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    Asesoría Fiscal Online » Hablando de impuestos para La Edad de Oro
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    Hablando de impuestos para La Edad de Oro

    Actualizado:24 junio, 20247 comentarios

    Bueno, bueno, parece que me voy a convertir en una tertuliana habitual de La Edad de Oro en Onda Regional de Murcia 😉

    Impuestos en Onda Regional de Murcia
    Mª Dolores Orenes, Pilar Molina y Pedro Carlos Llanes

    Hace unos meses, como ya os conté, participe en mi primera tertulia radiofónica en el mes de mayo para explicarles a los pensionistas algunas cosillas de la Renta y parece que ha gustado bastante. Así que me llamó hace unos días Pedro Llanes para ver si quería participar de nuevo en otra y ¿Cómo no? Después de la buena experiencia que tuve la primera vez, le dije:

    “¡Claro que sí! Con todo lo que hay que hablar de la reforma fiscal que afecta a nuestros mayores y no tan mayores ¡Encantada!”

    En fin, ya sabéis como soy, disfruto hablando de impuestos ¡Que le vamos a hacer! A otros les da por hablar de futbol ….

    Así que el lunes participé en mi segunda tertulia que es la que os dejo hoy para que podáis escucharla tranquilamente los que no pudisteis oírla en directo, pues creerme que no tiene desperdicio. Aunque, tengo que reconocer que me di cuenta de que metí “la pata” una vez (cosas del directo y los nervios) pero os lo aviso para cuando lo escuchéis pues me gusta reconocer los errores y sobre todo porque no quiero que nadie se confunda cuando lo oiga:

    aviso«Metida de pata»: Hablando del cambio de los planes de pensiones y que se va a flexibilizar el rescate, dije que se iban a poder cobrar a los 5 años y son 10 (en lugar de 5). Como también estuve hablando de los PIAS (planes individuales de ahorro) que el plazo lo reducen de 10 a 5, al final me lié. Pero bueno, ¡aclarado queda! Y si no, ya sabéis que tenéis los comentarios para cualquier aclaración.

    Estos son los temas de los que hablé y como veréis son todos de máxima actualidad:

    • La “amnistía fiscal” para las personas que no han declarado sus pensiones del extranjero ¿En que consiste?
    • ¿Cómo puede un pensionista conseguir liquidez?: Venta de la vivienda habitual y exención de las plusvalías para mayores de 65 años.
    • ¿Qué hacer cuando se pierde el complemento de mínimos de la pensión?¿Qué hacer para no perderlos?
    • Hablando de planes de pensiones: ¿Es recomendable a portar a un plan de pensiones? ¿Se puede seguir aportando al plan de pensiones una vez jubilado? Y si quiero rescatar mi plan de pensiones ¿Cómo interesa más rescatar el plan una vez jubilado?

    Y además, aprovecharon para preguntarme algunas cosillas personales. Así que, ya sabes, si te interesan los temas tratados y quieres conocerme un poco más, pincha en el enlace que te dejo a continuación y después me cuentas que te ha parecido en los comentarios ¿vale?

    Os dejo 2 opciones para poder escucharla la tertulia:

    • ONLINE desde la web de ORMurcia (sin descarga): Programa «La Edad de Oro» del 06/10/2014
    • Fichero de audio para descargar y oírlo cuando quieras tranquilamente: Fichero de audio (formato MP3, tamaño 37,8MB, duración 55 min.)

    Además os aviso que ya hemos quedado para una tercera tertulia de “Impuestos para andar por casa” antes de final de año para hablar de más novedades fiscales, pues ya estará aprobada la Reforma Fiscal y los oyentes querrán conocer como les va a afectar en su Renta del año que viene.

    Y para eso estoy yo, para explicarles los cambios a mi estilo “de andar por casa” o “en cristiano”, como me dijeron el otro día, para que todos y en especial los abuelos que escuchan el programa lo entiendan. Así que si tenéis interés que hable de algún tema concreto también podéis decirlo en los comentarios y haré lo posible por hablar de ello.

    Y, ya sabes, si te ha gustado compártelo en tus redes sociales. A ver si seguimos aumentemos la audiencia del programa entre todos y me hago famosa, jejejeje.

    Un abrazo a todos y que paséis un buen día!!

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    PILAR
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    Soy Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Murcia. Auditora inscrita el el ROAC. Master en Contabilidad y Auditoría de Cuentas por el Instituto Universitario de Gestión Empresarial de la Universidad de Valencia. Master en Asesoría Fiscal por la Fundación Universidad Empresa de Murcia. He trabajo más de diez años en una de las seis primeras firmas de Auditoria y Asesoramiento Legal y Fiscal españolas. hasta que me incorporé en 2001 al departamento fiscal de una entidad financiera y, tras varias fusiones bancarias, desde noviembre de 2021 vuelvo a dedicarme en exclusiva a este pequeño proyecto que comencé en 2010 y que se ha convertido en mi pasión.

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    7 comentarios

    1. José Antonio on 9 octubre, 2014 16:06

      Hola,
      Hoy, escuche tu entrevista en el programa La Edad de Oro de radio regional de Murcia de 6/10/2014, por la que te felicito.

      Quiero exponerte una situación sobre la venta de la vivienda habitual por mayores de 65 años y el ejemplo que tú pusiste de una posible venta de una casa en la playa e impuestos a pagar.

      Tiene dos viviendas, una habitual y una segunda en la playa.
      Vende la vivienda habitual y no paga impuestos.
      Se va a vivir a la casa de la playa y la hace su vivienda habitual durante tres años.
      La vende siendo su vivienda habitual y no paga impuestos.

      ¿Es válido este supuesto?.

      Saludos y muchas gracias por tu estupendo trabajo.

      Responder
      • PILAR on 9 octubre, 2014 18:27

        Muchas gracias por tus palabras José Antonio.
        En cuanto al caso que planteas, yo no creo que tenga problema si cumple el plazo de los 3 años de residencia, pues estará cumpliendo la ley en toda regla. Ya sabes lo que dice el refrán «Hecha la ley, hecha la trampa».
        Saludos

        Responder
        • José Antonio on 9 octubre, 2014 22:21

          Gracias por tu contestación al supuesto anterior Pilar.

          Te voy a plantear otro.

          Tienes una casa como vivienda habitual,tres años o más.
          Te compras otra y la pones como vivienda habitual, 3 años,la anterior queda como segunda vivienda.
          Si quieres vender la segunda vivienda solo tienes que ponerla otra vez como vivienda habitual, cumple con el requisito de haber sido vivienda habitual al menos tres años.

          Entiendo que esto también es legal.

          Un saludo y gracias de nuevo.

          Responder
          • PILAR on 9 octubre, 2014 23:40

            Verás José Antonio, si cambias la residencia a otra vivienda y la primera deja de serlo, si vuelves después de un tiempo a la primera debes volver a residir en ella otros 3 años para que vuelva a ser vivienda habitual puesto que ya había perdido esa condición, salvo que el cambio haya sido por traslado laboral. Ya que en ese caso la primera vivienda no pierde la condición de vivienda habitual.
            Espero haberme explicado bien.
            Saludos

            Responder
            • José Antonio on 10 octubre, 2014 17:18

              Si, perfectamente, lo suponía y quería confirmarlo.

              Muchas gracias de nuevo por todo.
              Saludos para ti y para todos murcianos.

    2. eusebio ortega on 8 octubre, 2014 21:55

      Buenas tardes y muchas gracias por tu ayuda. Si se puede, enviadme las dos tertulias primeras y la o las siguientes. Gracias

      Responder
      • PILAR on 9 octubre, 2014 18:30

        Hola Eusebio, este es el enlace de la 1ª tertulia que hice: https://www.impuestosparaandarporcasa.es/sucesiones-y-donaciones/mi-primera-intervencion-radiofonica/
        Saludos

        Responder
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