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    Asesoría Fiscal Online » VOY A VENDER UN PISO ¿CUÁNTO TENGO QUE PAGAR?
    Ganancias y pérdidas

    VOY A VENDER UN PISO ¿CUÁNTO TENGO QUE PAGAR?

    Actualizado:2 julio, 202426 comentarios

    Cuando vamos a vender una vivienda, lo normal es que nos interese anticipar los cálculos del impuesto que vamos a pagar, con fin de saber cuanto dinero tenemos que reservar para el fisco o incluso para elevar el valor de la venta y “repercutir” así dicho coste al comprador.

    El simulador de la Renta  que nos facilita Hacienda, no calcula la ganancia. Por tanto, tenemos 4 opciones a elegir:

    1.- Aprender a calcularlo.

    calculos sencillosVer mi artículo “3 Pasos para calcular cuanto pagar por la venta de la vivienda”.

    2.- Descargar la plantilla de “andar por casa” que he diseñado en una Excel muy sencilla.

    plantilla de excelVer el post “Plantillas para calcular el impuesto por la venta de un inmueble”.

    3.- Descargar el programa Padre de la campaña de la Renta anterior.

    agencia tributariaPulsa aquí para la descarga del Programa Padre  

    El problema es que actualmente, el programa que está disponible es el del 2009 y hasta final de abril no estará disponible el programa para la Renta del 2010 que tenemos que presentar este año y mucho menos el de la Renta del 2011. Por tanto, esto nos dará un cálculo mucho menos aproximado, ya que los coeficientes de actualización  que estaremos usando no son los correctos, ni tampoco los tipos impositivos de las ganancias de patrimonio, que cambiaron a partir del 1 de enero del 2010. Ver “Novedades de Renta 2010”

    4.- Acudir a un asesor

    asesor fiscalEsta última opción, aunque parezca más cara, a veces nos puede ahorrar dinero y disgustos, pues no sólo nos hará los cálculos sino que nos podrá dar unos cuantos consejos profesionales.

     

     

     

    ¿Y tú qué opción prefieres? Déjanos tu opinión, sugerencias y comentarios, que seguro resultan de gran utilidad para todos y no olvides compartir esta entrada si te ha gustado.

    Un saludo.

    Imágenes de: http://www.canstockphoto.es/

    Plantilla Simulador Renta Venta inmueble
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    PILAR
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    Soy Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Murcia. Auditora inscrita el el ROAC. Master en Contabilidad y Auditoría de Cuentas por el Instituto Universitario de Gestión Empresarial de la Universidad de Valencia. Master en Asesoría Fiscal por la Fundación Universidad Empresa de Murcia. He trabajo más de diez años en una de las seis primeras firmas de Auditoria y Asesoramiento Legal y Fiscal españolas. hasta que me incorporé en 2001 al departamento fiscal de una entidad financiera y, tras varias fusiones bancarias, desde noviembre de 2021 vuelvo a dedicarme en exclusiva a este pequeño proyecto que comencé en 2010 y que se ha convertido en mi pasión.

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    26 comentarios

    1. Mercedes on 16 octubre, 2016 20:04

      quiero vender mi piso en ,..160.000 euros tengo ,42 años y un contrato de ,4 horas que misnuvalia tendria que pagar sobre este precio,..Muchas gracias

      Responder
      • PILAR on 5 noviembre, 2016 20:08

        Mercedes, con los datos que das es imposible darte una respuesta. Te aconsejo que uses mi plantilla de la zona de «descargas» y si necesitas ayuda mira el apartado de consultas personales y solicita presupuesto.
        Saludos

        Responder
    2. fernando on 10 octubre, 2014 12:21

      hola tengo 65 años y quiero vender mi casa en madrid con mas de 30 años para comprar otro en la playa tengo que pagar algo muchas gracias

      Responder
      • PILAR on 10 octubre, 2014 21:54

        Fernando si la casa que vende es su vivienda habitual, no tiene que pagar nada en la Renta (está exenta), sólo pagará la plusvalía municipal.
        Pero si no es tu vivienda habitual, entonces le aconsejo que lea el artículo «Si tienes más de 65 años ahorra impuestos reinvirtiendo en rentas vitalicias» y también puedes escuchar mi tertulia de La Edad de Oro donde hable precisamente de este tema.
        Saludos

        Responder
    3. manuel on 17 mayo, 2013 10:10

      hola tengo mas de 65 año, este año pasado vendi mi casa habitual, tengo que pagarle a hacienda

      Responder
      • PILAR on 18 septiembre, 2013 1:59

        Manuel al tener más de 65 años y ser tu vivienda habitual no tienes que pagar nada en la Renta, está exenta. Pero no te olvides de pagar la plusvalía en el Ayuntamiento, de esa no te libras.

        Responder
    4. Alba on 18 enero, 2013 15:39

      Hola, amigos! Encontré un portal genial para vender un inmueble a los rusos: Inmobiliaria “España rusa”, que compran un montón ultimamente, mi amiga así vendió su piso muy rápido, además anuncios son gratuitos, se traducen en 3 lenguas, aprovéchadlo, chicos)

      Responder
      • ANNA on 14 febrero, 2013 12:15

        Gracias Alba.
        Me es de mucha ayuda, ya que estoy interesada en vender mi piso de la costa brava, rapidamente.

        Responder
    5. Juanjo Luna on 9 febrero, 2012 9:49

      Hola Pilar:
      Felicidades por tu web, especialmente por la plantilla.
      A ver si puedes ayudarme con mi situación. Soy misionero y me voy a marchar al extranjero, de modo que tengo que vender mi vivienda actual.
      El valor de compra (1998) escriturado es de 36.000 € eDado que realicé ampliaciones de hipoteca para reformas, … la cantidad pendiente de hipoteca es de 141.000 €.
      ¿por cuanto tengo que venderla añadiendo todos los gastos para que no pierda dinero? La operación es en Valencia

      Muchísimas gracias por tu ayuda

      Responder
      • Juanjo Luna on 9 febrero, 2012 11:24

        Se mo olvidó comentar que soy familia numerosa especial.

        Responder
      • PILAR on 11 febrero, 2012 0:16

        Juanjo, el valor de venta tendrás que verlo según estén los pisos de tu zona. Una vez sepas el pricio del metro cuadrado podrás ver hasta donde puedes pedir y si te compensa los gastos que has tenido y que tendrás por la venta. Tambien puedes pedir una tasación o una valoración a la Generalitat Valenciana para que sepas los márgenes entre los que puedes mover, aunque el precio final lo decides tú.
        Te deseo mucha suerte en tu nuevo destino. Un saludo.

        Responder
    6. Hector on 29 enero, 2012 20:08

      Buenas, mi amdre queire vender su casa que hace 22 años que la tenemos y el precio pued eser de 200.000 € (mas o menos). Me comentan dos temas, el primero que si es mayor de 65 años no tendra que pagar tanto y el segun que si la csa supera 20 años tampoco.Es realmente verdad. Y cuanto deberia pagar

      Responder
      • PILAR on 8 febrero, 2012 1:46

        Hector, si tu madre tiene más de 65 años y la casa que vende es su vivienda no tiene que pagar nada en renta, ni declararla. Está exenta la ganancia obtenida.

        Responder
    7. raúl on 27 enero, 2012 14:07

      Hola Pilar, me gustaría realizarte la siguiente consulta.
      He vendido mi piso que tenía en Barcelona por 160.000 € y lo compré por 162.273 € en el año 2000, la plusvalía ya sé que es un pico, pero mep reocupa lo que tenga que pagar a hacienda, muchas gracias.

      Responder
    8. Laura on 28 mayo, 2011 6:11

      Hola pilar!

      Quiero poner mi piso a la venta y me gustaria saber que gastos vamos a tener.
      Tengo que pagar plusvalis si el precio de venta es inferior al precio de compra.
      Daremos gracias si con la venta nos llega para cancelar la hipoteca! y no vamos a invertir en otra vivienda.
      Tenemos que pagar a hacienda?
      Gracias de antemano,

      Laura

      Me encanta tu blog!!! 🙂

      Responder
    9. Sole on 27 mayo, 2011 17:54

      Hola Pilar, acabo de descubrir tu blog y me encanta. llevo todo el dia leyendolo y opasaré así unos cuantos días más porque me gusta mucho el tipo de respuestas que das, bastante mas simplificadas y fáciles de entender que las de cualquier gestor.

      tengo una pregunta para ti, vendí mi piso en el 2010 y quisiera saber si los dos años que tengo para la reinversión en vivienda habitual son naturales o fiscales? vamos que si son dos años exactos a partir de la venta o dos ejercicios fiscales?

      por otro lado, si al final no compro nada en esos dos años ¿tengo algúna penalización además del pago de impuestos por el incremento patrimonial?

      muchas gracias anticipadas, no sé como das abasto a tantas preguntas…

      Responder
    10. Jorge on 25 mayo, 2011 8:59

      Hola Pilar.

      En primer lugar felicitarte por la información gratuita que compartes.

      A ver si me puedes ayudar que toy un poco confuso.

      El año pasado hemos tenido la suerte de poder vender 2 inmuebles.

      1.- A nombre de mi mujer 100% propietaria. Las dudas a con esta venta son:¿Debe marcar Elementos NO AFECTOS a actividades económicas? (no estaba en alquiler ni nada, estaba para uso nuestro, pero NO primera vivienda). Segunda duda, en la compra ya que hicimos uso de hipoteca, puedo indicar como gastos: Notaría, Actos jurídicos, registro y GASTOS GESTORIA BANCO¿?. Además, gastos de apertura de préstamos etc no entran verdad?

      2.- Vivienda proviniente de herencia a mi nombre con 33% de titularidad. ¿Cömo indico que soy titular del 33%? Sería del valor de compra y de venta indicar sólo el 33% del valor total¿?

      Muchas gracias por anticipado.

      Un saludo

      Jorge

      Responder
      • PILAR on 26 mayo, 2011 0:35

        Hola Jorge, gracias por tu felicitación. La verdad es que no sé cuanto tiempo aguantaré haciendo esto de forma gratuita si no encuentro patrocinador …
        Contestando a tus preguntas:
        1.- Debes declararlo poniendo en el «Tipo de elemento patrimonial» 1.- Inmueble y derechos reales sobre inmuebles» e indicar la referencia catastral del piso.
        2.- Debes calcular el 33% de los importes, no hay campo para informar el % de titularidad del inmueble vendido.
        De nada. Saludos.

        Responder
    11. Ana on 1 abril, 2011 20:27

      Buenas tardes
      ¿Es lo mismo cuaderno particional, que escritura de adjudicación de herencia?
      Por herencia de mis padres, voy a adquirir dos pisos, uno es mi vivienda habitual. Los dos los quiero vender y comprar otros. Uno será mi vivenda habitual y el otro segunda residencia en otra ciudad. ¿Puedo pedir al notario que en la escritura de adjudicación de herencia conste que los pisos que heredo van a ser vendidos?
      ¿La deducción por reinversión en vivienda habitual si el piso que se adquiere es de segunda mano, incluye los gastos en rehabilitación de la misma?.
      Saludos cordiales

      Responder
      • PMJ on 2 abril, 2011 0:30

        Hola Ana, respondiendo a tus preguntas:
        – Yo creo que la diferencia entre el cuaderno paticional y la escritura de herencia es que esta última está elevada público. De todos modos yo no soy abogada y esto es mejor que lo veas con un abogado o con el propio notario.
        – En la escritura adjudicación de herencia no hace falta que pongas el destino de los inmuebles, salvo que ya tengas comprador y quieras hacer la adjudicación y venta en la misma escritura, ahorrándote así gastos de notario y registro.
        – En cuanto a tu última pregunta, la norma sólo deja exenta la parte proporcional de la gancia del dinero que se reinvierte en adquisición, pero no habla de rehabilitación. Por tanto, no creo que puedas beneficiarte por la reinversión en gastos para rehabilitación.
        Un saludo.

        Responder
        • Ana on 2 abril, 2011 12:52

          Muchas gracias por la ayuda

          Responder
    12. Toni on 1 marzo, 2011 21:21

      Muy agradecido una vez más por la información.

      Responder
    13. Toni on 28 febrero, 2011 19:16

      Muy útil toda la información, gracias Pilar por ponerla a disposición de todo el mundo.
      Te agradeceré que me aclares una duda. En mi caso la vivienda que el pasado año vendí la había recibido por donación años antes, y quería estar seguro de si el funcionamiento de cálculo es el mismo que si se tratara de una compra.
      Muchas gracias de nuevo y un saludo.

      Responder
      • PMJ on 28 febrero, 2011 23:13

        Hola Toni: efectivamente el cálculo es el mismo. Sólo debes tener en cuenta que, en donde me refiero al valor de compra, debes poner el valor declarado en el Impuesto de donaciones y, como fecha de compra, la fecha de la escritura de donación. Además no olvides sumar los impuestos que pagaste por la donación y los gastos de la notaría y el registro.
        De nada. Un placer ayudar. Un saludo.

        Responder
    14. Yolanda on 15 febrero, 2011 16:34

      Gracias por esta aportacion tan valida por su sencillez y usabilidad gracias a la plantilla de Excel.

      En consonancia con los intereses comunes que tenemos en el ámbito fiscal y contable para las empresas, os invito a conocer mi blog:

      http://tuasesortic.blogspot.com/ que versa sobre ayudas tic en el día a día del departamento contable y administrativo en la empresa.

      Asi mismo tomo nota de vuestro blog y lo añado al mio si no hay inconveniente.

      Atentamente,
      Yolanda

      Responder
      • PMJ on 15 febrero, 2011 23:17

        Yolanda: Muchas gracias, me alegro que le haya gustado. Y por supuesto que no hay inconveniente en que lo añada y ponga un enlace a la página o artículo que quiera en su blog. El vuestro también es muy interesante y lo voy a añadir al apartado de «Blogs de expertos». Un saludo.

        Responder
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