Como ya sabéis esta semana pasada el Gobierno hizo público el Proyecto de Ley de los Presupuestos Generales del Estado para el 2013 y con ellos los coeficientes de actualización por los que hay que multiplicar el valor de adquisición para calcular la ganancia fiscal obtenida cuando se vende un inmueble a efectos de calcular la tributación en el IRPF del 2013, es decir, la declaración de la Renta que presentaremos en el 2014.
Ya sé que queda mucho para la Renta del 2013, pero como siempre es bueno hacer números y anticiparse para hacer una buena planificación fiscal, a pesar de que cada vez es más difícil conseguirlo con tantos cambios normativos. Por eso os dejo los coeficientes de actualización del 2013, para que hagáis vuestros deberes, los que penséis vender un inmueble el año próximo y podáis calcular cuanto tendréis que pagar a Hacienda. Y os recuerdo que los que no queráis complicaros la vida, podéis descargar la plantilla de “andar por casa” para el calculo de la tributación en Renta de la ganancia obtenida.
Año de adquisición | Coeficientes |
1994 y anteriores | 1,3167 |
1995 | 1,3911 |
1996 | 1,3435 |
1997 | 1,3167 |
1998 | 1,2912 |
1999 | 1,2680 |
2000 | 1,2436 |
2001 | 1,2192 |
2002 | 1,1952 |
2003 | 1,1719 |
2004 | 1,1489 |
2005 | 1,1263 |
2006 | 1,1042 |
2007 | 1,0826 |
2008 | 1,0614 |
2009 | 1,0406 |
2010 | 1,0303 |
2011 | 1,0201 |
2012 | 1,0100 |
2013 | 1,0000 |
Espero que os resulten de utilidad.
Un saludo.
10 comentarios
Buenos dias Pilar,
Cual seria el coeficiente de actualización si la venta es en el 2014, para un inmueble comprado en el 1998? y la operación a relizar, segun lo que he entendido, es sumar no solo el coste del inmueble si no todos los impuestos y gastos a ese valor, es así?
Muchas gracias por todo!
Hola Ainhoa, te acabo de dejar en mi último artículo los «coeficientes de actualización del 2014» y también he dejado en la zona de descargas la plantilla de Excel para que calcules sin problema lo que tendrás que pagar en el IRPF por la venta sin tener que hacer los cálculos a mano. Si la usas espero me cuentes como te ha ido.
Gracias.
Buenos días,
Porqué el coeficiente de actualización del precio de compra de la vivienda que se quiere vender es inferior si la vivienda se adquirió antes de 1995 que si se adquirió en 1995 o en 1996?
Gracias po su atención
Josep, desconozco el motivo, pero viene siendo así desde hace tiempo. No sé de donde salieron los cálculos. El Gobierno sólo se limita a actualizar los coeficiente un porcentaje cada año y los publica con la Ley de Presupuestos. Si lo averiguas, te invito a que compartas el motivo con todos los lectores 😉 A mí también me pica la curiosidad, pero no me he puesto a buscar …
Gracias a ti por comentar y por dejar la puerta abierta para que alguien nos ilustre sobre el tema. Saludos
Hola Pilar, no se si tu sabrás acerca del tema relacionado con los coeficientes de actualización para las compras de vivienda vppa con opcion de compra,o a donde deberia dirigirme para que me informaran, la pregunta es si cuando firme el contrato de alquiler con opcion de compra a los 7 años, el coeficiente era de un 2 y en el que ejerzo el derecho de compra (7 años despues) es de 1,7 ¿cual es el que aplica? el de cuando firme o en el que se ejerce el derecho de compra.
Muchas gracias
Lo siento José pero no sé a que coeficientes te refieres y creo que no tienen nada que ver con los de este artículo. En cualquier caso dejo el comentario por si algún lector te puede ayudar.
Tengo 62 años y 7 meses, estoy jubilado, mi pregunta es ¿ si vendo mi vivienda habitual tengo que pagar a hacienda
Pues SÍ tienes que pagar a Hacienda salvo que reinviertas el dinero de la venta en comprar otra. Te recomiendo que leas el artículo «cuanto tengo que pagar si vendo mi vivienda habitual?»
Hola Pilar.
Una pregunta como el precio de la vivienda ha caído tanto por ejemplo compré en 2007 mi vivienda incluidos gastos como el IVA, etc por 110.000€ pero ahora en 2013 apenas se vende por 120.000€ el coefiente en 2007 es del 1,0826.
Si calculamos 110.000€X1,0826=119.086€
Luego
si vendemos por 120.000-119.086€=914€ de ganaciales, es decir que Hacienda no huele apenas unos Euros.
Incluso para quien comprara muy caro en plena burbuja inmoviliaria y quisiera vender ahora por debajo de los que le costó le saldrína negativos los ganaciales en ese caso mala suerte y hacienda no se lleva un €.
¿Todo esto es correcto? si no hubiera ganaciales o fueran negativos ¿hay que declaralo en la renta?.
Muchas grcias por tu ayuda.
Un saludo.
Sí Pablo, hay obligación de declararla venta aunque tengas pérdidas. Ten en cuenta que las pérdidas mayores de 500€ obligan a declarar en Renta. Un saludo y gracias por tu comentario.