Impuestos Para Andar Por Casa

Pérdida de la señal o arras entregadas para la compra de un piso

Como le ha pasado a Xabi, cuando vamos a vender un piso a veces el comprador se eche atrás y pierde la entrega a cuenta o la señal que había pagado como reserva y el vendedor se queda con el dinero.

¿Cómo tributa la pérdida de ese dinero para el comprador y para el vendedor?

Romper contratoComo muchos ya habréis imaginado para el comprador es una pérdida patrimonial que tributa en la base general y se incluye en la casilla 243 de la página 9 de la declaración de la Renta por ser una pérdida que no deriva de una transmisión. Dicha pérdida se compensará con los rendimientos positivos de la base general (rentas del trabajo, alquileres, actividades económicas, etc.) hasta el límite del 10% y el exceso si lo hubiera se compensará en los 4 años siguientes, tal y como expliqué en mi anterior artículo.

Del mismo modo para el vendedor será una ganancia patrimonial no derivada de transmisiones patrimoniales, puesto que la transmisión no ha llegado a producirse, y en este caso habrá que incluir en la casilla 242 de la misma página 9, tributando al tipo marginal de su Renta que puede variar dependiendo de la CCAA de residencia.

Aunque este artículo ha sido cortito, espero que os haya ayudado a los que os encontráis en esta situación.

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