En estas fechas, mientras unos están todavía esperando la devolución de la Renta que no llega, otros están temblando porque les llega el segundo plazo de su declaración.
Si eres de los primeros, consulta el artículo “Lista de motivos por los que Hacienda no devuelve la Renta y algunos consejos” y ten paciencia, pues las arcas públicas están vacías, la recaudación ha bajado y muchos están pidiendo aplazamientos de sus deudas porque les sale más barato financiarse con Hacienda o porque ya no les dan crédito en su entidad bancaria.
Y si eres de los que tienen que pagar ahora, “apriétate el cinturón”, prepárate para ello y recuerda mis consejos y notas «de andar por casa» que te expongo a continuación:
¿Cuál es último día para pagar el 2º plazo de la Renta del 2010?
Para todos los que la Renta les salió a pagar y fraccionaron el pago, el último día para pagar el segundo plazo finaliza el lunes 7, tanto si marcaste la casilla de domiciliación del pago, como si no la marcaste. Así que, apúntatelo en tu calendario o agenda y comprueba tus cuentas para que no te pille por sorpresa.
¿Cómo compruebo si el 2º plazo está domiciliado?
Lo más normal es que cuando presentaras la declaración, marcaras la opción de domiciliar el 2º plazo y pusieras la misma cuenta bancaria donde pagaste el primero. Si no te acuerdas, compruébalo y asegurarte: Mira en la página que pone “Modelo 100 Documento de ingreso o devolución”, es la hoja que lleva la validación mecánica del banco, si la presentaste en una entidad bancaria.
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Si no marcaste la casilla de domiciliar el 2º plazo:
Debes presentar en la entidad bancaria el modelo 102. Adjunto enlace la pagina de la Agencia Tributaria para la descarga: Descarga Modelo 102.
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Si marcaste la casilla de domiciliación:
Entonces sólo debes preocuparte de tener saldo suficiente en la cuenta para hacer frente al pago del mismo, ya que la entidad bancaria te lo cargará de forma automática el día 7 de noviembre.
No tengo dinero en la cuenta ¿puedo pedir un aplazamiento del pago?
Si, no tienes saldo suficiente en la cuenta para atender el pago, puedes:
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Solicitar a tu banco un préstamo personal o que te autoricen un descubierto para atender el pago.
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O bien, solicitar un aplazamiento en Hacienda pagando después con el interés de demora del 5% anual. Para lo cual os facilito el enlace para la descarga del impreso para solicitar el aplazamiento en Hacienda.
Tanto una forma como otra generan intereses, por lo que en caso de tener la posibilidad de elegir, compara las condiciones financieras de uno y otro y elige según te convenga quien prefieres que te financie.
Recuerda: Si no tienes saldo y la entidad no lo carga por no tener autorizado el descubierto, ni has solicitado un aplazamiento en Hacienda, tendrás que pagar después con un recargo adicional que, dependiendo del tiempo que haya pasado, puede ir desde el 5% del importe, si no han pasado más de 3 meses, al 20% si pasa mas de un año.
No encuentro la Renta y no me acuerdo de la cantidad que tengo que pagar
Si no te acuerdas del importe pendiente de pago y no encuentras la declaración en este momento, tienes dos opciones:
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O miras el cargo que te hicieron en la cuenta, cuando pagaste el primer plazo de la renta que fue el 60%, y ya sabes que te queda por pagar el 40%.
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O sacas un duplicado de tu declaración de la Renta desde la página de Hacienda. Para ello necesitas tener firma digital o la Referencia que venía en la carta de Hacienda y que utilizaste para la presentación de la declaración. Obtén desde aquí la: Copia electrónica de tu declaración
¿Puedo cambiar la cuenta de domiciliación?
Si por el motivo que sea quieres anular o cambiar la cuenta donde domiciliaste el pago, puedes hacerlo a través de la página de Hacienda en el siguiente enlace: Anulación o rectificación de la cuenta de domiciliación, pero necesitas firma electrónica para ello.
Como habrás visto, la firma electrónica hoy día es imprescindible y muy práctica para relacionarte con las Administraciones. Con ella puedes:
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Sacar tu información fiscal, cuando esté disponible sin tener que esperar al SMS o la carta de Hacienda.
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Obtener certificados de estar al corriente del pago, para presentarlo en las solicitudes de becas
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Renovar el paro, en lugar de tener que hacer colas.
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Sacar tu vida laboral y mucho más.
Como veréis, soy una forofa de la firma digital y os recomiendo que la tengáis, pues os sacarán de más de un apuro.
Espero que esta información os haya sido útil y la compartáis con vuestros amigos y conocidos para que también a ellos les ayude a cumplir con sus obligaciones fiscales y les evite un disgusto. ¿Has comprobado ya el importe que tienes que pagar ahora? ¿o eres de los que estás esperando la devolución de la Renta todavía? Recuerda que puedes comprobar el estado de tu devolución desde este enlace: Consulta el estado de la devolución de tu Renta
Y no olvidéis dejarnos vuestros comentarios, opiniones y experiencias del tema, para que todos podamos aprender. Un saludo.