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    Asesoría Fiscal Online » NOVEDADES DE LA DEDUCCIÓN POR VIVIENDA EN 2011
    Deducciones IRPF

    NOVEDADES DE LA DEDUCCIÓN POR VIVIENDA EN 2011

    Actualizado:26 junio, 20245 comentarios

    Después de tantos quebraderos de cabeza como nos ha dado la deducción por vivienda en el 2011 con el régimen transitorio y la eliminación de la deducción para los que ganaban más de 24.000 euros, ahora vuelve de nuevo con efectos desde el 1 de enero de 2011 prácticamente igual que estaba.

    deducción por vivienda

    ¿Cuánto puedo deducir por vivienda en el 2011 y 2012?

    El máximo de la base de deducción por vivienda a partir del 1 de enero de 2011 pasa a ser de 9.040 euros (antes 9.015).

    Ya sé que no es para hacer palmas el aumento de 25 euros en la base de deducción, pero si es para echar cohetes el hecho de que hayan eliminado el límite de la base imponible que había puesto el Sr. Rodríguez Zapatero.

    Por tanto, desde el 1 de enero de 2011 todo el mundo puede volver a deducir por compra de vivienda y por aportaciones a cuenta vivienda con independencia del nivel de renta y de la fecha de adquisición.

    Lo malo de esto, es la cara de tontos (por no decir otra cosa) que se nos ha quedado a algunos después de estar todo el año 2011 (la norma se publicó el día 31/12/2011) diciéndolo a la gente que no aporten a la cuenta vivienda porque no se van a poder deducir. O las personas que no han amortizado más préstamo y no han aprovechado al máximo su deducción fiscal porque pensaban que no tenían derecho a ella al haberla adquirido después del 1 de enero de 2011.

    Así no se puede hacer planificación fiscal!!

    Os recuerdo que no cambian los conceptos deducibles por adquisición de vivienda, ni el porcentaje de deducción, que es el 15% (7,5% en el tramo estatal y 7,5% en el autonómico salvo que tu comunidad haya aprobado otro diferente)

    ¿Qué gastos puedo deducir de la compra de la vivienda?

    Son deducibles todas las cantidades que pagues para la adquisición de la vivienda y su financiación:

    • Impuestos: IVA o Transmisiones Patrimoniales
    • Notaría
    • Registro de la propiedad
    • Comisión de la inmobiliaria
    • Honorarios de la gestoría que liquide los impuestos
    • Tasación
    • Intereses y Capital amortizado del préstamo
    • Comisiones de apertura y cancelación
    • Seguros vinculados al préstamo

    ¿Qué importes NO puedo deducir de la compra de la vivienda?

    Debes recordar los siguientes puntos:

    1. Si has disfrutado de la deducción por cuenta vivienda, las cantidades pagadas con el dinero de la cuenta vivienda (que ya te has deducido) no las puedes volver a deducir.

    2. Si te has cambiado de domicilio, no puedes empezar a deducir hasta que no superes las cantidades que te habías deducido de la anterior vivienda.

    3. Si has vendido tu vivienda y te has acogido a la exención por reinversión, no puedes empezar a deducir hasta que no superes las cantidades deducidas de la anterior vivienda más la ganancia exenta por la que no has tributado.

    ¿Eres de los afortunados que han recuperado la deducción por vivienda? Déjanos tu opinión y tus comentarios, todos los lectores te lo agradecerán. 

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    PILAR
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    Soy Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Murcia. Auditora inscrita el el ROAC. Master en Contabilidad y Auditoría de Cuentas por el Instituto Universitario de Gestión Empresarial de la Universidad de Valencia. Master en Asesoría Fiscal por la Fundación Universidad Empresa de Murcia. He trabajo más de diez años en una de las seis primeras firmas de Auditoria y Asesoramiento Legal y Fiscal españolas. hasta que me incorporé en 2001 al departamento fiscal de una entidad financiera y, tras varias fusiones bancarias, desde noviembre de 2021 vuelvo a dedicarme en exclusiva a este pequeño proyecto que comencé en 2010 y que se ha convertido en mi pasión.

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    5 comentarios

    1. Lara on 19 abril, 2012 21:36

      Hola Pilar, tengo una duda referente al seguro de hogar.Si el beneficiario es el banco porque me han «obligado» a contratarlo para concederme la hipoteca, puedo desgravarlo en la declaración de la renta, pero mi duda es si puedo desgravar el importe total del seguro o solamente lo correspondiente a la parte de incendios o continente. He llamado a la compañia de seguros para que me desglose los conceptos.

      Responder
    2. Jose Luis on 7 febrero, 2012 12:34

      Hola Pilar, muchísimas gracias por tú blog y todas las ayudas que nos das. No se si esta pregunta debe ir aquí o en otro tema.
      El caso es que viendo tu comentario: «pedir descuento del 2% en retenciones irpf», parece que hay un limite para rentas superiores
      a 33.007,20. Sin embargo la deducción de vivienda entiendo que se van a poder aplicar todos independientemente de la renta obtenida.
      ¿Me puedes aclarar este tema?. ¿Podría pedir una reducción del 2%, teniendo una renta superior a 33.007,20?. Un cordial saludo.

      Responder
      • PILAR on 12 febrero, 2012 17:25

        Jose Luis, aunque la deducción por vivienda la pueda aplicar todo el mundo con independencia del nivel de ingresos, la reducción de los 2 ptos. de retención solo la pueden solicitar los ganen menos de esa cantidad. Está establecido así por ley y no tene explicación, ni lógica.
        Un saludo.

        Responder
    3. Mascab on 18 enero, 2012 0:13

      Me ha gustado tu blog. Volveré a visitarte. De momento te he dejado mi voto en el concurso. Suerte.

      Responder
      • PILAR on 23 enero, 2012 1:08

        Mascab, muchas gracias por tu voto!! Será un placer verte de nuevo por aquí. Suerte a ti también.

        Responder
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