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    Asesoría Fiscal Online » MODIFICAR LAS DECLARACIONES INFORMATIVAS
    Obligaciones fiscales

    MODIFICAR LAS DECLARACIONES INFORMATIVAS

    Actualizado:8 septiembre, 20114 comentarios

    Nos queda una semana para terminar de presentar las declaraciones informativas y después sólo nos faltará el Modelo 347, que presentaremos en el mes de marzo.

    Estos días todos los asesores vamos de “cabeza”, como siempre que se acerca la finalización de un plazo de declaración. Pero el mes de enero es peor, porque antes de hacer las últimas declaraciones del año, de IVA y retenciones, debemos comprobar que todo esté perfecto y cuadrado.

    La contabilidad y las declaraciones deben ir siempre en paralelo, manteniendo la coherencia, ya que se soportan una sobre la otra. Y a pesar de todo el esfuerzo que ponemos en que las declaraciones salgan perfectas, a veces detectamos errores una vez presentada la declaración. Pero gracias a la facilidad que nos presenta hoy día la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria podemos modificar cualquier declaración informativa presentada, menos el Modelo 390 Resumen Anual del IVA, que no entra dentro de esta gama de declaraciones y cuya modificación se debe hacer mediante la presentación de una declaración sustitutiva.

     Declaraciones informativas 2010

    Así pues, en la sesión informativa de la Agencia Tributaria que impartieron en Murcia la semana pasada, Joaquín Molina y Fernando Rodríguez, nos adelantaron algunas de las mejoras introducidas para la Campaña de Declaraciones Informativas 2010 (las que estamos presentando este mes de enero 2011), destacando entre ellas las siguientes:

    –          Posibilidad de dar de baja un registro.

    Ej. Imaginar que en el 347 declaramos un registro de un proveedor y nos damos cuenta de que está mal, pues el contable mecanizó mal la factura y al corregir el importe, el total anual no supera los 3.000 euros y no hay que declararlo. Antes no podíamos borrar el registro del modelo 347 y ahora sí podemos. 🙂

    –          Posibilidad de modificar la hoja de resumen de la declaración.

    Ej. Si modificamos el importe de un declarado, ahora podemos modificar también el total declarado en la hoja Resumen. Antes sin embargo, cuando se modificaba un registro declarado, dejábamos el resumen de la declaración anual (la carátula) descuadrada con el detalle presentado.

    Os dejo el enlace a la presentación comentada para los que queráis descargarla. Informativas 2010 – AEAT

    Si te ha gustado esta entrada no olvides compartirla y déjanos tus consejos o dudas que seguro que a todos nos ayudan y enriquecen.

    Un saludo.

    Declaraciones Obligaciones formales
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    PILAR
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    Soy Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Murcia. Auditora inscrita el el ROAC. Master en Contabilidad y Auditoría de Cuentas por el Instituto Universitario de Gestión Empresarial de la Universidad de Valencia. Master en Asesoría Fiscal por la Fundación Universidad Empresa de Murcia. He trabajo más de diez años en una de las seis primeras firmas de Auditoria y Asesoramiento Legal y Fiscal españolas. hasta que me incorporé en 2001 al departamento fiscal de una entidad financiera y, tras varias fusiones bancarias, desde noviembre de 2021 vuelvo a dedicarme en exclusiva a este pequeño proyecto que comencé en 2010 y que se ha convertido en mi pasión.

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    4 comentarios

    1. Belén Ruiz on 3 abril, 2018 14:17

      Buenos días
      Al revisar el modelo 390 recién presentado veo que no se ha rellenado la casilla 95 con los pagos efectuados a lo largo del año por lo que no cuadra el resultado…. aunque los pagos realizados son correctos. Entiendo que he de hacer una sustitutiva pero mi duda es si lleva sanción aunque no suponga perjuicio económico
      Gracias

      Responder
      • Pilar on 3 abril, 2018 21:39

        No deberían sancionarte al rectificar la declaración sin requerimiento. La sanción te la pondrán si Hacienda detecta el error y no lo has corregido.

        Responder
    2. Bartolomé Borrego Zabala on 25 enero, 2011 10:18

      Hola Pilar;
      Por si te interesa, te incluyo a continuación 3 monográficos que escribí sobre las Novedades en Informativas 2010 (http://bit.ly/eSY6G2, http://bit.ly/h3OQ3T, http://bit.ly/fX5REG), así como las presentaciones que la AEAT en Andalucía preparamos para difusión, una sobre las novedades en materia de Gestión (http://slidesha.re/efMLH9), otra sobre novedades informáticas (http://slidesha.re/i4XtSo) y otra sobre notificaciones electrónicas obligatorias (http://slidesha.re/hEExxn)
      Saludos

      Responder
      • PMJ on 26 enero, 2011 18:35

        Bartolomé, muchas gracias por tus aportaciones. Un saludo.

        Responder
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