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HE VENDIDO UN PISO ANTIGUO

Artículo actualizado el 01/12/2015

Me han dicho que seguramente no tenga que pagar nada en la Renta por la antigüedad que tiene el piso que he vendido ¿Es eso cierto? NO, desde hace tiempo, ya no quedan totalmente exentas las ventas de los inmuebles antiguos.

Sólo está totalmente exenta la venta de la vivienda habitual, cuando se reinvierte la totalidad del importe de la venta en comprar otra vivienda, o bien cuando la venta de la vivienda la realiza una persona mayor de 65 años, en este caso no es necesario reinvertir.

Además, desde el 01/01/2015 se ha añadido un nuevo supuesto de exención para mayores de 65 años que reinviertan las plusvalías en rentas vitalicias.

¿Cómo calculo la ganancia de una vivienda “antigua”?

piso antiguo

Cuando vendemos una vivienda comprada antes del 31/12/1994, la ganancia obtenida tiene derecho a la aplicación de unos “coeficientes de abatimiento” o, lo que es lo mismo, a una reducción del 11,11% por cada año de antigüedad contando desde 1994 hacia atrás. Por tanto, si se compró en 1993 se reduce un 22,22%, si es del 1992 un 33.33% y así sucesivamente.

Pero, ¡OJO!, NO PENSÉIS QUE SI ES ANTERIOR AL 1986 QUEDA TOTALMENTE EXENTO. Esto es un error muy común, ya que anteriormente era así. Pero desde que cambió la normativa, la reducción no se aplica sobre el total de la ganancia, sino sobre la ganancia lineal obtenida hasta el 20/01/2006 y el resto de la ganancia generada hasta el día de la venta no tiene reducción.

¿Qué quiere decir la ganancia lineal?

La ganancia lineal es el resultado de dividir el importe de la ganancia (ver el 1º y 2º paso del post 3 PASOS PARA CALCULAR CUANTO PAGAR POR LA VENTA DE LA VIVIENDA) por el número de días que hemos tenido el inmueble. De esta forma obtenemos la ganancia diaria.

Esta ganancia diaria la multiplicamos por el número de días contados desde que la compró hasta el 20/1/2006. Y será la parte que tenga derecho a los coeficientes de abatimiento y el resto de la ganancia no tiene reducción ninguna.

importanteSin embargo, debes tener en cuenta que desde el 01/01/2015 la aplicación de estos coeficientes de abatimiento están limitados a los primeros 400.000€ de venta. Por ello te aconsejo que leas mi artículo «Calcula la diferencia de vender un piso en 2014 o después«

Como explicar esto es más complejo de lo que parece y no creo que os interese complicaros tanto la vida, os recomiendo que utilicéis mis plantillas  que podéis descargar en una hoja de Excel desde la zona de “Descargas” .

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Un saludo.

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