Ya ha tenéis disponible el calendario fiscal de la Agencia Tributaria para el año 2011. Pincha aquí para su descarga: Calendario Fiscal 2011
Haciendo eco de la recomendación de Calendario Fiscal 2011, a parte de comprobar los vencimientos de los plazos para presentar los modelos, es interesante que leáis la primera página, donde viene un resumen de las principales novedades de las declaraciones de este año; así como las dos últimas páginas del calendario, donde explica los plazos para presentar las declaraciones no periódicas, como el modelo 030 del cambio de domicilio; declaraciones censales, para el alta o variaciones en los regímenes de autónomo; y las declaraciones de no residentes que ya hemos comentado en el post “Novedades en las declaraciones de no residentes«.
Últimos días para presentar los modelos de ENERO 2011
Día 15: Finaliza el plazo para presentar los modelos de retenciones con domiciliación del pago. Modelos 110, 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 216.
Día 25: Finaliza el plazo para presentar los modelos de IVA y pagos a cuenta del IRPF con domiciliación del pago. Modelos 130, 131 y 303.
Tomemos buena nota y ¡anticipémonos! para no tener agobios, como recomendaba el otro día un lector. Es mejor presentar las declaraciones a pagar, con tiempo suficiente y domiciliar el pago para que el cargo nos llegue el último día, sin tener que estar nosotros pendientes de ello.
Para los que no domicilien el pago o la declaración sea negativa o cero los plazos son:
Día 20: Finaliza el plazo para todas las declaraciones de retenciones de personal, alquileres, de las retenciones de los pagos de los dividendos de las empresas, etc. Modelos 110, 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 216. Así como sus respectivos resúmenes anuales si se presentan en papel.
Día 31: Finaliza el plazo para presentar los pagos fraccionados del IRPF, IVA y las declaraciones informativas.
Novedades más significativas que conviene saber
En uno de mis primeros artículos ya advertí del «mayor control» que hacienda va a tener a través de los bancos por las nuevas obligaciones de comunicar tanto las operaciones realizadas con tarjetas de crédito como las entradas y salidas de efectivo superiores a 3.000 euros. Estos modelos (170 y 171) se presentarán por primera vez del 1 al 31 de marzo.
Así mismo, este año se presenta por vez primera durante el mes de febrero, el modelo 159 “Declaración anual de consumo de energía eléctrica”. Esta declaración la presentan las compañías comercializadoras de los suministros de energía eléctrica y en ella proporcionan información relativa a la identificación de los titulares de los contratos de suministro, así como la referencia catastral del inmueble y su localización. Así que ¡MUCHO OJO CON OCULTAR RENTAS DE INMUEBLES ARRENDADOS! pues ahora no se escapa “ni el gato”.
Además, un consejo muy importante que no debéis olvidar nunca es que, la reducción del 100% por el arrendamiento de alquileres a jóvenes y la reducción del 50% (60% a partir del 01/01/2011) SÓLO se aplica para los «rendimientos DECLARADOS». Esto quiere decir, que si NO se declaran y “afloran” en una revisión de la Renta habremos perdido ese beneficio fiscal y no podremos aplicarlo, debiendo tributar por toda la renta sin reducción. Luego no digáis que no estáis advertidos.
Y como última novedad que ya comenté en el artículo de “Novedades en las declaraciones de no residentes” se eliminan los modelos 212 y 215 a partir del 2011, permaneciendo el 210, como único modelo de autoliquidación para las rentas obtenidas en España sin establecimiento permanente para los devengos producidos a partir de 1 de enero de 2011, manteniéndose para los devengos anteriores.
La Agencia Tributaria está impartiendo charlas informativas desde finales de año para divulgar y dar a conocer estas novedades y otras sobre el contenido de los modelos y las notificaciones electrónicas. Los que estéis interesados en asistir podéis ver el enlace de su pagina aquí con la programación por las distintas ciudades principales.
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Un saludo.