nosostros, durante el año 2021 tenia 24 años, tuvo ingresos superiores a 1800 euros, presento su declaracion de forma individual y hacienda le devuelve, habiendo sido aceptada su declaracion.
Mi pregunta es la siguiente: Puedo hacer la declaracion en su modalidad conjunta con mi esposa, por ser la mas favorable para nosotros, habiendo presentado mi hijo su declaracion de forma individual, tenido los tres el mismo domicilio?
Gracias
Hola Jose, te confirmo que sí puedes hacerla conjunta con tu mujer
Muchas gracias Pilar
Mi hija tiene 26 años y no trabaja y sigue estudiando y vive conmigo ¿puedo incluirla en mi declaración y deducirme?
Fernando ¿has leído el artículo? El 1º requisito para poder deducir a un hijo es que tenga menos de 25 años cumplidos, salvo que tenga alguna minusvalía reconocida. Por tanto, si tu hija no tiene ninguna minusvalía NO puedes incluirla en tu Renta.
Buenos días, me gustaría saber si un menor tiene obligación de declarar patrimonio si supera los límites fijados. Gracias
Isabel, te confirmo que SÍ tiene obligación de hacer el patrimonio si supera el límite.
De nada
Estoy separada y tengo un hijo de 23 años el cual ha obtenido un rendimiento neto por su trabajo en el 2021 que no llega a los 1800€ (una vez descontada la S.Social y 2000€ por otros gastos). Después de leer su artículo creo que me ha quedado claro pero, antes de confirmar los borradores querría estar segura de que puedo deducir a mi hijo en mi declaración y el puede a su vez hacer su declaración para que le devuelvan lo retenido.
Muchas gracias
Un saludo,
Mª del Mar, te confirmo que sí puedes incluir a tu hijo en tu declaración y él puede presentar la declaración para que le devuelvan las retenciones.
Me alegro de haberte ayudado.
Un saludo
Buenas tardes. Mi hija estuvo trabajando unos meses el verano pasado, cobro unas rentas de unos 5500 euros. al intentar hacer la declaración me indica que efectivamente ha cobrado unas rentas comprendidas entre 1800 y 8000 euros y con lo cual no puede ser atendida como hija en la unidad familiar, Que opciones más favorables tengo? Gracias
Antonio Alberto, si tu hija tiene menos de 25 años puedes dejarla en tu Renta, siempre y cuando ella no presente la declaración de la Renta por superar el límite de 1.800
Hola Pilar, tengo una hija de 24 años que en 2021 a tenido tres pagados la suma de todos ellos es de 8097.59 importe integro, el importe neto es de 7615.71 mi pregunta es cual de los dos importes es el que se aplica para poderme deducirme porque si es el intergro supera por poco los 8000 ni no podria entiendo, gracias
Roberto, si has leído el artículo, deberías haber visto que se tienen en cuenta el importe neto descontando la seguridad social y los 2.000€ de gastos generales que se aplica por Ley. Por tanto, te confirmo que sí puedes deducir a tu hija, SIEMPRE QUE ELLA NO PRESENTE LA DECLARACIÓN.
Has sido de gran ayuda, claro y conciso. Gracias.
Buenas tardes si mi hija de 22 años presenta este año la declaración de forma individual porque le interesa y si el año que viene no trabaja la puedo volver a incluir en mi declaración de la renta.
Por supuesto que sí Diego.
Hola Pilar,
Una duda, el año pasado mi hijo ( 14 años) hizo un trabajo de publicidad con una ETT,su primer trabajo, le pagaron 55,95€ netos, ya con los descuentos. Tengo que declararlo en la declaración de este año, si es así, donde y como?, gracias.
Chema, cuando hagas la declaración debes incorporar también los datos fiscales de tu hijo, aunque lo más seguro es que incorporen solos. De forma que verás los resultados de todas las declaraciones individuales (declarante, cónyuge e hijo) y la conjunta de los tres.
Buenos dias,tengo una duda con la renta de este año.Mi pareja y yo hemos tenido una niña(no estamos casados pero vivimos juntos).
¿Ha de constar la peque en la declacion de los dos en el apartado hijos menores de 18 años pero que hemos de poner cada uno en la casilla que pregunta si forma parte de la unidad familiar?¿Los dos ponenos SI y luego uno puede hacerla conjunta y el otro individual?
Gracias
Cristina, te confirmo que los dos debéis poner a vuestra hija y si convivís juntos, los dos debéis poner en la vinculación la clave D y la situación 3. De esta forma se aplica el 50% del mínimo por descendiente a cada uno.
Pero por desgracia, al existir convivencia de los progenitores y no estar casados, el resultado de la conjunta y la individual es el mismo, ya que sólo tienen derecho a la reducción de la declaración conjunta los matrimonios y las familias monoparentales que viven sin la pareja (padre o madre que convive con los hijos sin el otro progenitor)
Hola Pilar,
El articulo ha sido de gran ayuda en mi caso por los ejemplos.
Porque normalmente sin ejemplos valorados, muchas veces uno no sabe donde está situado.
Saludos,
Anabel
Gracias Anabel, me alegro de que te haya ayudado
Tengo una hija que el año pasado con 18 años se fue al extranjero a trabajar cobrando un salario mínimo durante los últimos 6 meses del 2018, desde que se fue su padre ha dejado de pasar la manutención, a la hora de yo este año hacer el ejercicio de la renta como influye y como tengo que declarar.
Teresa, lo siento pero este tipo de consultas las contesto en privado previo pago anticipado. Si te parece bien ponte en contacto conmigo y te daré presupuesto para revisar tu situación de la Renta de este año.
Un saludo
Hola Pilar,
te felicito por tú página, la explicación es muy clara y me ha ayudado mucho.
Muchas gracias.
Muchas gracias Ferran, me alegro de haberte servido de ayuda. Un saludo
Hola Pilar, darte las gracias por tu tiempo, y decirte que ayudas a mucha gente a entender el complejo mundo de la declaración gracias.
Agustín muchas gracias por tus palabras!!!
Hola Pilar eres una gran mujer muchísimas gracias por por haberme resuelto mis dudas debería haber más gente como tú .lo as puesto muy claro para jente como yo que somos pobres trabajadores y no entendemos nada al hacer la declaración.Un saludos te animo a seguir año tras año los cambios que pueda haber .Ya sé que por esto no te llevas nada pero eres de gran ayuda gracias y mil veces gracias pilar
Muchas gracias por tus ánimos Andrés!!! Haré lo que pueda …
Hola Pilar
Yo estoy divorciada y tengo la custodia de mi hijo de 15 años, el tiene una cuenta donde le ingreso todos los meses 300 euros, la declaración la puedo hacer conjunta? (Me sale mucho mejor) y en ese caso lo que le ingreso tendría que meterlo como renta que percibe mi hijo?
Graciad
Hola Angela, te confirmo que sí puedes hacer la Renta conjunta y el dinero que le das a tu hijo no tienes meterlo en ningún sitio, ya que entiendo que es una «paga mensual» para sus gastos que le das de forma voluntaria ¿no?
Hola Pilar, mi hijo es menor de edad y tiene un plazo fijo que le pusieron mis padres hace algunos años, me han mandado el papel de los datos identificativos para hacer la declaración de renta, en el apartado de los hijos, está marcado que mi hijo tiene rentas, las anteriores declaraciones no me lo ponía y ahora sí, a que se debe .Gracias.
Juan Carlos, es posible que antes el banco no tuviera el DNI de tu hijo y este año sí. En cualquier caso, es normal y correcto que salga.
Hola. Estoy casada y tengo tres hijas:
una con 20 (que ha trabajado pero muy poco)
otra con 22 (que no ha trabajado nada)
Y otra con 24 (que ha trabajado y supera los 8.000€)
Como debería hacer mi renta?
La hago con mi marido y mis hijas de 20 y 22? Y mi hija de 24 la hace individual? O pongo a todas mis hijas en mi renta?
María, si tu hija mayor supera los 8000 una vez descontada la seguridad social y los 2000€ de gastos generales, no puedes incluirla y por tanto ella puede hacer su Renta sin problema para que le devuelvan las retenciones.
Buenas tardes Pilar, mi duda es, tengo un hijo de 23 años que ha trabajado 3 meses en 2017 y sus ingresos han sido de 6.509,67 euros.
Puede hacer su declaración individual..?
Podemos meterlo en las declaraciones de mi mujer y mía que hacemos por separado?. En este último caso entiendo que cada uno nos lo metemos al 50% y que se mete el hijo pero sin los ingresos que ha obtenido.
Muchas gracias.
Efectivamente Francisco, podéis deduciros a vuestro hijo al 50% si no presenta la el Borrador de la Renta, pues sus ingresos netos son mayores de 1.800€ y la presenta perdéis el derecho a la deducción.
Un saludo
Hola buenas noche,
Me gustaría saber si es correcto para la declaración de Renta de 2017, lo que dice este post de 23 de abril de 2011 sobre «COMO DECLARO LAS RENTAS DE MI HIJO» y actualizado el 8 de septiembre de 2011.
Muchas gracias,
Jaime.
Jaime, te confirmo que es correcto, de todos modos he aprovechado para añadir alguna aclaración en cuanto al límite de rentas y he puesto un ejemplo para que se vea más claro por el cambio normativo que hubo en el 2015. Así ya consta como «revisado y actualizado» a fecha de hoy. Gracias a ti! 🙂
En primer lugar Pilar, felicitarte por tu pagina, queria realizarle la siguiente consulta, mi hijo de 22 años, durante el año 2017 tuvo rendimientos del trabajo procedente de tres pagadores por las siguientes cantidades :
2091 euros
1479 Euros
950 Euros,
Mi pregunta es, puedo incluir a mi hijo (deducción descendiente) en la declaración, sin tener que poner los ingresos que ha percibido ya que no supera los 8000 euros de ingreso, o no puedo hacerlo por haber tenido dos pagadores mas sumando entre ambos mas de 1500 euros?
Gracias por todo, un cordial saludo
Juan Carlos, te confirmo que sí puedes incluir a tu hijo en tu Renta si él no presenta su Borrador de Renta.
Un saludo
Pilar no quisiera ser pesado, pero el no esta obligado ha hacer la declaración con esas cantidades que ha percibido?
Según la información que he encontrado de Hacienda entiendo que estaría obligado ha realizar la declaración de la renta pues “ Cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes por orden de cuantía superen la cantidad de 1.500 euros anuales.”
Y en este caso las cantidades de 1479 y 950 superan ese limite de 1500euros.
No se si estare en lo cierto, la verdad es que espero que no.
Un cordial saludo, y lo dicho muchas gracias por todo.
Juan Carlos, no sé cual es tu fuente de información, pero esa frase está a medio… Lo que dice la norma es que cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes por orden de cuantía superen la cantidad de 1.500 euros anuales, en ese caso el límite que se aplica es de 12.000€, en lugar de 22.000€. Por tanto, al no tener más de 12.000€ de rentas del trabajo no está obligado a declarar.
Ha quedado muy claro, muchisimas gracias por todo.
estoy divorciada,tengo una hija con mi actual pareja,no estamos casados,trabajamos los dos, si abro una cuenta bancaria a nombre de nuestra hija menor de edad esta obligada a presentar la declaracion?? y nosotros podemos alguno de los dos incluirla en la nuestra?? gracias
Patricia, en primer lugar el hecho de tener una cuenta o plazo fijo o libreta de ahorro no le obliga a declarar si no supera los 1.600 euros de intereses (rentas del ahorro).
Y en segundo lugar, los dos tenéis que incluir a vuestra hija en la declaración para aplicar el mínimo por descendientes al 50%, ya que al estar conviviendo los dos juntos con vuestra hija los dos tenéis derecho a deducirla aunque no estéis casados.
Si necesitas ayuda con tus declaraciones de Renta, ponte en contacto conmigo y te daré presupuesto.
Un saludo
Mi hijo tiene 20 años y en el 2016 obtuvo una renta bruta de 2300 €. El vive en mi casa y está conmigo. El creo que no tiene obligación de hacer la declaraciónb. ¿Puedo ponerlo conmigo en la declaracion conjunta con mi esposa y mi otro hijo para la deducción? Si es así he de sumar sus rentas brutas y sus retenciones o eso no lo debo poner en ningún lado.
Gracias
Jesús te confirmo que sí puedes deducirlo y sus ingresos no tienes que incluirlas en vuestra Renta por ser mayor de 18 años.
Saludos
Hola tengo un hijo de 23 años que gano 8200€ brutos en 2016 pero al descontarle la seguridad social se quedan en 7700€.Mi pregunta es lo puedo incluir en mi declaración? Un saludo y gracias.
Efectivamente Juan, puedes incluirlo, ya que desde el 1/1/2015 se cuentan las rentas netas y no las brutas. Por tanto una vez descontados los gastos del trabajo (seguridad social y los 2.000€ de gastos generales) no supera los 8000€ y da derecho a deducción si no presenta la declaración con rentas superiores a 1.800€
Hola pilar.
Tengo 23 años y vivo en el domicilio de no abuela. A finales del 2015 mi madre falleció y en 2016 vendimos el domicilio donde ella vivía. Imagino que yo tengo que hacer la declaración por lo ingresos que tuvimos por la venta de la vivienda después de cancelar hipoteca y demás gastos. Mi pregunta es su mi abuela puede incluirme en su declaración como unidad familiar y poder tener deducción.
Gracias.
Juan depende de la ganancias obtenida de la venta de la casa, ya que si presentas la renta con ingresos superiores a 1.800€ no das derecho a deducción al ascendiente (tu abuela). Si necesitas ayuda con las declaraciones ponte en contacto conmigo.
Saludos
Declaración de la renta de 2016. En este ultimo año vendí a nombre de mi hijo menor de edad (10 años) unos derechos de pago unico (PAC) que le han supuesto unos ingresos mayores de 8.000 euros, además el tiene una pensión de orfandad.
¿Puedo o debo hacer declaración conjunta con él teniendo en cuenta estas ganancias patrimoniales suyas? ¿Puedo o debo hacerle declaración individual a él solo?. No sé si podré hacer las dos cosas y ver cual sale más ventajoso en la propia AEAT. Supongo también que no vendrá nada reflejado en mi borrador, ya que la venta se hizó a su nombre.
Hasta el momento yo he realizado mi declaración sola (ya que soy viuda) teniendo en cuenta mis ingresos por trabajo y pensión.
Lo unico que me queda claro es que ya no podré beneficiarme del mínimo por descendiente en este ejercicio económico, pero por ser una situación puntual solo del 2016, entiendo que desde 2017 ya vuelvo a estar en igualdad de condiciones anteriores.
Anabel puedes ver cual es la tributación más ventajosa para los dos y optar por la individual o la conjunta según sea más favorable. Esa opción no te vincula para ejercicios siguientes.
Cada año se puede cambiar la opción de tributación según sea la situación de cada año.
Tengo un hijo de 19 años en 2016 trabajo y gano unos 4000 euros .yo hago la declaración conjunta pues mi mujer no trabaja ,tengo 2 hijos menores de 25 años puedo seguir deduciendo por el hijo que a ganado ese dinero y tengo que sumar sus ingresos a los mios
Juan José, te confirmo que sí puedes deducirte a tu hijo de 19 años si NO presenta su Borrador de la Renta. Y NO tienes que sumar sus ingresos a los tuyos, porque él ya no forma parte de la unidad familiar, aunque siga dando derecho a deducción.
Buenas tardes,
Mi padre va a hacer la declaración de la renta conjunta con mi madre, pero no sabe si al aparecer mi hermana como descendiente ( menos de 25 años) y con ingresos x tabajo parcial ( a ella le devolverian 90€ Si la hace sola) , a el no le beneficia que mi hermana la haga sola ? Ya que el perderia el derecho de añadirla como descendiente ? Es decir si mi hermana declara , desaparece el derecho de mi padre de recibir cuabtia por descendiente pues ella ya la haria sola?
Mariela, el derecho de la deducción del hijo se pierde si el hijo presenta la declaración de la Renta con rentas superiores a 1.800€. Por tanto, si tu hermana no ha ganado más de esa cantidad, tu hermana puede presentar la declaración y que le devuelvan los 90€ y tu padre podrá aplicar la deducción por descendiente. Pero si ella ha ganado más de 1.800€ mejor que no la presente y tu padre podrá seguir diciéndosela si su renta no es mayor de 8.000€.
Todo esto está explicado en el artículo. Por favor, léelo de nuevo. Gracias.
Hola Pilar,
Estamos separados, mis 3 hijos estan con mi ex, la mayor que cumplio 20 años no llego a cobrar 1800 euros, pero trabajo en 2 empresas.
Puede mi ex seguir poniendo a mi hija con derecho a deduccion como menor descendiente de 25 años?
Muchisimas gracias,
Gabi
Gabriel te confirmo que sí puede.
Buenos días Pilar,
Este verano he trabajado, cotizando por primera vez, y he ganado unos 1400€. Tengo 19 años ahora. Me gustaría saber si pido que me devuelvan las retenciones, ya que puedo, y si esto afectará a la declaración de la renta de mis padres ya que somos familia numerosa (3 hijos) y en la que aparezco como integrante de la unidad familiar y sabiendo que se considera familia numerosa hasta los 26 años mientras se estudie (cosa que hago). ¿Si las pido ya se me extingue como figura de la unidad familiar?
Más que nada es saber si nos sale a cuenta pedir mis retenciones, o si esto nos costará más que «seguir» estando a cuenta de la unidad familiar…
Alberto te confirmo que sí puedes presentar la Renta y tu madre no pierde la deducción por descendiente tuya ni la deducción de familia numerosa. Se puede aplicar ambos beneficios fiscales y además tu recuperas tus retenciones al ser tu renta menor de 1.800€.
Saludos.
hola Pilar, tengo una duda, supongo que como tanta gente…
he recibido una nomina de menos de 300€ tengo menos de 25 años y vivo con mis padres, por lo tanto, entiendo que tengo que meter ese dinero en la declaracion de mis padres pero no sé en qué numero o pagina se hac, creo que podría ser en el 413 pero no estoy segura… me podrias ayudar? MUCHISIMAS GRACIAS!!
Vanessa, estás equivocada. TUS PADRES NO TIENEN QUE INCLUIR TUS INGRESOS EN SU RENTA SI YA TIENES MAS DE 18 AÑOS.
Sólo se incluyen en la declaración las rentas de la unidad familiar y si tienes 18 años o más, ya no formas parte de la unidad familiar, aunque tus padres puedan seguir aplicando la deducción por descendientes mientras tengas menos de 25 años, convivas con ellos, no ganes más de 8.000€ y no presentes la declaración de tu Renta con ingresos superiores a 1.800€.
Buenas, quisiera saber..mi pareja está separado/divorciado, con dos hijos de 10 años que conviven con la madre y el pasa una pensión por decisión judicial de 450 mes.puede mi pareja meter a los niños en la declaración aunque no convivan con él? ?
María, para eso es necesario que tengan la custodia compartida. En caso de que la tengan compartida sí puede aplicar la deducción del 50% de los hijos como si conviviera con ellos, pero en ese caso no puede aplicar la reducción por la anualidad de alimentos ya que desde el 01/01/2015 es incompatible el mínimo por descendiente y la anualidad por alimentos.
Hola Pilar,
Tengo 22 años y convivo con mi madre. En 2016 tuve un contrato laboral de seis meses y obtuve unos ingresos superiores a 1800€ e inferiores a 8000€. Hasta aquí, entiendo que al no estar obligada a hacer una declaración individual y al ser menor de 25 años, mi madre conserva el derecho a la deducción por descendiente menor de 25 años.
Mi pregunta es, ¿influye mi estado civil en la declaración individual de mi madre?
He revisado el modelo de borrador (100) y en el apartado relativo a hijos menores de 25 años no aparece una casilla que especifique estado civil del mismo. Por otra parte, en la web de la Agencia Tributaria, en «Requisitos de los descendientes», no se especifica que el descendiente en cuestión tenga que ser soltero, sino que conviva con el contribuyente y entiendo que la Agencia comprueba este requisito a través del padrón municipal.
¿Podrías ayudarme a aclarar esta duda?
Muchísimas gracias y enhorabuena por el blog
Martina, te confirmo que tu madre puede aplicar el mínimo por descendiente siempre y cuando tu marido no presente declaración conjunta contigo. Pero no esperes que venga aplicado en el Borrador de la Renta confeccionado por Hacienda, tendrá que modificarlo tu madre para incluirte como descendiente con derecho a deducción.
Gracias por tu aportación y gracias por tu felicitación.
Un saludo
Hola, tengo un hijo de 20 años que ha empezado a trabajar media jornada cobrando casi 600 euro, se los ingresan a su cuenta y en esa misma cuenta yo le ingreso 800 euros mensuales como un ahorro para él lo hago como pensión alimenticia, y para sus gastos etc mi pregunta es, está obligado a hacer la declaración a la renta? Gracias
Leticia, el ingreso que le haces a tu hijo no tributa en al Renta ni cuenta para los límites de declarar. Por tanto, no llega al límite para estar obligado a declarar. En cualquier caso, y puesto que tú ya no podrás deducirlo si tiene más de 8.000€ de ingresos anuales, le aconsejo que solicite el borrador por si le han aplicado la retención del 2% en las nóminas y le sale a devolver.
Un saludo
Le he abierto una cuenta corriente a mi hijo y le ingreso todos los meses 700 euros, por 12 meses 8400 euros, además, tiene otra cuenta donde le ingresan la beca universitaria,¿ tendría que hacer la renta al sobrepasar los 8000 euros aunque sea yo quien le ingrese ese dinero? ¿Le puede afectar ese dinero a la hora que le den la beca?
María, no te preocupes, los ingresos que tú le haces a tu hijo no son ingresos obtenidos por trabajo, ni tributan en la Renta, ni le afectan a la beca.
Esos ingresos son para cubrir sus gastos mensuales que como todos los padres estamos obligados a hacer a nuestros hijos mientras no tengan ingresos por su cuenta.
Un saludo
Hola.
Podría decirme como afectará en mi próxima declaración de la renta el que mi hija este trabajando .?
Tiene 25 años y es la mayor de mis tres hijos,aunque trabaja fuera ,sigue empadronada en el domicilio familiar y percibe un salario de unos 1500€ mensuales.Deberia empadronarse en su lugar de residencia?Gracias
Isa, si tu hija tiene ya 25 años, ya no puedes deducirla en tu Renta. Ella tendrá que hacer su declaración individual y ver si le sale a devolver. Si necesitas un asesoramiento mayor mira el apartado de consultas personales.
Me quieren organizar un acto beneficio a favor de mi hijo, para comprarle un aparato que ayuda al movimiento valorado en 12.000€. Si doy una cuenta de mi hijo, ¿ Como tendría que declarar ese importe recibido? ¿ Cual es su tributación?
Esos importes tributarían por el Impuesto de donaciones y la tributación depende de la normativa de cada Comunidad Autónoma. Si necesitas un mayor asesoramiento mira el apartado de «consultas personales«
Buenas tardes .soy madre soltera .mi hija empezó a trabajar en junio del 2015.cobrando un sueldo de 500€aproximadamente.y cumplió los 18 años en noviembre de dicho año.mi pregunta es si tengo q incluir su sueldo en mi declaracion de hacienda.gracias x tu ayuda.saludos
Inma al haber cumplido tu hija los 18 años ya no forma parte de la unidad familiar, por tanto ella debe declarar de forma independiente. Sin embargo, si no tiene otras rentas, no está obligada a presentar la Renta y al no tener más de 8.000€ de ingresos, tú puedes segur deduciéndola en tu declaración como descendiente por ser menor de 25 años y no presentar la declaración de la Renta.
Espero haberme explicado bien, en cualquier caso si necesitas alguna aclaración adicional o necesitas ayuda con tus declaraciones mira el apartado de consultas personales.
Un cordial saludo
Tengo un hijo estudiando en otra provincia y este año tiene un puesto de becario en la propia universidad, por todo ello le pagan 500 euros y le retienen una cantidad. Tiene 22 años. Ahora le han dado el certificado de los meses trabajados en 2015 y el bruto son 1500 euros, 30 de retencion y 18,36 otros. Sé que no tiene que hacer declaración pero ¿tenemos que incluir sus ingresos en nuestra declaración?. ¿podemos seguir desgravando por él sin incluir los ingresos o sólo si se incluyen?
Gracias por todo
Maria Jesús, vosotros NO tenéis que incluir las rentas de vuestro hijo y puedes seguir deduciéndotelo al no tener más de 8.000€ de ingresos anuales.
Espero haberme explicado bien, en cualquier caso si necesitas alguna aclaración adicional o necesitas ayuda con tus declaraciones mira el apartado de consultas personales.
Un cordial saludo
Tengo un hijo de 40 en paro de larga duración
Solicito los 400€ y se los denegaron porque la unidad familiar generaba por mi pensión ingresos superiores a lo establecido .
Porque no puedo ponerle en la renta?
Gracuas
Eulogio, no puedes incluirlo en la Renta porque sólo deducen los hijos menores de 25 años.
Saludos
hola Pilar, tengo un hijo con 20 años estudiando, sin ingresos, a lo largo de su vida ha ido recibiendo regalos en metalico de familiares y a dia de hoy puede que tenga unos 3000 euros que lo tenemos los padres en cuenta y el no consta, mi pregunta va relacionada con que en ing,( que tiene el una cuenta para poder sacar con la tarjeta para sus gastos ya que se encuentra estudiando en otra provincia) nos ofrecen 50 euros de regalo mas la comision de compraventa gratis hasta final de año si realiza una compra, y estoy pensando en comprarle unas acciones por valor de esos 3000 euros +-, nosotros nos seguimos deduciendo por descendiente y hacemos los 2 la declaracion individual, trabajamos los 2, pero no tengo claro lo que hara haciendo si ve que mi hijo sin ingresos compra por esa cantidad de dinero que no tenia y lo pueda atribuir a una donacion, asimismo quisiera saber si cuando venda las acciones y por ejemplo hay plusvalias de 500 euros el año que viene ¿que problemas nos podemos encontrar con vistas al fisco y que deberiamos hacer. muchas gracias y un saludo.
Yester, no pasa nada. Mientras tu hijo no tenga ingresos superiores a 1.800€ que le obliguen a hacer Renta podréis seguir deduciéndolo igualmente.
Saludos
Hola.
Tengo una pregunta.
En caso de que los padres, en su declaración conjunta, se deduzcan por su hijo menor de 25 años (que tiene unas rentas inferiores a 1800€),
¿podría el hijo, además, presentar una declaración individual, para que le devuelvan retenciones? Creo que si
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/Renta_2014/_INFORMACION/Ayuda/Preguntas_frecuentes_generales_sobre_el_IRPF/Los_hijos_mayores_de_18_anos___hasta_que_edad_pueden_incluirse_en_la_declaracion_de_los_padres_en_concepto_de_minimo_por_descendientes_.shtml
pero tengo la duda.
Gracias.
Alejandro, por supuesto que sí puede presentar el hijo la renta al ser menos de 1.800€, si que los padres pierdan la deducción por él. Precisamente eso es lo que trato de explicar en el artículo.
Saludos
Tengo un hijo con 17 años nacido el 20.09.97, cuando he bajado los datos fiscales de la unidad familiar he encontrado que le atribuyen un rendimiento de 175,00 €., con una retención de 26,75 €., de una imposición a plazo fijo que en su día hicimos en su cta. Bancaria (pensando en la Universidad).
Dicho importe tengo que incluirlo como ganancias del capital mobiliario de la unidad familiar o no debo de reflejarlo en la declaración de la unidad familiar, la realizamos conjunta mi marido y yo.
Aliana, te confirmo que al ser menor de edad y tributar de forma conjunta debes incluir los ingresos del hijo.
Saludos
Hola Pilar, una aclaración si eres tan amable, referente a esto que indicas en la cabecera:
Con ingresos mayores de 1.800 pero menor de 8.000 €: Si no presenta renta individual da derecho a deducción, pero si la presenta (por estar obligado) los padres pierden el derecho a la deducción.
Entiendo que si no presenta renta el hijo (que en 2014 genero 4919,57€), si da el derecho a los padres a deducción, pero el importe de 4919.57, ha de sumarse al de los padres en la declaración?, gracias de antemano, me resulta muy pero muy interesante tu articulo, gracias
Rafael, si el hijo tiene ya los 18 años, sus ingresos no se incluyen. Sólo hay que incluir en la renta de la unidad familiar los ingresos de los hijos menores de edad.
La unidad familiar está formada por el matrimonio o padre o madre separado/viudo + hijos menores de edad.
El hijo mayor de edad forma unidad familiar independiente y debe tributar solo, si está obligado. Por tanto, sus ingresos no se suman a los de los padres en estos casos, aunque dé derecho a aplicar la deducción por descendiente si sus ingresos son menores de 8.000€ y no presenta Renta con ingresos superiores a 1.800€.
Saludos.
hola quería saber si puedo hacer la declaración conjunta con mis hijos ya son mayores de 18 años pero no trabajan depende de mi y soy divorciada gracias
Karla, ya no puedes hacer la renta conjunta pues te has quedado sola en la unidad familiar, debes hacerla individual. Fiscalmente sólo forman unidad familiar con los padres los hijos menores de edad (menor de 18 años). Por tanto, ya no tienes opción de hacer la renta conjunta. Aunque puedes seguir aplicando la deducción por descendiente.
Hola Pilar, buenos días.
Lo primero, decirte que me ha resultado muy aclaratorio tu artículo y a raíz de la duda que me ha resuelto viene mi pregunta: Tenemos GUARDADO EN CASA dinero que nuestro hijo menor de edad ha ido recogiendo de familiares a lo largo de su vida; cumpleaños, Reyes, Comunión, etc… Nuestra duda es, si abrimos una cuenta de ahorro para el niño, ¿podemos ingresar TODO su dinero en ella de vez…?, ¿nos «preguntará» Hacienda de dónde ha salido? o por el contrario interesa más hacer varios ingresos para no levantar sospechas.
Gracias de antemano por tu atención, recibe un cordial saludo.
Alfonso, muchas gracias por tu comentario, me alegro de que te haya gustado. En cuanto a tu consulta no sé de que cantidad estamos hablando, pero si es mucho claro que puede levantar sospechas.
Somos un matrimonio y trabajamos los dos
Tengo dos hijos uno de 14 y otro de 20 años q lleva
Trabajando desde el dia 25/1/2014.
Mi pregunta es tiene que hacer la renta mi hijo
La tenemos que hacer los tres en conjunto. Que deducciones
Tiene derecho el ??
José, no sé si tu hijo tiene que hacer la Renta porque no dices cuanto ha ganado. Tienes que mirar los límites de la obligación de declarar para ver si tiene que presentarla o no. En el caso de que tenga que hacerla tiene las mismas deducciones que todos los demás.
Pero no puedes hacer la renta conjunta con tu hijo por tener 20 años.
La renta conjunta sólo incluye al matrimonio y los hijos menores de edad. Los mayores de 18 años deben declarar solos por su cuenta si están obligados y si no ganan más de 1.800€ y no presentan renta dan derecho a deducción a los padres hasta los 25 años, pero sus ingreso NO se suman a la declaración de los padres.
Espero habértelo aclarado mejor. Saludos
HOLA PILAR!
MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE. ME COMENTA MI MUJER QUE LE HAN DICHO QUE EN EL AÑO 2011 QUE TIVIMOS A NUESTRA HIJA A ELLA ESTANDO DE BAJA POR MATERNIDAD LE ESTUVIERON RETENIENDO, CUANDO POR LO VISTO NO DEBERÍAN HABERLE RETENIDO NADA POR EL HECHO DE ESTAR DE BAJA POR MATERNIDAD.HA HABIDO HACE POCO UNA SENTENCIA DANDOLE LA RAZÓN A UNA CHICA Y LO RECLAMO Y LE HAN DEVUELTO LO RETENIDO. ME GUSTARIA SABER SI SABES ALGO SOBRE ESTO Y SI FUESE CIERTO DE QUE MANERA LO RECLAMAMOS?.
GRACIAS.
Lo siento Ale, pero es mentira la noticia. Acabo de escribir un articulo sobre ello «La baja maternal no está exenta» espero que te ayude a aclarar tus dudas y lo difundas. Te estaré muy agradecida por ello.
MUCHAS GRACIAS PILAR!!!
Hola, tengo una niña de 3 años y otra de 18 meses, y una cuenta de ahorro infantil con ellas. Quisiera saber si tengo que declararla o si aparecerá su existencia en el borrador de la declaración. No estoy casada.
Gracias.
Vanessa, si haces la renta conjunta con tus hijos deberías incluir los intereses de sus cuentas o libretas de ahorro. No suelen aparecer incluidas en el borrador.
Saludos
Pues el caso es que la hacen conjunta con su padre. Y no quisiera que supiese de la existencia de esa cuenta.
Tampoco me he dado ningún tipo de interés hasta el momento y lleva unos 8 meses abierta.
Muchas gracias.
Estoy solicitando una beca para mi hijo de 21 años, va a hacer 2º curso de F.P.
Mi pregunta es la siguiente hay un apartado que dice miembros de la «Unidad famailiar» y pregunta «constituye una unidad familiar independiente», por lo que he leido arriba, no debería incluirnos al resto de la familia en este apartado ¿es así?.
Tambien más adelante pide el nombre del «sustentador principal de la familia». Y mi hijo actualmente esta en el paro por lo que debo de poner a alguien.
La declaración, aunque no tenía obligación porque no llegaba al tope, la hizo independiente.
Y mi otro hijo pequeño cumplio los 18 en novienbre del 2012 y en la declaración esta a medias entre su padre y yo ¿este cómo debería de hacersela, igual o forma parte de la unidad?
Me podrias asesorar sobre esto. Gracias
Sagrario tiene que ver la normativa que regula las becas pues creo que no se refieren a la unidad familiar tal y como se define en el IRPF.
Gracias por tu respuesta. Lo consultare con becas, con lo que me digan lo pondre aquí, ya que buscando en la web esta duda encontre tu página y les puede ayudar. Saludos.
Pilar, me uno a las felicitaciones anteriores. me considero una persona informada en estos temas pero me asaltaba la duda en este en concreto y para mi has clavado la respuesta. Clara, concisa y perfectamente desarrollada. Saludos,
Joan
Muchas gracias por tu contribución, Pilar.
Soy Director Financiero y es la explicación más clara que he leído nunca. Has conseguido disipar todas mis dudas.
Un saludo,
Me alegro Francisco y te agradezco mucho tu opinión, sobre todo viniendo de una persona del sector. Pues la verdad es que mucha gente se lía con esto y muchos no presentan las rentas de sus hijos, pudiendo hacerlo para recuperar las retenciones de su ahorros.
Un cordial saludo
Hola Pilar, he estado leyendo los casos, pero creo que no hay ninguno que coincida con el mio, resulta que mi hija cumplió los 25 años en 2012, entonces, la puedo poner conmigo en la renta? Gracias. Un saludo
No Edu, si ya cumplión los 25 años antes de final del 2012 ya no la puedes poner en la Renta. Saludos
Buenas tardes!e julio 2012 he tenido un hijo.no convivo con èl ni con su madre.la madre de mi hijo estaba cobrando prestación por desempleo y va a pasar a cobrar la ayuda familiar ya que le corresponde al reunir los requisitos establecidos por tener un hijo a su cargo.mi duda es la siguiente: al realizar la declaraciòn de la renta 2013 sólo la madre desgravara por el hijo (ya q convive con ella )o debemos desgravar ambos progenitores el 50% en nuestras respectivas declaraciones.gracias
Si no tienes la custodia compartida no puedes deducirte el 50%. Saludos
Hola pilar
estoy echa un lio. yo tengo unos ingresos de 20.000 euros anuales, soy soltera y tengo un hijo de 21 años viviendo conmigo y sin imgresos. como deveria hacer mi declaracion, conjunta o individual para que me devuelvan el maximo posible. Muchas gracias de ante mano y un saludo
Sonia, no puedes hacer la renta conjunta puesto que tu hijo ya es mayor de 18 años y no forma parte de la unidad familiar aunque puedes seguir aplicando la deducción por descendiente hasta que cumpla los 25 años. Saludos
hola he visto varias de las preguntas y respuestas que hay en el foro y me gustaria preguntar por un problema que me ha sucedido a mi. Explicare mi situacion: soy divorciado y con un hijo menor de edad, en la sentencia de divorcio llegamos al acuerdo la custodia compartida, pasando el menor un año escolar con cada uno de los progenitores. Por acuerdo privado al que llegamos posteriormente los padres por no querer cambiar el hijo en comun de colegio y amistades, decidimos que se quedara con la madre.
Mi hijo y su madre viven en otra provincia distinta de la mia.
Hacienda me ha dicho este año que no me corresponde la deduccion por hijo al encontrarse el mismo empadronado con la madre.
Tras hablar con la madre, me comunica que confirmo el borrador y no se dio cuenta de que le adjudicaban el 100% de la deduccion por hijo, pero que si hace falta lo comunicara a hacienda para que lo tengan en cuenta.
Tras personarme en la delegacion de hacienda y comunicar que no estoy de acuerdo y presentar sentencia de divorcio y certificado de empadronamiento, y explicar que yo me devo de regir por la sentencia de divorcion y no por el acuerdo privado, estos me dicen que no me corresponde la desgrabacion, yo les digo que los meses de verano y festividades escolares las pasa conmigo haciendo que el mismo conviva tanto tiempo conmigo como con la madre, pero que no voy a cambiar el empadronamiento del menor cada vez que este conmigo, y me siguen diciendo que no.
Mi pregunta es: ¿Me corresponde la deduccion por hijo o no?,
Gracias por su atencion y perdon por haberme estendido tanto, un saludo.
José, te confirmo que SÍ tienes derecho a aplicar el 50% de la deducción por tu hijo al tener la custodia compartida según la sentencia de divorcio.
Mira la consulta nº 126706 del INFORMA de la AEAT
«Pregunta: En el caso de divorciados que tienen un hijo de 17 años que convive parte del año con el padre y el resto con la madre, ¿quién se aplica el mínimo por descendientes?
Respuesta: El mínimo corresponderá a quien, de acuerdo con lo dispuesto en el convenio regulador aprobado judicialmente, tenga atribuida la guarda y custodia de los hijos en la fecha de devengo del impuesto, al tratarse del contribuyente que convive con aquellos. Por tanto, habrá de atenderse al cónyuge que tenga atribuida dicha guarda y custodia en la fecha en que se produce el devengo. Asimismo, procederá el prorrateo entre ambos cónyuges cuando la guarda y custodia sea compartida, con independencia de quien sea el progenitor con el que esta conviviendo el hijo en dicha fecha.»
Recurre la resolución que te han mandado por disconformidad y aporta la sentencia de divorcio. Saludos.
muchas gracias Pilar has resuelto mis dudas, que alegria da cuando le dan la razon a uno, jaja.
Gracias y espero resolver pronto con hacienda mi declaracion y la devolucion, por supuesto.
Un saludo
Hola Pilar , me gustaria que me aclararas mi caso , soy separado legalmente y tengo dos hijas de 8 y 10 años que conviven con la madre, mis hijas tienen discapacidad una el 33 y la otra un 37 %, mi pregunta es ¿ puedo bajarme el irpf en mi nomina por la discapacidad de mis hijas , o por el contario solo me opuedo desgravar de la mitad de la hipoteca que pago y de la pension de alimentos ademas de una pension compensatoria que le pago a mi ex por no trabajar? Gracias de antemano y felicidades por tu trabajo.
Hola Chals, gracias por tu comentario. Te confirmo que no puedes bajarte las retenciones de la nómina por la minusvalía de tus hijas, ya que tú no te las deduces en la Renta por no convivir contigo. Saludos
Hola, quería saber si en el caso de un matrimonio, ambos menores de 35 años, con una hija de dos años, la cual tiene una cuenta corriente abierta desde su nacimiento que le ha proporcionado este año unos intereses integros de 78€, si en las declaraciones individuales de los padres estos rendimientos del capital mobiliarios ( intereses) deben aparecer? y en el caso de hacer conjunta,¿ se deben tener en cuenta los intereses y su respectiva retencion? o ya que es menor de edad con un rendimiento muy pequeño sin obligacion de declarar los podemos omitir? muchas gracias
Hola María, si hacéis la declaración conjunta debéis añadir los ingresos de tu hija hasta que cumpla los 18 años. Pero si hacéis las declaraciones individuales, los ingresos de ella no se suman a los vuestros, sino que podríais presentar su declaración con los 78€ para que le devuelvan sus retenciones ¿por qué regalar a Hacienda el importe de las retenciones de tu hija? ¿es que no pagamos bastantes impuestos como para regalarle las retenciones de las libretas de ahorro infantiles de nuestros hijos? Por supuesto que puedes no presentarla y olvidarte de ellas, el resto de los españoles te agradecerán tu solidaridad, pero yo te aconsejo que como madre lo que es tuyo o de tu hija (en este caso) lo reclames, ya que estás en tu derecho y son su ahorros.
De nada.
Saludos:
Tengo 26 años y no tengo ingresos. Sin embargo sí tengo cierta cantidad de dinero ahorrado que me gustaría meter a plazo fijo. Por los rendimientos que este capital me aporte, ¿estaré obligada a hacer algún tipo de declaración? ¿Si pero dependiendo de unos límites? ¿En qué preceptos de qué ley me he de fijar? Gracias.
Azahara, el límite para estar obligada a declarar por las rentas del ahorro es de 1.600 euros anuales, puedes consularlo en el articulo «Quien no está obligado a declarar«. Saludos
Hola Pilar.
Soy viudo pero con mi pareja actual (no estamos casados ni pareja de hecho) tengo dos niños de 5 y 8 años. Hasta ahora, yo, el padre, desgravaba el 100% por los niños. Ya que la madre no tenía rendimientos de trabajo y no estaba obligada a hacer la declaración. La manutención económica de los niños era por mi parte al 100% aunque no conviviera con ellos. Ahora Hacienda me reclama la cantidad ya que según dicen me corresponde desgravar el 50% y no el 100%. ¿Tengo alguna forma de recurrir?
Gracias de antemano.
Lo siento Asier, pero en este caso Hacienda tiene razón. Saludos
Hola tengo una hija mayor de 25 años bueno tiene 27 esta en Pamplona, estudiando música en el conservatorio superior, pero claro no trabaja de una que los trabajos estan mal y cuando le puede salir algo resulta que le fastidia el horario de la música y entonces no trabaja, esto era para saber si podemos reducirnos algo en la declaración de la renta,muchas gracias
Antonio, como habrás visto en el artículo sólo dan derecho a deducción los hijos menores de 25 años. Por tanto, te confirmo que no te puedes deducir nada por tu hija. Saludos
Hola¡
Abuela con pensión de viudedad que vive con su hija de 39 años y que no trabaja desde hace mas de 2 años.
Que deducciones puede realizar la abuela.
Gracias
Jose, los descendientes sólo se pueden deducir hasta que cumplen los 25 años, salvo que tengan una minusvalía igual o superior al 33%, en cuyo caso da igual la edad que tenga el hijo. Por tanto, si la hija no es minusválida la abuela/madre no puede deducir nada por convivir con ella y mantenera. Este es un caso muy corriente hoy día y que por desgracia no contempla la ley. 🙁
Hola, mi caso es el siguiente, tengo dos hijos mayores de 18 años al 31-12. El mayor ha percibidos rentas por valor de 6.000 euros con sus retenciones, el otro sin ingresos. Mi mujer percibio 800 euros en el 2011 y yo algo menos de 19.000. En mi renta del 2011 opte por deducirme a mis dos hijos y que el mayor no presentara declaracion para que me diera ese derecho a deducirmelo, ya que es mas favorable el resultado de la declaracion.
Mi sorpresa es que ahora hacienda me notifica y me hace una propuesta de liquidacion provisional y ME INCLUYE LAS RENTAS DE MI HIJO, que no presentó declaracion para poder tener derecho a la deduccion.
Quisiera que me asesorais sobre el asunto y si eso es legal o no. Leyendo en vuestra web entendí que los hijos mayores de 18 años con rentas inferiores a 8.000 euros, podian dar derecho a deduccion en la renta familiar si no presentaban renta individual y que sus ingresos NO SE SUMABAN.
Gracias por vuestro tiempo y dedicacion y por esta web que tantas dudas nos despeja.
Jose, si lo que dices es correcto no deberías aceptar la liquidación propuesta por Hacienda. Debes firmar en disconformidad y alegar que tu hijo al 31/12 era mayor de 18 y sus ingresos no se deben sumar a los tuyos por no formar parte de la unidad familiar. Si necesitas un mayor asesoramiento mira el apartado de consultas personales.
Muchas gracias por tu comentario me alegro de que te guste el blog y que te haya ayudado.
Hola,
En mi casa siempre he presentado yo la declaracion de mi madre y mi hermana.Siempre ha sido a devovler en ambos casos y aplicándose mi madre la deduccion(reduccion).El año pasado, al igual que siempre, confirmé el borrador de ambas.Este año en el borrador de mi madre ponia esto,
Recuerde: Si tiene hijos con rentas comprendidas entre 1.800 y 8.000 euros y presentan declaración de
IRPF, no podrá incluirlos en su borrador de declaración, por lo que perderá el derecho al mínimo por
descendientes.Con la mala suerte que ya había hecho la declaracion de mi hermana, una declaracion de 2600€, o sea, mínima. Total que la tiré para adelante, pensando que no le dirian nada.Pues bien,ahora nos envian una carta diciendo que el borrador esta mal por este motivo, pero es que dice que esta mal también el del 2010 cuando en la carta del borrador del 2010 no informaba de nada de ese cambio,porque hasta ahora lo había hecho siempre asi.Entonces,mi pregunta es, esta clausula que si me comunicaron este año, ya se aplicaba en la declaracion del 2010 o es nueva de este año?y si no me lo indicaron en la carta del borrador, me lo pueden exigir ahora?y despues de un año?Gracias
Angel, siento decirte que esa restricción ya estaba puesta de antes, no es nueva del 2011. El que Hacienda no te lo indicara claramente en el borrador no te exime del cumplimiento. Y por último, te confirmo que sí puede reclamartelo después de un año. Hacienda tiene 4 para reclamar las diferencias y revisar las declaraciones. Saludos
Hola,
Muchas gracias por tu ayuda y tu pronta respuesta.Me has sido de gran ayuda.Gracias de nuevo
esta es mi situacion, soy mayor de edad y estoy viviendo con mi pareja y con los padres de el. yo y mi pareja tenemos un hijo recien nacido, yo estudio pero el no trabaja y la verdad los que nos ayudan economicamente son los padres de el es decir mis suegros, pero aun no estamos casados estamos en tramites de casarnos pero eso aun demora, no se si se nos podria tratar a todos como unidad familiar junto con mis suegros .. o mi pareja mi hijo y yo somos unidad familiar aunque no estemos casados esque vamos a pedir una ayuda pero nos piden la declaracion de la renta, yo al estudiar no tengo ingresos y el no a hecho nunca la declaracion de la renta, he leido que al no estar casadados no somos unidad familiar.. la verdad no se que hacer si al pedir alguna ayuda me la denieguen por no poseer ingresos suficientes ya que me mantienen mis suegros. tendria que estar yo en su renta al vivir con ellos?? espero que me ayudes. gracias
Eva, precisamente las ayudas son para las personas como tú que no tenéis ingresos y además tienes un hijo a tu cargo. Solicita en Hacienda un certificado de no estar obligada a hacer renta o un certificado de tu nivel de renta y preséntalo para la solicitud de la ayuda. Ni tu pareja, ni sus padres forman unidad familiar contigo. Saludos.
hola, soy Hija mayor de 18 años y menor de 25 años y en septiembre 2012 voy a tener un hijo, estoy viviendo en casa de mis padres, queria saber si ya soy unidad independiente familiar al tener a mi hijo o todavia mis padres me incluyen a mi y a mi hijo en la unidad familiar.. yo no tengo ingresos y soy estudiante. podria hacer la declaracion de la renta sola yo y mi hijo.. esque queria pedir una ayuda economica para mi y mi hijo pero no se si aun dependo de la renta de mis padres para cualquier ayuda o prestacion.
espero que me puedas responder a mis dudas.
gracias
Hola Estefanía, los hijos mayores de 18 años ya no forman parte de la unidad familiar. Tú y dentro de poco tu hijo sois una unidad familiar independiente de tus padres. Eso no quiere decir que tus padres no puedan aplicar la deducción por ti y su nieto, si tú no tienes ingresos y convives con ellos. Además, no tiene porqué perjudicarte a la hora de pedir una ayuda, ya que tú no declaras las rentas de tus padres.
De nada, saludos
Saludos y gracias ante todo,
Mi mujer y yo hacemos declaraciones individuales y tenemos dos hijos de 18 y 20 años. El de 20 años ha percibido alrededor de 1200 euros por un trabajo veraniego.
De lo que he leído de la normativa y de los comentarios
1.- en caso de hacer declaración cualquiera de mis hijos, sería declaración individual.
2.- en cualquier caso nos podemos deducir cada uno de los conyuges padres el 50% de la deducción por hijos menores de 25 años que conviven con la familia (menos de 1800 euros de renta)
3.- si cualquiera de los hijos hace declaración, recuperará los intereses de cuentas y el irpf retenido del trabajo veraniego (el de 20 años)
4.- en el caso del de 20 años, aunque sea poco, vale la pena hacerla ya que ha tributado por el trabajo veraniego.
Estoy en lo cierto en lo que digo? el máximo de 1800 euros son importe bruto anual?
gracias por sus respuestas por anticipado.
Efectivamente Juan, veo que te has aprendido muy bien la lección!! Dado que trabajais los dos y las rentas las presentais individuales, la renta de tu hijo tambien debe ser individual y al no superar los 1.800 euros anuales, salís todos ganando. Vosotros os deducis a vuestros hijos y ellos recuperan sus retenciones!! Saludos
Buenas tardes Pilar,
Mi situación es la siguiente: estudiante de 22 años, con unos ingresos en 2011 por 2 becas distintas de un total de 6900 euros y una retenciones de 21 euros. Vivo con mis padres. ¿Lo más conveniente sería entonces no hacer yo la declaración individual y que mis padres se beneficien de la deducción, no? Entonces esto me lleva a otra pregunta, ¿cómo puedo averiguar si estoy obligado a hacer la declaración individual?
Un saludo y muchas gracias de verdad
Buenas tardes Carlos, efectivamente lo mejor es que no presentes tu declaración para que tus padres puedan seguir deduciendose por tí.
Para saber si estás obligado puedes leer el artículo ¿quien no está obligado a declarar? Pero te anticipo que, en tu caso, al no superar el límite de 11.200 euros (con dos pagadores) no lo estás, salvo que tengas alguna venta de acciones u otra cosa que te excluya de los límites generales.
Hola Pilar.
Agradeceria tu ayuda en la siguiente cuestión:
Hija de 23 años, convive con nosotros (sus padres), y en el 2011 obtuvo rentas de varios pagadores por valor de 9.680 €, la duda es si la puedo incluir en nuestra unidad familiar, ya que es aqui donde vive, y por tanto deducir por ella. Ó bien ella debe hacer su propia declaracion?
Muchisimas gracias por tu atencion
Carlos, si has leido el artículo, deberías saber que aparte de la convivencia, uno de los requisitos para poder deducirte a tu hija es que tenga menos de 8.000 euros. Por tanto, ya no la puedes incluir en su Renta por haber superado esa cantidad. Así que lo mejor es que presente ella su declaración o borrador y recupere sus retenciones. Saludos.
Hola, estoy divorciado y tengo un hijo con mi ex-esposa que convive con ella a la cual y por orden judicial le estoy pasando una cantidad por el chico.
Aparte de poner la cantidad que le paso a mi hijo en mi renta, ¿tengo que poner también su nombre (de mi hijo)? si es asi en que apartado del programa padre puedo poner dicho nombre? Muchas gracias.
José, si tu mujer tiene la custodia de tu hijo tu no puedes ponerlo en tu declaración, sólo puedes deducir la anualidad por alimentos que le pasas. Pero si tienes la custodia compartida, entonces si puedes ponerlo en el apartado de descendientes, poniendo en la vinculación que también convive con el otro progenitor, de esta forma te aplicará el 50% de la deducción por el hijo. Saludos
Hola,
Soy madre divorciada de una hija de 18 años desde Setiembre 2011. Mis dudas son las siguientes:
1. Es cierto que a partir del momento en que los hijos cumplen 18 años no se puede hacer declaración conjunta? y si es así, se podría hacer declaración conjunta hasta la fecha en que cumplen 18 años ?
2. La hija bajo mi custodia, sin existir pensión compensatoria , deduce al 100 % o al 50%?
Gracias de antemano
Pitusa, una vez que el hijo cumple los 18 años ya no se puede hacer renta conjuta con él, ni de parte del año.
Si tienes la custodia y no es compartida, la deducción es al 100%, cuando es compartida la deducción es al 50%.
hola tengo un niño nacido e 2011 su madre y yo no estamos casados y en estos momentos no vivimos juntos el niño vive con su madre la mayor parte del tiempo cuando haga mi declaracion tengo que incluirle y cuanto me corresponde mitad yo y mitad la madre gracias.
David, uno de los requisitos para poder deducirse al hijo es la conviviencia, por tanto si no estás conviviendo con ellos no te dará derecho a deducción. En el caso de que conviváis juntos la deducción será a la mitad. Saludos
A 31/12/2011 tengo una hija menor de edad (17 años) y otra con 22 años. Esta ultima ha tenido 4300€ de retribución 86€ de retenciones y 254€ de gastos, procedentes de tres pagadores distintos. Como debo hacer la declaración? Incluyo a las dos y la mayor no presenta declaración? Incluyo solo a la pequeña y la mayor declara? Debe ser la declaración conjunta a la fuerza? Se pueden presentar dos declaraciones individuales (declarante y cónyuge) incluyendo ambos a las dos hijas?
Emilio, la declaración puede ser conjunta o individual de los 2 padres, según te interese. Os podéis deducir a las 2 hijas (los dos) siempre y cuando la mayor no presente su borrador, ya que no está obligada y sus retenciones son muy bajas y no compensa que perdáis la deducción. Un saludo.
Buenas tardes,
Mi situación es la siguiente:
Tengo 24 años y comencé a trabajar en Octubre. Hasta finales de año he ganado 6297,51E y me han retenido 881,64. Creo no estar obligado a hacer la declaración, pero si la hago, me devuelven íntegramente lo retenido?
Mis padres se deducen algo más de 620euros por mí, que entiendo que si hago yo la declaración ellos pierden esa deducción?
Estoy tratando de averiguar si nos sale a cuenta que yo haga la declaración o no…
Muchas gracias de antemano, es fantastico poder contar con una asesora como Pilar en la web!
Saludos,
Miguel
Buenas tardes Miguel, tienes razón. En vuestro caso sale más beneficioso que tú presentes tu borrador, aunque tus padres pierdan el derecho a la deducción por tí en sus declaraciones, ya que es mayor la devolución que tú obtienes. Muchas gracias por tu comentario, me alegro de que te guste. Saludos.
Al hilo de este comentario, creo que estoy exactamente en la misma situacion, pero mis padres ya han cobrado de Hacienda. Que ocurre si ahora yo hago la declaracion? Como les quitan ese importe de la deduccion a mis padres?
Merci
Julen, lo mejor es que tus padres hagan una complementaria y rectifiquen su declaración, ya que si esperan a que Hacienda se lo reclame puede llevar sanción a parte del recargo correspondiente. Sin embargo, si rectifican ellos su declaración antes de que finalice la campaña de la Renta no tendrán ningún problema. Saludos.
Soy separado con un hijo de 18 años que convive conmigo al formar unidad familiar monoparental tengo derecho a hacer mi declaración conjunta o no puedo por ser mayor de edad.No tiene ingresos estudia,
Eliseo, en mi artículo dice claramente que la unidad familiar «Es la formada por el matrimonio y los hijos menores de edad. Y cuando no hay matrimonio, el padre o la madre y los hijos menores de edad«. Por tanto, NO puedes hacer la Renta conjunta con tu hijo de 18 años, puesto que ya no forma parte de la unidad familiar, aunque siga dándote derecho a deducción por no tener ingresos hasta los 25 años.
Gracias por tu respuesta
Buenas noches,
Mi situación es la siguiente. Tengo una hija nacida en 2011, estoy soltero, pero convivo y comparto hìpoteca con la madre de mi hija. Me parece que al no estar casado, y al no vivir en domicilio diferente a la madre de la niña no me puedo beneficiar de la deducción al realizar la declaración conjunta. Podría confirmarme si estoy en lo cierto?.
En tal caso, y dado que me planteo la declaración conjunta monoparental, dado que la madre de la niña no ha percibido ingresos durante el año 2011, tengo alguna alternativa para poder asignarme un mayor porcentaje por deducción por la niña?.
Por último, si no hay posibilidad, que más le da al estado de cara al tributación el que yo esté casado o lo deje de estar?. Es decir, porque no me permite beneficiarme de las mismas condiciones para tributar conjuntamente que si estuviese casado?.
Gracias y disculpa la extensión.
Un saludo.
Hola José, siento decirte que estás en lo cierto, al convivir los 2 padres juntos y no existir vínculo matrimonial no te puedes beneficiar de la reducción por tributación conjunta. Esto no tiene una explicación logica o yo no te la sé dar, pero es así de cruel y duro para los que no estás casados. De hecho, conozco parejas que se han tenido que casar (aunque sea por lo civil) por temas fiscales y para no tener problemas hereditarios, ya que en algunas comunidades, como la mía (Murcia) no están todavía reconocidas las perejas de hecho, ni hay un registro para ellos. Espero que poco a poco, esto vaya cambiando. Un saludo.
HOLA
MI SITUACION ES LA SIGUIENTE SOY PAREJA DE HECHO Y TENGO UN HIJO MAYOR DE EDAD Y DOS MENORES DE EDAD, EN LA DECLARACION DE ESTE AÑO ME DICEN QUE POR TENER UN HIJO MAYOR DE EDAD NO PUEDO HACER LA DECLARACION CONJUNTA.
NO ENTIENDO POR QUE NO PUEDO HACER LA DECLARACION CONJUNTA SI TENGO AUN DOS HIJOS MENORES DE EDAD A MI CARGO.
GRACIAS
Hola Ibelt, efectivamente si tienes 2 hijos menores de 18 años conviviendo contigo, puedes hacer la renta conjunta con ellos y seguir deduciendo al mayor si cumple los requisitos. Saludos.
Hola Pilar, a pesar de tanatas respuestas no encuentro la que me pueda servir, te explico:
Los hijos mayores de 18 años y menores de 25 años con rentas superiores a 8.000€ e inferiores a 12.000€ entiendo que no están obligados a declarar, mi pregunta es: se deben integrar en la unidad familiar y por lo tanto sumar a la renta familiar? o simplemente no aparecen ni en la unidad familiar ni en la renta individua?
Muchas gracias y saludos
Francisco, voy a pensar que no me he explicado bien en el articulo. En el artículo he escrito: «Hijo mayor de 18 años y menor de 25 años: No forman parte de la unidad familiar. Sus ingresos NO SE SUMAN nunca a los de la familia.»
Por tanto, sus ingresos NO los debes sumar en tu declaración, aunque la hagas conjunta o indivual.
Nota: el que un hijo esté obligado a declarar o no, depende no sólo del importe sino tambien del origen de las rentas. Por ejemplo, si tu hijo ha recibido una ayuda de emancipación superior a 1000 euros estará obligado a declarar.
Hola Pilar,
estoy divorciado legalmente y tengo 2 hijos (uno de 19 y otro de 22 años). Ambos son estudiantes y no trabajan. Los 2 vivían con su madre, y hasta mi declaración de rentas del 2010, incluía el dinero que le pasaba a mi ex-mujer por ambos.
Este año mi hijo mayor se vino a vivir conmigo. Está estudiando en la universidad y no trabaja, como ya te dije.
Tenía entendido que hasta los 25 años, si estudian, los hijos se pueden agregar en la declaración de rentas. Perdona mi desinformación al respecto, pero vine a España en el 2002 y los primeros años me hacían la declaración de rentas.
Quería que me dijeras si está bien incluirlo en mi declaración, en que casilla sería, y si aún puedo declarar el dinero que paso por el más pequeño (teniendo en cuenta que es mayor de edad).
Muchas gracias!!.
Hola Gustavo, efectivamente puedes deducirte a tu hijo de 22 años (hasta que cumpla los 25) que convive actualmente contigo y deducir la pensión alimenticia que le pasasas a tu hijo menor, aunque haya cumplido los 18. Saludos
Hola Pilar, enhorabuena por el artículo.
Una duda, si no cambia esto para la declaración de este año, por favor corrígeme si me equivoco: Si el 31/12/2012 ya tengo 25 años, no formo parte de la unidad familiar y mis padres no pueden deducirme, ¿es así?
Y otra, si apenas he obtenido rentas (menos de 1000 euros, de un concurso), ¿me interesa presentar declaración?
Muchísimas gracias. Un saludo.
Hola Manuel, muchas gracias, me alegro de que te haya gustado. Efectivamente, en la Renta del 2012 que se presenta en el 2013 ya no pueden tus padres deducirte.
En cuanto a la 2ª pregunta, te adelanto que, con toda seguridad, sí te interesa hacer la renta o solicitar tu borrador a Hacienda, ya que te devolverán las retenciones practicadas de las cuentas y del concurso y por lo menos te podrás permitir algún capricho 🙂 Saludos
Las ayudas para pagar el alquiler que reciben algunos jovenes en cataluña, se declaran? y como. Gracias.
Camilio, te confirmo que sí se declaran como ganancias de patrimonio en la Renta en la casilla 312 de la declaración. Saludos.
Hola Pilar,nos ha ocurrido el siguiente caso:
Hijo de 21 años que ha recibido un ingreso de 50 € por actividades económicas no aparece en el borrador de la declaración.Además él recibió unos 2400 € anuales por rentas del trabajo.
Le obliga esto a presentar declaración de la renta y por tanto no deduce en la nuestra?
Un saludo y gracias.
Efectivamente Verónica. Salvo que los 50€ sean de dar algún curso o conferencia, está obligado a declarar y ya no lo puedes poner en la renta. Un saludo.
Con ingresos mayores de 1.800 pero menor de 8.000 €: Si no presenta renta individual da derecho a deducción, pero si la presenta (por estar obligado) los padres pierden el derecho a la deducción. A que deduccion se refiere y/o como se refleja esto en el programa PADRE
Hola Camilo, me refiero al mínimo por descendiente que se resta de la Base Imponible de la Renta. Esta deducción o más bien reducción, la aplica el programa PADRE de forma automática cuando se introducen los hijos. Un saludo.
Hola Pilar!
Me llamos Anna y me gustaria haber si me pudieras aclarar este caso:
Yo estoy viviendo con mi pareja (no estamos casados) y nuestro hijo de 12 años en la misma vivienda. Cada uno hace su renta y este año nos sale mas a cuenta que se deduzca el hijo mi pareja el 100 % y yo nada. Nuestra pregunta es si lo podemos hacer, es legal?
gracas!!
Anna, eso no se puede hacer. Al convivir los dos con vuestro hijo os corresponde la deducción al 50%. No es una opción a tomar. El hijo sólo lo puede deducir uno de los padres al 100% cuando no conviven juntos, están separados o divorciados y no tienen la tutela compartida o es una madre viuda o soltera que vive sin su pareja.
Por tanto, debes poner que es «hijo del declarante y que convive tambien con el otro progenitor», para que la deducción sea compartida. De lo contrario estará mal aplicado y te pueden sancionar por ello. Saludos.
Buenos días,
Mi pregunta es la siguiente:
Tengo dos hijos, uno de 19 y otro de 21 años, los dos han tenido ingresos pero inferiores a 8000 €, uno de ellos menor de 1.800 €. Entonces, sino lo he entendido mal, los dos los puedo deducir y el de menor de 1.800 puede hacer la declaración suya porque le devuelven dinero. Ea así???
Muchas gracias.
Efectivamente Petry, es así siempre y cuando el hijo que tiene ingresos mayores de 1.800 no esté obligado a declarar.
Por ejemplo, si tuviera 1.690€ de rendimientos de cuentas y plazos fijos y el resto del trabajo, estaría obligado a hacer renta por superar el límite de las rentas del ahorro. Por eso te recomiendo también que leas el artículo «Quien no está obligado a declarar» Pues, si estuviera obligado, ya no podrías deducírtelo. Saludos.
Hola Pilar!!
Todos los ingresos son por rentas del trabajo, osea que ya lo tengo claro.
Muchas gracias por tu ayuda.
Hola, fantastico sitio encontrado, gracias.
Sigo a vueltas con los ingresos de los hijos de 18 a 25 años que no estan obligados a declarar y por tanto forman parte de la unidad ¿se deben sumar los ingresos y retenciones a los de la unidad en declaracion conjunta? mihijo de 18 ganó 1.100€ y mi hija de 21 3.800€.
Gracias, saludos.
Pere, ¿te has leido mi artículo? Te copio el párrafo en cuestión: «Y no hay que olvidar que los hijos mayores de 18 años no forman parte de la unidad familiar, son unidad familiar independiente y sus ingresos no se suman al del resto de la familia. Por tanto, si están obligados a declarar lo harán siempre de forma individual«.
Según eso, los ingresos de tus hijos no los debes sumar a los tuyos aunque hagas la renta conjunta, ellos deben presentar su renta para que les devuelvan el exceso de las retenciones que les hayan practicado. Sin embargo, si tu hija presentara la renta o el borrador, tu mujer y tú perdeis el derecho a dedicirla en vuestra renta. Mira en el artículo los requisitos para la deducción del hijo.
Un saludo.
hola, tengo dos hijas gemelas y yo declaro una y mi marido otra. mi pregunta es si en el resumen de hijos debo poner las dos o solo una, o si tengo que poner que tengo dos hijas y en la vinculacion algo especial?
Ana, estás declarando mál a tus hijas. Mira la respueta de ANNA. Saludos
Hola pilar ,mi hija es menor de 25 años y sus rentas han sido de 6000 , me interesaria ponerla en mi declaracion , pero tengo una duda , el 27 de julio de 2010 se empadrono en otro domicilio ya que vivia con su novio en un piso de alquiler solo los fines de semana pero estubo siete meses en mi domicilio , puedo ponerla o al estar empadronada en otro domicilio no . actualmente vuelve a estar empadronada en mi domicilio. un saludo , gracias.
Hola José, uno de los requisitos para deducir a los hijos es la convivencia, por tanto efectivamente podrías tener problemas al no haber convivido contigo todo el año. Saludos.
Buenas tardes Pilar, estoy en un caso similar, hija menos de 25 años con ingresos inferiores a 8.000 €. No entiendo esta frase «pero si la presenta (por estar obligado) los padres pierden el derecho a la deducción».
En mi caso realizo siempre declaracion conjunta y pensaba deducirme a mi hija no incorporando los ingresos de ella en mi declaracion. Mi intencion era no presentar declaracion individual por ella, pero el termino «por estar obligado» me confunde.
Muchas gracias por adelantado y un saludo.
Hola Fernando, para saber si tu hija está obligada a presentar la renta te recomiendo que leas el artículo «Quien no está obligado a declarar«. Si tu hija supera alguno de los límites establecidos por la normativa (mira el artículo comentado) o tiene rentas de actividades económicas, por ejemplo, estaría obligada a presentar renta, y si dichas rentas son mayores de 1.800€ no podrías deducirla.
Espero haberlo aclarado mejor. Un saludo.
Hola Pilar. En el siguiente caso que ocurre?: Hijo mayor de 18 y menor de 25 que convive en el domicilio familar con rentas inferiores a 1800 euros durante 2010.
En teoria ese hijo desgrava y no se suman sus ingresos, es correcto?
Según el borrador que le han enviado le sale negativa por 35 euros.
Grácias por tu respuesta. Un saludo.
Hola Vicenç, efectivamente deduce, sus rentas no se suman y puede confirmar su borrador para recuperar sus 35€.
No hay que regalar el dinero a Hacienda, aunque Hacienda seamos todo, hay que pagar lo justo pero no más. 😉
Pues mi duda estriba en si se refiere a cada uno de los hijos con ingresos menores de 8000 € o por el contrario se han de sumar los ingresos de todos los hijos y esta suma ha de ser inferior a los 8000 €.
Por ejemplo, tengo dos hijos mayores de edad, pero menores de 25 años, que entre los dos suman 9200 €, pero que nnguno sobrepasa de los 8000 €.
Gracias
Hola Manuel, los ingresos a tener en cuenta son individuales de cada uno, no se suman. Saludos
Hola Pilar, estoy encantadísima con tu página.
Creo haber entendido la teoría, ahora falta ponerla en el programa PADRE, mi duda creo que no la he leido en tu blog, es sobre parejas que no están casadas pero tienen hijos en común.
Ejemplo: padre, madre y hijo 6 años y hijo 20, en principio sin rentas superiores a 8.000 euros, ni presentan declaración los hijos.
Deciden hacer declaración conjunta madre e hijos, e individual el padre.
La declaración conjunta en el PADRE la tengo clara,pero ¿y la individual del padre? cuando hace su declaración en el prograga PADRE para hacerla individual ¿tiene que poner que tiene hijos ó se pone él solo? no forma unidad familiar con el niño de 6, pero ¿tiene derecho a mínimo por descendiente?
Qué lío tengo!!!!
Muchas gracias!
Hola Mar, si los hijos son comunes a la pareja actual, es decir los hijos conviven con los dos padres, los dos tenéis derecho a ponerlos en la Renta. En el programa PADRE debéis indicar en los 2 hijos (el de 6 y el de 20 años – los dos dan derecho a deducción) la «vinculación» = D (Hijos del declarante si también conviven con el otro progenitor) y en «otras situaciones» = 3 (Hijo del declarante que convive con el otro progenitor sin matrimonio entre los padres). De esta forma la deducción de los hijos se aplica al 50%.
Si te das cuenta, al ponerlo así en las dos declaraciones, no cambia la tributación al cambiar de individual a conjunta. Esto es así, porque la reducción por conjunta no se aplica en estos casos.
Espero haberte aclarado. Muchas gracias a tí por tu comentario. Un saludo.
Muchas gracias! entonces creo que lo había entendido mal en un principio, porque pensaba que si yo la hacía conjunta con mis hijos tenía derecho al mínimo por tributación conjunta y al 50 por ciento del mínimo por descendiente y mi pareja el otro 50 por ciento por descendiente.
Parece que me había hecho un lío con algo simple. Me autorespondo a ver si estoy en lo cierto:
Metería los datos del hijo mayor de 18 y menor de 25 en el apartado «Hijos integrantes de la unidad familiar que no hayan percibido rentas y OTROS DESCENDIENTES CON DERECHO AL MÍNIMO POR TAL CONCEPTO».
Una vez cumplimentado esto me saldría añadida automáticamente una nueva cuantía en el mínimo por descendiente. ¿Estoy en lo cierto? Gracias de nuevo Pilar
Joaquín, no puedes ponerlo ahí. En ese apartado se ponen los hijos que no presentan renta o la presentan con ingresos inferiores a 1.800€ y, según has comentado, tu hijo tiene mas de 1.800 y está obligado.
De hecho en la ventana donde se introducen los datos del hijo pone: «No deberán relacionarse en este apartado los descendientes que perciban rentas anuales superiores a 8.000 euros, o que presenten declaración con rentas superiores a 1.800 euros.»
Por tanto, no debes introducir ni a tu hijo, ni sus ingresos, en tu declaración en ningún apartado. Debe hacer el su Renta o Borrador por separado.
Hola Pilar, me gustaría que explicaras un poco más en profundidad el siguiente caso:
Hijo mayor de 18 años y menor de 25 años:
Con ingresos mayores de 1.800 pero menor de 8.000 €: Si no presenta renta individual da derecho a deducción, pero si la presenta (por estar obligado) los padres pierden el derecho a la deducción.
¿Cómo tendría que reflejar esta situación en el programa PADRE? ¿Dónde tendría que meter los rendimientos del hijo menor de 25 años?
Gracias por tu atención
Hola Joaquín, los hijos mayores de 18 años son unidad familiar independiente. Esto quiere decir que sus ingresos los declara él de forma individual y no puedes meterlo en tu Renta. Tienes que solicitarle su Borrador o hacerle su Renta individual aparte. No puedes reflejarlo en el programa PADRE en tu Renta. De nada, saludos.
Genial la respuesta. No te da opción a preguntar nada más. Queda clarisimo. Muchas gracias.
Gracias a tí Ana por dejarnos tu opinión.